El Tribunal de Greuges aprovecha la reforma de estatutos para sugerir cambios en su regulaci¨®n
La memoria anual pide una oficina propia y m¨¢s agilidad para tramitar las reclamaciones
La mayor¨ªa de las universidades p¨²blicas espa?olas est¨¢n dotadas de un ¨®rgano encargado de recibir quejas y reclamaciones de la comunidad universitaria, estudiarlas, resolverlas y hacer las recomendaciones pertinentes a la instancia competente. La Universitat de Val¨¨ncia fue la primera en incluir esta figura en sus estatutos y es de las pocas, con Salamanca y Vigo, que se ha dotado de un ¨®rgano colegiado para defender los derechos de todos: el Tribunal de Greuges. Un tribunal que no juzga, pero reuelve quejas y cuyas competencias son ejercidas, en la pr¨¢ctica totalidad de las universidades, por un cargo unipersonal que recibe distintas denominaciones, desde defensor del universitario a s¨ªndico de agravios.
El informe anual del presidente del Tribunal de Greuges de la Universitat, el catedr¨¢tico Francisco Bosch, que presenta ma?ana al Claustro, recoge como novedad m¨¢s importante diversas sugerencias de cara a su futura formulaci¨®n en los nuevos estatutos, actualmente en proceso de debate y elaboraci¨®n, y en especial sobre definici¨®n de competencias, dotaci¨®n y control del cumplimiento de sus resoluciones. Aparte de esta revisi¨®n, condicionada por la aplicaci¨®n de la LOU, y como viene siendo tradicional, la memoria anual del Tribunal refleja las reclamaciones recibidas a lo largo del ejercicio.
Un dato evidente, aunque no se subraya en el documento, es el incremento de reclamaciones presentadas por escrito que han dado lugar a la apertura de expediente. En el curso 1999-2000, el equipo que dirig¨ªa entonces la profesora Mar¨ªa Antonia Marrajo destacaba el bajo "¨ªndice de conflictividad", basado en el n¨²mero de reclamaciones por cada 100 personas. Con 28 expedientes abiertos, ese ¨ªndice era del 0,66, mientras que la media espa?ola rondaba el 1,5. En cambio, a lo largo del curso 2001-02, el n¨²mero de reclamaciones escritas con expediente ha sido de 43, firmadas por m¨¢s de 400 personas. La mayor¨ªa, 17, han sido presentadas por estudiantes. Entre sus consideraciones, el Tribunal universitario llama la atenci¨®n sobre "el elevado n¨²mero de reclamaciones de alumnos que se refieren a la falta de criterios previos y claros en la evaluaci¨®n de las asignaturas", es decir, la forma de realizaci¨®n y calificaci¨®n de los ex¨¢menes. Encuentra "sorprendente" que haya casos en que el profesor no ofrece la preceptiva informaci¨®n "sobre programas, contenidos, mec¨¢nicas de los ex¨¢menes o formas de correcci¨®n, entre otros aspectos. Por otro lado, dos quejas colectivas, firmadas por 200 estudiantes, se refieren "a la falta de oferta de algunos m¨®dulos en valenciano", una cuesti¨®n recurrente en informes anteriores.
Ante la recurrente reclamaci¨®n por parte de los estudiantes (en esta ocasi¨®n 200 firmantes), respecto a la falta de oferta de algunos m¨®dulos en valenciano, el Tribunal de Greuges de la Universitat de Val¨¨ncia considera en su memoria anual que , por una parte, "se requiere un esfuerzo suplementario" para informar al alumnado sobre la oferta de grupos en valenciano. Por otra, pone especial ¨¦nfasis en la necesidad de que los departamentos mantengan la oferta de grupos en valenciano "sin cambios a lo largo del curso". Por lo dem¨¢s, el balance constata algunas quejas sobre problemas surgidos a la hora de formalizar la matr¨ªcula, acumulaci¨®n de cursos de doctorado en mayo y junio, as¨ª como una queja de alumnos de la Facultad de Ciencias de la Actividad F¨ªsica y el Deporte por la ubicaci¨®n de su centro en Cheste "y no poder disfrutar de los servicios que la universidad oferta para el resto de campus".
En cuanto a las reclamaciones del personal docente e investigador (16 en total, todas unipersonales), "la insatisfacci¨®n m¨¢s habitual" se refiere a sentimientos de "discriminaci¨®n o indefensi¨®n" de profesores de ¨¢reas de conocimiento minoritarias o pertenecientes a peque?os grupos, en especial respecto a "decisiones de los departamentos que, en general, ignoran sus problemas cuando no forman parte de los grupos o ¨¢reas mayoritarias". El problema se considera de dif¨ªcil soluci¨®n porque -dice el informe- aunque obedece a la din¨¢mica de mayor¨ªas, "perversa a veces", las decisiones departamentales se votan aplicando la normativa vigente.
Por lo que respecta al personal de administraci¨®n y servicios (PAS), el informe llama la atenci¨®n sobre la abultada cifra de firmas (104) que apoyan cuatro reclamaciones colectivas (de un total de 10). Sumadas a los 106 del a?o pasado, suponen la octava parte del PAS, un dato que para el Tribunal de Greuges exige "como m¨ªnimo una reflexi¨®n". La mayor parte de estas quejas han sido presentadas por colectivos que "tambi¨¦n se sienten discriminados", aunque este sentimiento "tiende a fomentarse por una escasa, equivocada o confusa informaci¨®n sobre los mecanismos de promoci¨®n y traslado que rigen las plantillas".
El informe que el Tribunal presentar¨¢ ma?ana al Claustro de la Universitat sugiere posibles pautas para su regulaci¨®n en los futuros Estatutos. Por un lado, considera que tiene m¨¢s ventajas que inconvenientes mantener su estructura colegiada a la hora de resolver problemas, aunque sea at¨ªpica en el Estado espa?ol. Apunta la conveniencia de que todos sus miembros, y no s¨®lo el presidente, sean elegidos por el conjunto del Claustro, y no s¨®lo por los representantes de su propio estamento. Tambi¨¦n se?ala que en los futuros estatutos de la Universitat de Val¨¨ncia deber¨ªa constar que 'no es un organismo administrativo m¨¢s' al que se pueda recurrir para cualquier problema, sino un ¨®rgano independiente cuyo criterio 'acepta toda la comunidad universitaria'. En virtud de la 'fuerza moral' que le otorga este estatus, subraya la conveniencia de establecer 'un mecanismo de control eficaz que le permita conocer 'el nivel de cumplimiento o rechazo de sus resoluciones' por parte de los diferentes ¨®rganos afectados, cosa que ahora no se produce. Asociado a la dignidad de su funci¨®n, invita a estudiar 'con seriedad' aspectos como la disposici¨®n de una oficina propia con dotaci¨®n administrativa y econ¨®mica o intentar hacer compatible el trabajo de los miembros del Tribunal con sus obligaciones en la universidad. As¨ªmismo, pide que se simplifique 'la metodolog¨ªa procesal previa para agilizar la intervenci¨®n', respecto a la aceptaci¨®n a tr¨¢mite de reclamaciones, petici¨®n inmediata de informaci¨®n, et¨¦ctera.
Afirma que una gran mayor¨ªa de las reclamaciones que se le presentan y resuelve "no son estrictamente de su competencia", ya que o bien no se han emprendido los recursos administrativos previstos o bien se han iniciado dichos recursos, pero el ¨®rgano administrativo competente a¨²n no se ha pronunciado. Por eso invita a que en los nuevos estatutos se describa "clara y extensamente" las competencias del Tribunal, en especial en lo que respecta a "su actuaci¨®n cuando un problema determinado se encuentra en fase de estudio y sin concluir por parte del ¨®rgano competente".
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