El Gobierno podr¨¢ crear bases de datos de los ciudadanos sin su consentimiento
Un anteproyecto de ley de Vicepresidencia establece una Agencia de Protecci¨®n de Datos vasca
Las administraciones vascas podr¨¢n obtener los datos personales de los ciudadanos sin recabar su consentimiento expreso, siempre que los necesiten para desarrollar alg¨²n cometido. ?ste es uno de los apartados m¨¢s controvertidos del anteproyecto de ley elaborado por Vicepresidencia para regular los ficheros de datos personales de titularidad p¨²blica y por el que se crea la Agencia de Protecci¨®n de Datos vasca. El texto no recoge de forma expl¨ªcita los derechos que asisten a los ciudadanos que se opongan al tratamiento de sus datos, seg¨²n el preceptivo dictamen del Consejo Econ¨®mico y Social (CES).
El anteproyecto dedica su art¨ªculo 5 a la recogida de datos. En este punto establece que "las administraciones s¨®lo podr¨¢n recoger datos de car¨¢cter personal para su tratamiento cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos para el ejercicio de sus competencias", no siendo en general preciso recabar el consentimiento expreso de los afectados. Despu¨¦s puntualiza que estos datos "s¨®lo podr¨¢n utilizarse para las finalidades determinadas, expl¨ªcitas y leg¨ªtimas para las que se hubieran obtenido, y sin perjuicio de su posible tratamiento posterior para fines hist¨®ricos, estad¨ªsticos o cient¨ªficos".
Es decir, la Administraci¨®n nunca precisar¨¢ del permiso expl¨ªcito de los afectados. As¨ª, siempre que necesite datos personales del ciudadano podr¨¢ obtenerlos sin consentimiento del mismo, mientras respete el fin para el que se hubieran obtenido. Este aspecto del texto ha recibido una severa cr¨ªtica por parte del Consejo Econ¨®mico y Social vasco, que esta misma semana ha emitido su dictamen sobre el texto. Para el CES, se concede a la Administraci¨®n aut¨®noma una "facultad arbitraria" y no puede justificarse este r¨¦gimen "excepcional¨ªsimo" por el hecho de que el anteproyecto limite el uso de los datos a la finalidad para la que se hayan solicitado.
Este ¨®rgano, cuyos informes sobre los proyectos del Gobierno no son vinculantes, pero s¨ª preceptivos, tambi¨¦n cuestiona el texto en otros aspectos especialmente sensibles.
Es el caso de los derechos que tienen los ciudadanos a ser informados sobre eluso que se hace de sus datos y el nombramiento del director y de los miembros del consejo consultivo de la Agencia de Datos, que correr¨¢n todos a cargo del Gobierno, con lo que queda en cuesti¨®n la independencia de este organismo. El anteproyecto centra su art¨ªculo 6 en la informaci¨®n a los ciudadanos, pero no incluye de manera expl¨ªcita los derechos que les asisten cuando quieran oponerse al tratamiento de sus datos personales por parte de las administraciones o el derecho que tienen a ser informados sobre lo que se va a hacer con sus fichas.
Seg¨²n el CES, esto hace que se "resienta de manera especial" la garant¨ªa de tutela de los derechos del afectado frente al tratamiento de datos por parte de las administraciones vascas". Adem¨¢s, el art¨ªculo 9 deja a la discreci¨®n de cada administraci¨®n el establecimiento del sistema que considere oportuno para garantizar que los ciudadanos puedan ejercer sus derechos. Para el CES, el interesado queda as¨ª a merced de la voluntad de cada administraci¨®n.
Deber de secreto
El CES considera una omisi¨®n "especialmente censurable" que el texto elaborado por Vicepresidencia no haga referencia a la obligaci¨®n legal de guardar secreto que tienen las personas encargadas de tratar los ficheros. Por ello, propone incluir un nuevo art¨ªculo con el siguiente texto: "El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de car¨¢cter personal est¨¢n obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistir¨¢n a¨²n despu¨¦s de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo".
La creaci¨®n de la Agencia Vasca de Protecci¨®n de Datos es el otro gran pilar del anteproyecto. La figura del director de este organismo es una pieza clave. Su protagonismo estar¨¢ en funci¨®n, sobre todo, del grado de independencia que consiga respecto del poder pol¨ªtico. El dictamen del CES es bastante pesimista en relaci¨®n a esta independencia.
El anteproyecto por el que se crea la Agencia atribuye directamente su nombramiento al Gobierno, sin recoger, ni siquiera formalmente, la participaci¨®n del consejo consultivo de la Agencia en la elecci¨®n ni en el nombramiento. Justo lo contrario de lo que ocurre con las dos ¨²nicas agencias auton¨®micas que funcionan en Espa?a, las de Madrid y Catalu?a, donde los gobiernos de ambas comunidades nombran al director a propuesta de los respectivos consejos asesores.
En el caso de Euskadi, el consejo consultivo de la Agencia de Protecci¨®n de Datos estar¨¢ integrado por seis personas, de las que cuatro depender¨¢n del poder pol¨ªtico y otros dos ser¨¢n expertos del ¨¢mbito de la inform¨¢tica y de los derechos fundamentales, designados por la Universidad del Pa¨ªs Vasco (UPV). De esta manera, sectores sociales y econ¨®micos no tendr¨¢n cabida en este consejo.
Para el CES, ¨¦ste es un claro s¨ªntoma de que la Agencia nace desde un principio "con el estigma de politizaci¨®n" que en nada favorece el funcionamiento de un ¨®rgano "llamado a proteger y tutelar los derechos de los interesados frente al tratamiento de sus datos personales" por parte de las diferentes administraciones.
Adem¨¢s, el anteproyecto no establece ningun plazo para poner en marcha el consejo, con lo que la Agencia podr¨ªa funcionar perfectamente sin que se haya constituido el ¨®rgano que le debe asesorar. Ello cuestiona su propia existencia y su labor de consulta.
EL 'CASO OSABIDE': La pol¨¦mica centralizaci¨®n
La centralizaci¨®n de los historiales cl¨ªnicos de los pacientes de Osakidetza en una base com¨²n es algo que le est¨¢ suponiendo algunos quebraderos de cabeza a los responsables del Departamento de Sanidad. Algunos de los afectados est¨¢n en pie de guerra por el hecho de que nadie les haya consultado sobre este tratamiento de sus datos, una de las cr¨ªticas que realiza el CES en su dictamen al anteproyecto de Protecci¨®n de Datos. Los afectados incluso han constituido una plataforma para coordinar en todo el Pa¨ªs Vasco a los ciudadanos que quieran expresar su rechazo al sistema. A trav¨¦s de una respuesta parlamentaria conocida ayer, el consejero de Sanidad, Gabriel Incl¨¢n, atribuye a "intereses econ¨®micos y empresariales" de los m¨¦dicos que encabezan la oposici¨®n los motivos del verdadero conflicto. La previsi¨®n del departamento es que el programa de centralizaci¨®n de datos, conocido como Osabide, est¨¦ implantado el pr¨®ximo a?o en un total de 225 centros (el 73%) de la red de atenci¨®n primaria y especializada extrahospitalaria. El departamento ha defendido varias veces que no es preciso que un ciudadano d¨¦ su consentimiento para el tratamiento de datos cuando ¨¦ste tenga por finalidad proteger un inter¨¦s vital del interesado, como es el caso de la prevenci¨®n, diagn¨®stico m¨¦dico y asistencia sanitaria. En su dictamen, el CES considera "indeterminados y poco claros" los t¨¦rminos del art¨ªculo del anteproyecto vasco que se refieren a la salud.
UNA LEY DE INTER?S GENERAL:Tercera agencia auton¨®mica
En su exposici¨®n de motivos, el anteproyecto justifica la necesidad de regular la protecci¨®n de los datos personales porque el uso actual de la inform¨¢tica permite tratar gran cantidad de informaci¨®n sobre los ciudadanos y, en algunos casos, se pueden conocer aspectos que suponen una intromisi¨®n en la intimidad personal. Se trata, por lo tanto, de una ley de inter¨¦s general, que completar¨¢ la normativa estatal. Tan s¨®lo los ficheros establecidos para la investigaci¨®n del terrorismo y de otras formas de delincuencia organizada quedar¨¢n fuera de la regulaci¨®n de la futura ley. En la actualidad, la protecci¨®n de datos en Espa?a est¨¢ regulada por una ley b¨¢sica de 1999. Sin embargo, las comunidades aut¨®nomas tienen la potestad de aprobar su propia ley cuando dispongan de ficheros personales gestionados por ellas mismas. De momento, s¨®lo Madrid y Catalu?a cuentan con una norma propia y sus respectivas agencias.La Agencia de Protecci¨®n de Datos de Madrid se cre¨® por ley en 1995, aunque ha sido varias veces modificada y actualizada por otras normas, la ¨²ltima, de julio de 2001. La agencia catalana fue aprobada el pasado 19 de abril.El anteproyecto vasco no presenta grandes novedades con respecto a la ley org¨¢nica ni a sus referencias madrile?a y catalana, siendo una transcripci¨®n casi literal de estas ¨²ltimas. Por el contrario, s¨ª que se advierten algunas ausencias respecto a la norma estatal y las auton¨®micas, seg¨²n el dictamen aprobado por el CES.
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