Un magistrado discrepa del fallo en un caso de muerte en accidente laboral
Un magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV)discrepa con el fallo judicial de los otros dos miembros del tribunal en un caso de muerte por accidente laboral favorable a la empresa.
El juez sostiene en su voto particular que la responsabilidad en el fallecimiento de un operario, que realizaba labores de desbroce al caerle un ¨¢rbol que otro trabajador estaba talando, nunca puede imput¨¢rsele a la v¨ªctima como imprudencia. Indica que corresponde a la empresa el cumplimiento de un plan de prevenci¨®n de riesgos y dotaci¨®n de material adecuado.
La sentencia de la Sala, por el contrario, entiende los argumentos de la empresa al aceptar su recurso contra la decisi¨®n del Juzgado de lo Social n¨²mero 3 de Bilbao, que hab¨ªa condenado a la compa?¨ªa a pagar m¨¢s de 108.000 euros a la viuda del fallecido. El fallo del Superior rebaja la cifra a la mitad.
Los hechos juzgados ocurrieron en 1999 cuando Jos¨¦ Manuel A. S., de 48 a?os, padre de un menor de edad, muri¨® pr¨¢cticamente al instante al caerle un ¨¢rbol en la cabeza. El dictamen resalta la imposibilidad de determinar si la v¨ªctima se coloc¨® imprudentemente delante del tractor que derribaba el ¨¢rbol que le golpe¨® o si, por el contrario, la maniobra negligente fue del tractorista. Adem¨¢s, incide en que el fallecido no llevaba casco y que, aunque "existe un deber de vigilancia por parte del empresario sobre el cumplimiento de las normas de seguridad por los empleados", es "una exigencia desproporcionada" exigirle la presencia "innecesaria" de un encargado. Aunque el tribunal reconoce la falta de un plan de seguridad, incide en que al trabajador se le presum¨ªa un conocimiento sobre la labor que desarrollaba.
Sin experiencia
Finalmente, tiene en cuenta la infracci¨®n del empresario, pero se?ala que "resulta inexplicable" que una persona dedicada a trabajos forestales no prestara atenci¨®n y diligencia suficientes a que simult¨¢neamente a su trabajo se estaban derribando ¨¢rboles, por lo que los magistrados optan por la "compensaci¨®n de culpas".
Por el contrario, el firmante del voto en contra sostiene que no hay "concurrencia de culpas". A su juicio, procede rechazar el recurso de la empresa, porque la ausencia de un plan de seguridad, falta de ropa adecuada y carencia de casco protector son una responsabilidad de la compa?¨ªa.
El magistrado asegura que el operario no ten¨ªa experiencia en el oficio y a?ade que no se ha tenido en cuenta que el trabajador fue contratado para el cuidado de cabezas de ganado, sector distinto al forestal, as¨ª como que hab¨ªa quedado fijado que no deb¨ªa realizar la actividad forestal en que encontr¨® la muerte. Por ello, muestra su acuerdo con la sentencia primera que condenaba a la empresa y cree que el recurso debi¨® haberse desestimado.
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