Seis a?os de c¨¢rcel a un oficial de un juzgado de Sueca por estafa
Julio R.T., oficial de la secci¨®n civil del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero tres de Sueca, ha sido condenado a seis a?os de c¨¢rcel por un delito de falsedad continuada en documento p¨²blico para cometer una estafa. Julio R.T., de 41 a?os, se apropi¨® de 1.215.330 pesetas (7.304,28 euros) de la tramitaci¨®n de los procedimientos hipotecarios vali¨¦ndose de su condici¨®n de trabajador del juzgado y con la ayuda de Silvia C.Z., quien consignaba la informaci¨®n que ¨¦l le proporcionaba porque pensaba que era abogado.
Seg¨²n consta en la sentencia dictada por el tribunal de la secci¨®n cuarta de la Audiencia de Valencia, los d¨ªas 13 y 26 de julio de 2001, Silvia C. se present¨® en las oficinas del BBVA provista de los respectivos mandamientos perfectamente cumplimentados y obtuvo el pago en met¨¢lico de 4.657, 84 euros y 2.646,44 euros respectivamente. Consta asimismo en el fallo que Silvia C. entreg¨® el dinero a Julio R.T. y que ¨¦ste dispuso sin contar con ella. Julio R.T. consegu¨ªa los impresos en el juzgado, los rellenaba e imitaba la firma de la secretaria del juzgado. El funcionario judicial ahora condenado reconoci¨® los hechos tanto ante la polic¨ªa en su momento como ante el juez en la vista oral celebrada el pasado mes. Y afirm¨® en su declaraci¨®n que hab¨ªa ideado la maniobra para pagar deudas personales a las que no hab¨ªa podido hacer frente y que hab¨ªa decidido que fueran cantidades que nadie hab¨ªa reclamado.
Absuelta
La Audiencia ha absuelto a Silvia C.Z.. Considera el tribunal que a pesar de ser cierto que fue ella quien rellen¨® los impresos, lo hizo siempre por orden de Julio R.T., sin estampar firma alguna y sin conocer el fin ¨²ltimo de lo que estaba realizando, ya que para ella el condenado era un conocido que ejerc¨ªa de abogado. El funcionario de la oficina bancaria declar¨® que Silvia C.Z. nunca firm¨® papel alguno ni mostr¨® ¨¢nimo de lucro. La sala ha considerado que Julio R.T. es autor de un delito continuado de falsedad en documento p¨²blico como medio para cometer una estafa. Por ello, le impone una pena de c¨¢rcel de seis a?os, en los que se contempla la circunstancia agravante de prevalerse de su cargo p¨²blico, inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico por seis a?os, multa de nueve meses con una cuota diaria de seis euros y la mitad de las costas originadas por el procedimiento. Adem¨¢s, Julio R.T. deber¨¢ abonar al Estado, a trav¨¦s del Ministerio de Justicia, los 7.304,28 euros de que se apropi¨®, m¨¢s los intereses que corresponda.
En la sentencia, el tribunal destaca especialmente la condici¨®n de funcionario del condenado y se?ala que no se ha acreditado "ni m¨ªnimamente", las circunstancias eximentes que expuso la defensa "de alteraci¨®n ps¨ªquica impeditiva del conocimiento de la ilegalidad del hecho, ni puede con rigor mantenerse la concurrencia como eximente, ni siquiera como atenuante, de un estado de necesidad fundado en unas deudas inconcretas y ¨²nicamente alegadas por el acusado".
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