Administraci¨®n y exclusi¨®n social
Desde el Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Bizkaia (colectivo profesional que interviene directamente con personas en situaci¨®n de exclusi¨®n social) tenemos la obligaci¨®n de denunciar, con motivo de D¨ªa contra la Exclusi¨®n Social, la actuaci¨®n de la Administraci¨®n p¨²blica en esta materia.
Actualmente existen en nuestra provincia 12.413 familias que carecen de recursos econ¨®micos y perciben la denominada renta b¨¢sica (ayuda econ¨®mica mensual de car¨¢cter alimenticio, claramente insuficiente para cubrir dignamente las necesidades b¨¢sicas). Estas familias, seg¨²n el Gobierno vasco, cuentan con un derecho, los convenios de inserci¨®n, de obligado cumplimiento, que supone el realizar una serie de acciones marcadas por la Administraci¨®n para su inserci¨®n social, que de no ser desarrolladas supondr¨¢ la p¨¦rdida de la pensi¨®n alimenticia.
Ante esta realidad nos surgen las siguientes preguntas: ?El derecho alimenticio de las personas puede estar condicionado? ?Hay derechos de obligado cumplimiento? ?Est¨¢ el Gobierno vasco insinuando que la exclusi¨®n social es una responsabilidad individual, al entender que con el cumplimiento de los convenios de inserci¨®n desaparecer¨¢n las situaciones de exclusi¨®n social?
Ya en el a?o 2000 el Parlamento vasco aprob¨® la ley denominada Carta de Derechos Sociales, que reconoce derechos b¨¢sicos y universales como, por ejemplo: la protecci¨®n social suficiente, vivienda digna, educaci¨®n de calidad..., y define como unos de los objetivos de la norma posibilitar a todos los ciudadanos el acceso al mercado laboral. El ejercicio efectivo de estos derechos les corresponde garantizarlo a las Administraciones p¨²blicas vascas.
?stas, sin embargo, no han dado pasos en este camino, encontr¨¢ndose a fecha de hoy pendiente incluso la aprobaci¨®n del Plan Vasco de Inserci¨®n, que deber¨ªa servir de base para toda la planificaci¨®n en materia de inserci¨®n; y tambi¨¦n para los mencionados convenios de inserci¨®n individuales (que las personas ya tienen la obligaci¨®n de firmar y cumplir).
La Administraci¨®n ¨²nicamente ha puesto en marcha programas como el denominado Auzolan, consistente en un proceso formativo y un "empleo" de seis meses de duraci¨®n (no renovables), con una jornada de 30 horas semanales y una retribuci¨®n salarial del 75% del Salario M¨ªnimo Interprofesional (55.182 pesetas al mes). ?Es esto lo que la Administraci¨®n entiende por inserci¨®n laboral: una imposici¨®n de empleo con condiciones laborales muy deficitarias y sin ninguna proyecci¨®n hacia el futuro?
Ante lo ya expuesto, se observa que solamente se est¨¢n haciendo cumplir las obligaciones de las personas en situaci¨®n de exclusi¨®n social, y no as¨ª las de la Administraci¨®n. Por lo tanto, se est¨¢ responsabilizando a personas individuales en situaciones muy complejas de la resoluci¨®n de problemas sociales y estructurales como el desempleo o la falta de vivienda asequible, al basar su inserci¨®n en acciones realizadas exclusiva y directamente por los implicados.
La exclusi¨®n social es un problema cuyas causas, fundamentalmente sociales, deben ser atajadas desde la Administraci¨®n, que es quien tiene la responsabilidad de desarrollar pol¨ªticas adecuadas que posibiliten el desarrollo personal y social de todas y cada una de las personas que vivimos en el Pa¨ªs Vasco.
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