El Supremo da la raz¨®n a Sogecable y anula las restricciones impuestas por el Gobierno
Una norma de Fomento, ahora declarada nula, retras¨® el lanzamiento de Canal Sat¨¦lite
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha declarado nulo un art¨ªculo del real-decreto del Ministerio de Fomento que exig¨ªa a los operadores de televisi¨®n digital la inscripci¨®n obligatoria en un registro y utilizar determinado tipo de descodificadores. La norma ahora declarada nula fue utilizada para denegar inicialmente a Canal Sat¨¦lite Digital (CSD) la inscripci¨®n en el registro de operadores y retrasar el lanzamiento masivo de esa plataforma "para hacerlo coincidir en la pr¨¢ctica con la puesta en marcha de V¨ªa Digital", seg¨²n un comunicado de Sogecable.
El Tribunal Supremo ha dado la raz¨®n a Sogecable en la guerra de los descodificadores que inici¨® personalmente el ministro Francisco ?lvarez-Cascos al imponer un registro de operadores y restricciones a los descodificadores de Canal Sat¨¦lite Digital a trav¨¦s de un real-decreto que fue duramente cuestionado por las autoridades comunitarias y cuya parte m¨¢s sustancial ha sido ahora declarada nula.
La sentencia del Supremo interpreta la respuesta dada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas a tres cuestiones prejudiciales sobre el citado real-decreto y confirma que la normativa inspirada por ?lvarez-Cascos vulner¨® sustancialmente el derecho comunitario en materia de libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas y de servicios.
A ra¨ªz de los recursos entablados por Canal Sat¨¦lite Digital (CSD) en 1997, la Comisi¨®n Europea forz¨® al Gobierno a modificar el real-decreto inicial de ?lvarez-Cascos por otro nuevo, el 16/97, que autoriz¨® el empleo de los decodificadores de CSD.
El Supremo expone que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, destac¨® que las obligaciones de registro impuestas a los operadores por disposiciones nacionales como las establecidas en el art¨ªculo 2 del real decreto 136/97 "constituyen restricciones de dos de las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado de Roma, la libertad de circulaci¨®n de mercanc¨ªas y la libertad de prestaci¨®n de servicios".
Como muestra de ello, el Supremo recuerda que dicho art¨ªculo "determin¨® precisamente el rechazo de la inscripci¨®n" de Canal Sat¨¦lite y la incoaci¨®n de expediente administrativo, porque los equipos que comercializaba dicho operador carec¨ªan de la certificaci¨®n exigida.
'Guerra digital'
La guerra digital fue abanderada en 1997 desde el Gobierno para frenar el avance de Canal Sat¨¦lite Digital, la plataforma liderada por Canal + Francia y el Grupo PRISA. Se desencaden¨® poco despu¨¦s del pacto de Nochebuena (24 de diciembre de 1996), por el que Sogecable, Antena 3 y TV-3 llegaron a un acuerdo para la explotaci¨®n conjunta de los derechos del f¨²tbol. Tras la presentaci¨®n del lanzamiento de Canal Sat¨¦lite Digital (en enero de 1997) y la posterior creaci¨®n de V¨ªa Digital (plataforma auspiciada por el Gobierno y con Telef¨®nica como motor), el Ejecutivo aprob¨® un decreto ley para obstaculizar la viabilidad de CSD. ?lvarez-Cascos moviliz¨® en esas fechas al PP a favor del f¨²tbol televisado en abierto, una ley que constitu¨ªa, de hecho, una expropiaci¨®n de los derechos adquiridos por Canal Sat¨¦lite. Paralelamente, el Gobierno legisl¨® para obligar a esta plataforma a pactar con su competidor para la utilizaci¨®n de los descodificadores.
Adem¨¢s de tratar de prohibir el descodificador utilizado por Canal +, estableci¨® la obligatoriedad de depositar las fianzas de los abonados en la Caja General de Estado y aument¨® el IVA a los consumidores de la televisi¨®n de pago hasta el 16%.
Entretanto, el entonces juez de la Audiencia Nacional Javier G¨®mez de Lia?o abri¨® diligencias contra Sogecable. Los abonados de la compa?¨ªa aportaron pruebas que demuestran que la acusaci¨®n de delito de estafa carece de todo fundamento. G¨®mez de Lia?o envi¨® a funcionarios de la polic¨ªa a investigar los mecanismos de contrataci¨®n y distribuci¨®n de los descodificadores de Canal +. Sin orden judicial, los agentes se personaron en las oficinas de un hipermercado de Madrid.
La Comisi¨®n Europea decidi¨® m¨¢s tarde expedientar al Gobierno por violar el Tratado de Roma en relaci¨®n con la guerra digital. El entonces portavoz del Ejecutivo, Miguel ?ngel Rodr¨ªguez, fue tajante al afirmar que no se hab¨ªa legislado "vulnerando las competencias en materia de libre traslado de mercanc¨ªas en el mercado interior". Y neg¨® que el titular de Fomento, Rafael Arias Salgado, no hubiera informado al Gobierno de la existencia de varias advertencias por parte de la Comisi¨®n Europea.
Ahora, el Tribunal Supremo espa?ol ha confirmado la posici¨®n adelantada por Luxemburgo y ha declarado que el Gobierno infringi¨® la normativa comunitaria al dar v¨ªa libre a la discrecionalidad administrativa y duplicar los controles efectuados por otros Estados miembros. Tambi¨¦n incurri¨® en un "vicio esencial" al no notificar previamente la norma a la Comisi¨®n Europea. La sentencia, acordada por cinco votos a favor, ha contado con la opini¨®n discrepante de otros tres magistrados.
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