El Supremo obliga al Estado a pagar por un accidente de tr¨¢fico
El siniestro se produjo en 1994 en un punto negro de la Nacional I
El Tribunal Supremo ha dado, finalmente, la raz¨®n a la aseguradora Pelayo por un accidente de circulaci¨®n ocurrido en 1994 en un punto negro de la carretera Nacional I. El alto tribunal confirm¨® el pasado mes de noviembre la sentencia de la Audiencia Nacional de 1998 en la que obligaba a la Administraci¨®n del Estado a sufragar el 75% de la indemnizaci¨®n (500.000 euros, 84,3 millones de pesetas) en el siniestro en el que muri¨® una persona y otras dos resultaron gravemente heridas.
El alto tribunal establece en la sentencia una relaci¨®n de causa entre el accidente y que ese punto negro (se producen m¨¢s de tres accidentes al a?o) de la carretera se encontrase mal peraltado y con un deficitario drenaje que provoc¨® el llamado efecto aquaplanning en el veh¨ªculo siniestrado.
La sentencia del Tribunal Supremo va a suponer una revoluci¨®n en el mundo asegurador ya que responsabiliza a la Administraci¨®n de los accidentes que ocurren en los puntos negros de las carreteras espa?olas. Se trata de la ratificaci¨®n de una sentencia dictada en 1998 por la Audiencia Nacional que establece una relaci¨®n directa entre el siniestro ocurrido en 1994 en el kil¨®metro 66,5 de la carretera Nacional I en el que muri¨® una persona y otras dos resultaron gravemente heridas, y el mal estado de la carretera.
Jos¨¦ Boada, director general de la aseguradora Pelayo, considera muy relevante que se responsabilice a la Administraci¨®n de los puntos negros de las carreteras lo que obligar¨¢ al Estado a ser m¨¢s diligente en el mantenimiento y reparaci¨®n de los mismos.
"Esta sentencia ha establecido tambi¨¦n una responsabilidad objetiva de la Administraci¨®n ya que debe ser ella quien demuestre que estos puntos negros no han sido los causantes de un accidente y no como hasta ahora, que era el afectado el que deb¨ªa demostrar esa relaci¨®n en caso de siniestro", a?ade Boada.
Alegaciones del seguro
La aseguradora Pelayo tuvo que costear los 84,3 millones de pesetas (unos 500.000 euros) de indemnizaci¨®n pero emprendi¨® acciones legales, argumentando el mal estado de la carretera como causa del siniestro. Ocho a?os despu¨¦s de producirse el accidente, el Tribunal Supremo da la raz¨®n a la aseguradora y obliga a la Administraci¨®n a costear el 75% de esa indemnizaci¨®n. El 25% de ese pago corre a cargo de la aseguradora ya que el informe t¨¦cnico verificado por la Guardia Civil establece como otra causa del accidente, relativa al veh¨ªculo, la falta de dibujo de los neum¨¢ticos de las ruedas posteriores.
As¨ª, a juicio de la sala de la Audiencia Nacional, "tambi¨¦n habr¨¢ de ponderarse a efectos de la adecuada determinaci¨®n del monto indemnizatorio la circunstancia apuntada por la fuerza interviniente consistente en la falta de dibujo de los neum¨¢ticos de las ruedas traseras para aminorar la cantidad a satisfacer por la Administraci¨®n que lleva a una reducci¨®n al 75% de lo reclamado por la compa?¨ªa".
La sentencia dictada por la la Audiencia Nacional que ahora ha sido ratificada por el Tribunal Supremo basa su argumentaci¨®n en el art¨ªculo 106.2 de la Constituci¨®n, que establece que "los particulares, en los t¨¦rminos establecidos por la Ley, tendr¨¢n derecho a ser indemnizados por toda lesi¨®n que sufran en sus bienes y derechos salvo en casos de fuerza mayor, siempre que la lesi¨®n sea consecuencia del funcionamiento de los servicios p¨²blicos.
Tambi¨¦n el art¨ªculo 139.1 de la Ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de las Administraciones P¨²blicas y del Procedimiento Administrativo Com¨²n establece id¨¦ntico derecho, dentro del sistema de responsabilidad de todas las Administraciones p¨²blicas.
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