La Guerra Civil ha terminado...
Cuando el general Franco afirm¨®, en el ¨²ltimo parte oficial de la Guerra Civil, que ¨¦sta, el 1 de abril de 1939, hab¨ªa terminado, no reflejaba totalmente la realidad, como bien se pudo comprobar en los a?os posteriores. Ha sido despu¨¦s de la restauraci¨®n de la Monarqu¨ªa democr¨¢tica cuando se han dado pasos importantes para la superaci¨®n de los efectos de aquella guerra y para el logro de la pacificaci¨®n nacional.
?ltimamente, el 20 de noviembre pasado (fecha, por cierto, no carente de significado), el Congreso de los Diputados aprob¨® una proposici¨®n no de ley, suscrita por todos grupos parlamentarios, en la que despu¨¦s de recordar, entre otros, al presidente de la II Rep¨²blica, Manuel Aza?a, al que se califica "de gran espa?ol" (?el ¨²ltimo, por ahora, triunfo parlamentario de don Manuel!), se expresan, con hermosas palabras, ideas dirigidas a la reparaci¨®n "de la dignidad de las personas que padecieron persecuci¨®n durante el r¨¦gimen franquista", a las que adem¨¢s se les rinde un tributo "de admiraci¨®n y afecto por la lealtad a sus convicciones y el sufrimiento que hubieron de padecer". Bien, es un paso importante. Pero la liquidaci¨®n de la Guerra Civil no est¨¢ acabada. El paso de los a?os, afortunadamente, ha cerrado muchas de sus heridas o hecho imposible o innecesaria su curaci¨®n. La historia, con su sabidur¨ªa, dar¨¢ su opini¨®n sobre la II Rep¨²blica y el r¨¦gimen de Franco, ahora que sus intervinientes ya no viven o est¨¢n en trance de partir para su ¨²ltimo viaje, y los espa?oles sacar¨¢n -si todav¨ªa no lo han hecho- las ense?anzas oportunas.
Quedan, sin embargo, algunas cuestiones que por razones de justicia y por afectar a personas o a instituciones todav¨ªa presentes, en sus intereses o en su memoria o dignidad, es necesario reparar en lo posible.
No es un problema nuevo. El mismo Franco promulg¨® reci¨¦n acabada la guerra la ley de 8 de mayo de 1939, en la que se estableci¨® una v¨ªa para anular todas las resoluciones civiles, penales y contencioso-administrativas dictadas desde el 18 de julio de 1936 por "funcionarios extra?os al Movimiento Nacional", aunque fueran firmes o definitivas. Entre ellas las dictadas por el Tribunal de Casaci¨®n de Catalu?a.
Esta ley, aprobada para revisar las injusticias cometidas durante la guerra en la zona leal a la Rep¨²blica, constituye ahora un precedente de sumo inter¨¦s para la soluci¨®n del mismo problema en todo el territorio nacional. Con prudencia, s¨ª, pero con justicia tambi¨¦n. La ley cuya promulgaci¨®n se preconiza buscar¨¢ la soluci¨®n, con criterios jur¨ªdicos, de algunos de los problemas hist¨®ricos pendientes (as¨ª, entre otros, los relacionados con las muertes del presidente Companys, el general Batet y el dirigente de Uni¨® Democr¨¤tica de Catalunya Carrasco Formiguera, o la prisi¨®n de Juli¨¢n Besteiro, por citar algunos de los casos m¨¢s notorios).
Se tratar¨ªa de ponderar la conveniencia de aprobar una ley temporal durante cuyo periodo de vigencia se conceder¨ªa a las personas interesadas el derecho a solicitar la revisi¨®n de las resoluciones dictadas, por motivos pol¨ªticos, durante la etapa franquista, referidas a materias de naturaleza penal, sancionadora o privativas de derechos o bienes, a las que se suprimir¨ªa su valor de cosa juzgada.
La ley, a la que ser¨ªa bueno que pudieran acogerse tambi¨¦n las personas que no lo hicieron con la ley de 8 de mayo de 1939 pese a haber sido represaliadas en la zona republicana, ser¨ªa aplicada, como es l¨®gico, por los tribunales ordinarios competentes, y los hechos, revisados a la luz de la vigente legalidad.
El ser vencedor en una guerra no significa tener toda la raz¨®n. La comisi¨®n de actos injustos con mayor o menor explicaci¨®n en su contexto hist¨®rico no elimina la obligaci¨®n de las generaciones futuras de dulcificar los
efectos de aqu¨¦llos. Todo parece indicar que ha llegado el momento de dar otro paso a favor de la superaci¨®n de la guerra de 1936-39.
La humanidad de proceder, al cabo de tantos a?os, a la reconsideraci¨®n de resoluciones dictadas en situaciones de anormalidad o de excepci¨®n es razonable y propia de un Estado, como el espa?ol, que proclama como valores supremos de su ordenamiento jur¨ªdico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo.
Otra cosa es que alg¨²n sector pueda opinar que la revisi¨®n de esas resoluciones en la actualidad resulta innecesaria e incluso imprudente. Es ¨¦sta una cuesti¨®n que han de decidir la sociedad y el legislador. Su respuesta no ser¨¢ neutral. De ella depende que ahora y definitivamente se pueda afirmar que la Guerra Civil, ?por fin!, ha terminado.
?ngel Garc¨ªa Fontanet es presidente de la Fundaci¨®n Pi i Sunyer y magistrado del TSJC.
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