Factor de divisi¨®n
El presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jim¨¦nez de Parga, se ha salvado por los pelos de su recusaci¨®n en la Ley de Partidos, pero a costa de una seria fractura en la instituci¨®n que preside. Es el primer y m¨¢s ostensible estrago que cabe achacar a su notoria falta de contenci¨®n verbal en asuntos susceptibles de llegar a su jurisdicci¨®n, como la posible ilegalizaci¨®n de Batasuna. En lugar de abstenerse, como habr¨ªa sido lo m¨¢s adecuado e incluso elegante, Jim¨¦nez de Parga opt¨® por pasar la patata caliente a sus compa?eros de tribunal, aun a riesgo de ponerlos en una situaci¨®n inc¨®moda.
Seis de los once magistrados que han deliberado sobre la recusaci¨®n de su presidente, planteada por el Gobierno vasco en el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Partidos, han considerado que la imparcialidad de Jim¨¦nez de Parga en este asunto no se ve alterada por su pronunciamiento p¨²blico a favor de la ilegalizacion de Batasusa. Se trata, a su juicio, de casos distintos a tenor de una interpretaci¨®n m¨¢s bien literal de las causas legales de recusaci¨®n. Pero lo grave es que cinco de sus compa?eros -en una votaci¨®n apretada como nunca en un caso parecido- hayan visto una innegable conexi¨®n entre uno y otro asunto. Desde luego, es dif¨ªcil tener un juicio preconcebido a favor de la ilegalizaci¨®n de Batasuna y no tenerlo sobre la constitucionalidad de la Ley de Partidos, instrumento jur¨ªdico indispensable para conseguir aqu¨¦lla.
Las dudas sobre la imparcialidad de Jim¨¦nez de Parga, producto de su afici¨®n a opinar de cuestiones sobre las que debe pronunciarse como juez, no desaparecen con el rechazo de su recusaci¨®n. Y en tanto persistan no dejar¨¢n de deteriorar la imagen del tribunal que preside. ?C¨®mo puede funcionar con el sosiego y la tranquilidad exigibles un tribunal que en poco tiempo se ha enfrentado a dos recusaciones de su presidente y arriesga varias m¨¢s por sus juicios controvertidos sobre las nacionalidades hist¨®ricas? Ostentar la presidencia del Constitucional obliga a determinadas contrapartidas que en el caso de Jim¨¦nez de Parga brillan por su ausencia.
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