Las razones de Lula
Los principales medios de comunicaci¨®n han dado gran relevancia a la noticia de que el presidente brasile?o, Luiz In¨¢cio Lula da Silva, ha ordenado que se expidan t¨ªtulos formales de propiedad de las favelas. Probablemente esta medida habr¨¢ sorprendido a m¨¢s de uno. No ser¨¢n pocos los que la califiquen de demag¨®gica, propia de un l¨ªder populista, o de decisi¨®n irresponsable que cuestiona los cimientos del sistema econ¨®mico y social.
Nada m¨¢s alejado de la realidad. Lula tiene sus razones. No desea en absoluto destruir el sistema capitalista en Brasil, sino, por el contrario, conseguir que deje de ser un club privado y que abra sus puertas -y tambi¨¦n sus beneficios- a la gran mayor¨ªa de los habitantes de ese inmenso pa¨ªs latinoamericano.
Dos tercios de la riqueza de los pa¨ªses en desarrollo dependen de la propiedad inmobiliaria
Brasil dispone de uno de los mejores sistemas registrales de Am¨¦rica Latina
Que la favela sea otro generador de capital; por ejemplo, como garant¨ªa de un pr¨¦stamo
Sabe que extender el capitalismo requiere dise?ar y universalizar mecanismos capaces de generar capital, la savia genuina de todo el sistema. Y que el proceso por el cual un activo f¨ªsico -una favela, concebida ¨²nicamente como refugio-, se convierta en otro generador de capital, y que esa misma favela, concebida, por ejemplo, como garant¨ªa de un pr¨¦stamo, financie la creaci¨®n de una empresa, es complejo y se halla plagado de dificultades. Pero ese es el apasionante y trascendental proceso que el presidente Lula pretende poner en marcha con la decisi¨®n adoptada.
Hernando de Soto (reconocido economista de origen peruano, cuyos ideario y equipo se hallan sin duda tras la decisi¨®n adoptada por el presidente brasile?o) se formul¨® en su d¨ªa una pregunta clave (v¨¦ase su obra El misterio del capital, subtitulada Por qu¨¦ el capitalismo triunfa en Occidente y fracasa en el resto del mundo). Esta pregunta es sencilla: ?Qu¨¦ es lo que desprende valor de una simple casa y lo fija de forma tal que le permite generar capital? La respuesta es, tambi¨¦n, sencilla: que sea una propiedad identificada, documentada y protegida por un sistema formal de derechos de propiedad.
En Occidente, observa de Soto, todo activo -toda parcela de tierra, vivienda o bien mueble de consumo duradero- ha sido formalmente fijado en registros mantenidos al d¨ªa y regidos por normas contenidas en el sistema de propiedad, de modo que todo incremento en la producci¨®n, todo producto, inmueble u objeto con valor comercial es propiedad formal de alguien. La propiedad formal, observa de Soto, invita a percibir la casa como algo m¨¢s que mero refugio y por ello un activo inerte; invita a verla como capital vivo.
En Occidente -contin¨²a el economista- los inmuebles formales son f¨¢ciles de usar como garant¨ªa para un pr¨¦stamo; para obtener una inversi¨®n mediante su intercambio por activos; como domicilio para el cobro de deudas o de impuestos, o con fines comerciales o judiciales, por ejemplo, de modo que mientras las casas como tal act¨²an como refugios o lugares de trabajo de sus due?os, sus acreditaciones formales de propiedad llevan una vida paralela, cumpliendo varias funciones adicionales para afianzar los intereses de quienes intentan crear nueva riqueza.
Por el contrario, aquellos activos cuyos aspectos jur¨ªdicos -y magnitudes relevantes desde un punto de vista econ¨®mico- no est¨¢n fijados en un sistema de propiedad formal son sumamente dif¨ªciles de mover en el mercado y su intercambio comercial se circunscribe a c¨ªrculos b¨¢sicamente locales de amigos y conocidos. Los efectos de este fallo legal son dificultar la contrataci¨®n con extra?os, restringir la divisi¨®n del trabajo y frenar la productividad y, finalmente, el crecimiento econ¨®mico y el bienestar.
Asimismo, en Occidente, sus sistemas formales de propiedad se caracterizan por que, si bien est¨¢n concebidos para proteger tanto la seguridad de los t¨ªtulos como la de las transacciones, conceden prioridad a la seguridad de estas ¨²ltimas con el fin de facilitar que los activos puedan cumplir su funci¨®n paralela como capital. Por ello, la mayor parte de los pa¨ªses avanzados se han dotado de sistemas registrales de derechos (tambi¨¦n denominados de fe p¨²blica), en tanto que muchos de los pa¨ªses en v¨ªas de desarrollo siguen anclados en sistemas registrales de documentos, los cuales se limitan, como observa de Soto, "a ser guardianes de los deseos de los muertos". "Esto, acaso explique -contin¨²a el ilustre economista- por qu¨¦ crear capital sobre propiedades occidentales es tan sencillo y por qu¨¦ en los pa¨ªses en v¨ªas de desarrollo, la mayor parte de los activos se ha escabullido del sistema formal legal en busca de movilidad".
Pues bien, mientras esto sucede en los pa¨ªses desarrollados, en Am¨¦rica Latina, seg¨²n las investigaciones llevadas a cabo por el equipo de De Soto, al menos seis de cada ocho edificaciones se hallan en el sector subcapitalizado y el 80% de toda la propiedad inmobiliaria es pose¨ªda fuera de la ley. Si consideramos que dos tercios de la riqueza nacional de los pa¨ªses en v¨ªas de desarrollo est¨¢ relacionado con la propiedad inmobiliaria, la conclusi¨®n inevitable es que la ley es la excepci¨®n y la marginalidad la norma y que, debido a ello (concretamente a la ausencia de un sistema formal y universalizado de derechos de propiedad) dos tercios de los activos f¨ªsicos est¨¢n inhabilitados para crear capital, no sirven como garant¨ªa para obtener un cr¨¦dito ni tampoco para desempe?ar ninguna de las dem¨¢s funciones que las representaciones formales de la propiedad permiten. Y ello constituye un aut¨¦ntico dispendio en un mundo inmerso en una intensa lucha (nacional e internacional) por la captaci¨®n de capitales.
En Estados Unidos, por el contrario, la mayor fuente individual de recursos para nuevos negocios es la hipoteca sobre la vivienda del empresario. O en Espa?a, el volumen de los saldos vivos de los activos hipotecarios equivale ya a m¨¢s de la mitad del Producto Interior Bruto, constituy¨¦ndose m¨¢s de un mill¨®n de nuevas hipotecas anualmente.
Se hace imperativo, por lo tanto, legalizar la situaci¨®n extralegal de las posesiones inmobiliarias de esos pa¨ªses, si se quiere que puedan empezar a generar capital. Y eso es exactamente lo que persigue el presidente Lula. La cuesti¨®n es c¨®mo integrar los activos extralegales de un pa¨ªs en un ¨²nico sistema de propiedad formal, especialmente cuando la situaci¨®n de extralegalidad afecta a una gran parte de los activos inmobiliarios.
Prescindiendo de otros aspectos, esta cuesti¨®n se presenta como un aut¨¦ntico desaf¨ªo jur¨ªdico; su soluci¨®n requiere una sofisticada tecnolog¨ªa jur¨ªdica capaz de ofrecer soluciones sencillas, universales, poco costosas y sumamente eficaces en la protecci¨®n de los derechos y, sobre todo, de las transacciones. Esta cuesti¨®n -c¨®mo- deviene as¨ª en un asunto cr¨ªtico, pues es sabido que una mala instrumentaci¨®n de una buena idea puede acabar invalidando la idea misma.
El an¨¢lisis de De Soto es, sin duda, brillante. Su diagn¨®stico, correcto, debe mucho a aportaciones de economistas como Coase, North, Fogel, Pipes y otros. Incluso apunta ideas para buscar soluciones -inspiradas en la historia de Estados Unidos, como los derechos de tomahawk, de caba?a, de semillas, etc- que son, sin duda, ¨²tiles, pero no se siente capaz de construir la tecnolog¨ªa jur¨ªdica necesaria para hacer frente a ese desaf¨ªo extraordinario, si bien se?ala cuatro l¨ªneas maestras, absolutamente correctas a mi juicio:
1. Para crear una econom¨ªa de mercado moderna se necesitan est¨¢ndares comunes precisados en un ¨²nico cuerpo de normas.
2. Los sistemas deben proteger los derechos de propiedad y las transacciones, pero, sobre todo estas ¨²ltimas.
3. Deben facilitarse los expedientes para ingresar en esos sistemas; m¨¢s concretamente, a mi juicio, deben facilitarse los procedimientos para que las propiedades que viven fuera del registro ingresen en el sistema registral.
4. La cuesti¨®n b¨¢sica no consiste en mapear y fotografiar los edificios o las tierras, sino en fijar reglas que reflejen un consenso sobre c¨®mo los activos f¨ªsicos deben ser pose¨ªdos, intercambiados y utilizados, consejo ¨¦ste que, de seguirlo, puede ahorrarle mucho dinero al Gobierno brasile?o.
Una vez que el presidente Lula ha adoptado la decisi¨®n y ha comunicado al pa¨ªs que ¨¦l personalmente est¨¢ al frente de este tim¨®n -imprescindible para vencer las probables resistencias de ciertas minor¨ªas-, el ¨¦xito de este apasionante y trascendental proceso va a depender -en mayor medida que de ninguna otra- de una cuesti¨®n tecnol¨®gica, concretamente de tecnolog¨ªa registral y, espec¨ªficamente, en sus aspectos jur¨ªdicos, organizativos y gestores -la tecnolog¨ªa f¨ªsica, sin duda ¨²til, es, en este punto, secundaria-. Para comprenderlo, baste la siguiente reflexi¨®n: la propiedad no puede generar capital mientras no sea jur¨ªdicamente indiscutible, y no lo es mientras la comunidad como tal no reconoce a una persona como propietario mediante un acto de adjudicaci¨®n.
El Registro es una instituci¨®n a trav¨¦s de la cual la comunidad realiza ese reconocimiento y la inscripci¨®n una suerte de adjudicaci¨®n que consolida un determinado statu quo jur¨ªdico real inmobiliario que debe ser respetado por todos. Por eso, el Registro es la clave. Facilitar los sistemas de ingreso en el Registro -sistemas de adjudicaci¨®n-, por un lado, y fortalecer los efectos de ¨¦ste para que las transacciones con los derechos adjudicados sean plenamente seguras, por otro, son dos de las piedras angulares imprescindibles para el ¨¦xito del proceso.
Afortunadamente, hoy tenemos la tecnolog¨ªa registral que permite conseguirlo. Adem¨¢s, Brasil dispone de uno de los mejores sistemas registrales de Am¨¦rica Latina, al menos en sus grandes ¨¢reas urbanas, por lo que la implementaci¨®n de las medidas necesarias no deber¨ªa resultar especialmente problem¨¢tica.
Fernando P. M¨¦ndez Gonz¨¢lez es decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espa?a y uno de los principales expertos internacionales en registro de la propiedad. Ha asesorado a diferentes pa¨ªses para la aplicaci¨®n de sistemas registrales.
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