Severo correctivo
El Tribunal de Luxemburgo ha dictado una sentencia esclarecedora y terminante sobre la llamada golden share (acci¨®n de oro), o derecho de los gobiernos europeos a prohibir o condicionar operaciones en empresas privatizadas en virtud de su inter¨¦s estrat¨¦gico. Defiende el Tribunal que las acciones de oro no son en s¨ª mismas contrarias a la legalidad europea, siempre y cuando su aplicaci¨®n est¨¦ justificada en la defensa de servicios p¨²blicos, y que deben imponerse con criterios proporcionados y transparentes y, adem¨¢s, de forma que la intervenci¨®n del Gobierno pueda compensarse con la defensa jur¨ªdica efectiva por parte de quien se considere perjudicado.
La sentencia significa que la acci¨®n de oro del Gobierno espa?ol en Tabacalera (hoy Altadis) y Argentaria, vencida en ambos casos, es ilegal, puesto que no son empresas de servicio p¨²blico, y que las existentes en Endesa, Telef¨®nica y Repsol, que caducar¨¢n entre 2006 y 2007, deben ser modificadas en el plazo de tres meses para cumplir los requisitos de transparencia, criterios definidos y tutela jur¨ªdica efectiva.
Lo que el Tribunal pide a las autoridades espa?olas es que determinen de forma incontestable qu¨¦ actividades de las empresas protegidas por la acci¨®n de oro constituyen un servicio p¨²blico y cu¨¢les no. No todos los mercados ni todas las divisiones operativas de Telef¨®nica, Repsol o Endesa son servicios p¨²blicos. Para cumplir la decisi¨®n del tribunal, el Gobierno tendr¨¢ que detallar los criterios con los que intervendr¨¢ cuando considere que est¨¢n en peligro esos servicios. El severo correctivo del Tribunal de Luxemburgo equivale a considerar que la acci¨®n de oro espa?ola se ha aplicado de forma gen¨¦rica, arbitraria y sin garant¨ªas legales y deja en evidencia la defensa de la normativa intervencionista en la que se enredaron el ministro de Econom¨ªa, Rodrigo Rato; la comisaria Loyola de Palacio, y el propio abogado general asignado a esta causa, el espa?ol D¨¢maso Ruiz-Jarabo.
El Gobierno debe modificar con la mayor diligencia las normas vigentes para adecuarlas a las exigencias judiciales de la UE, porque, se quiera o no, la decisi¨®n de Luxemburgo modifica las condiciones de tres grandes empresas espa?olas que cotizan en Bolsa. La interpretaci¨®n de Rato seg¨²n la cual "en ning¨²n caso esta sentencia afectar¨ªa a hechos ya sucedidos y a situaciones ya consolidadas" sugiere que el Gobierno parece dispuesto a enrocarse en un di¨¢logo de sordos con las autoridades comunitarias o en una controversia cuyas consecuencias acabar¨¢n pagando empresas y accionistas.
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