"Desafiante actitud" episcopal
Otras dos nuevas sentencias critican la actuaci¨®n de la Iglesia con los profesores de religi¨®n. "Actitud claramente desafiante", "argumentos insostenibles", "abuso de derecho". De esta manera califica el magistrado Jos¨¦ Juan Ramos Campodarve, del Juzgado de lo Social n¨²mero 2 de Las Palmas, al obispado de esa di¨®cesis, que por segunda vez ha enviado al paro a dos profesoras de religi¨®n cuyo primer despido fue declarado radicalmente nulo. Otra juez de la misma ciudad, la magistrada Pilar Varas Garc¨ªa, del Juzgado de lo Social n¨²mero 5, reprocha a la autoridad eclesi¨¢stica que haya despedido a una de esas docentes de catolicismo aplastando de manera intolerable "unos derechos fundamentales". "El contrato de trabajo no legitima que los trabajadores hayan de soportar limitaciones injustificadas de sus derechos fundamentales y libertades p¨²blicas", afirma la magistrada.
Estos dos jueces de Las Palmas estaban juzgando el despido por segunda vez de las profesoras Araceli del Carmen G¨®mez Ja¨¦n y Nereida del Pino D¨ªaz Mederos. En sendas sentencias, el Gobierno de Canarias -y el obispado- fueron condenados en la primavera de 2002 a readmitirlas inmediatamente en sus antiguos puestos de trabajo, pero al curso siguiente -el que comenz¨® en septiembre de 2002- el obispado volvi¨® a marginarlas de sus listas de profesores a contratar por el Estado. Nuevamente ante los tribunales, lo que le dicen ahora los jueces a la Iglesia y al Gobierno canario es que el derecho a la tutela judicial es uno de los proclamados como fundamentales por la Constituci¨®n y que no puede ser aplastado con argumento alguno. Lo contrario es "abuso de derecho y una actitud insostenible" por parte del obispado y de la Consejer¨ªa de Educaci¨®n como ejecutora necesaria de las ¨®rdenes episcopales.
El juez Ramos Campodarve recuerda en sus fundamentos de derecho c¨®mo los demandados -el obispado y el Gobierno canario- sostienen que la Iglesia "es totalmente libre de proponer o no a quien le parezca id¨®neo, esto es: que el obispado no estar¨ªa sujeto a [respetar] los derechos fundamentales". Esa argumentaci¨®n le parece "insostenible" e incluso "desafiante" al juez.
La readmisi¨®n inmediata, por segunda vez y con advertencia de la radicalidad del despido nulo, lleva aparejada en el caso de la profesora Araceli del Carmen G¨®mez el cobro de una indemnizaci¨®n "por da?os y perjuicios de 3.005,07 euros como base de multa en grado m¨ªnimo para las faltas muy graves". El primer despido de estas docentes se produjo por haber participado en una huelga legal; el segundo, por haber llevado al obispado al juzgado para defenderse.
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