Condenada a 6 a?os de c¨¢rcel la due?a de la f¨¢brica del 's¨ªndrome Ardystil'
El fallo castiga a un inspector de Trabajo y a otros seis empresarios por la afecci¨®n pulmonar
Once a?os despu¨¦s de la primera muerte, la Audiencia de Alicante hizo p¨²blica ayer la sentencia por el denominado s¨ªndrome Ardystil, una grav¨ªsima afecci¨®n pulmonar por inhalaci¨®n de productos qu¨ªmicos que en 1992 caus¨® la muerte de seis trabajadores y un centenar de afectados en ocho f¨¢bricas de aerograf¨ªa textil de Alicante. El tribunal condena a seis a?os de c¨¢rcel a Juana Ll¨¢cer, propietaria de la industria que dio nombre al s¨ªndrome, y a seis meses a un inspector de Trabajo por su inhibici¨®n. La sala impone multas a otros seis procesados y declara responsable civil subsidiaria a la Generalitat.
Los trabajadores afectados por el s¨ªndrome Ardystil abarrotaron al mediod¨ªa de ayer la sala donde Virtudes L¨®pez, presidenta de la secci¨®n 3? de la Audiencia Provincial de Alicante, ley¨® el fallo de la causa m¨¢s prolija de la historia de judicatura de esta provincia. Los presentes, tras once a?os de espera, reaccionaron con moderado optimismo. La sala ha condenado a 7 de los 10 empresarios procesados y a un inspector de trabajo, asimismo declara responsable civil subsidiaria a la Administraci¨®n, en este caso la Generalitat Valenciana. Esta decisi¨®n garantiza a los afectados el cobro de los cerca de 4,1 millones de euros en los que el tribunal ha evaluado la indemnizaci¨®n global.
En el apartado de hechos probados, el tribunal recoge que entre los a?os 1989 y 1993, ocho empresas del textil, radicadas en las poblaciones de Alcoi, Muro d'Alcoi y Cocentaina -en el interior de la provincia- pusieron en pr¨¢ctica un sistema de estampaci¨®n de tejidos, denominado aerograf¨ªa textil. El m¨¦todo, novedoso en el sector, consist¨ªa en pulverizar con pistolas neum¨¢ticas las mezclas de colorantes sobre las telas. "Las empresas carec¨ªan de aspiraci¨®n localizada sobre las mesas de trabajo, as¨ª como de ventilaci¨®n forzada para la renovaci¨®n del aire de los locales y el uso de mascarillas para proteger las v¨ªas respiratorias de los trabajadores no se hac¨ªa cumplir o simplemente no exist¨ªan o eran insuficientes", recoge la sentencia. Para limpiar las manchas de pinturas de las telas se usaban otras pistolas en, este caso el¨¦ctricas, cargadas con disolvente, comunmente el 1.1.1. tricloroetano, producto peligroso, cuya comercializaci¨®n se prohibi¨® a partir de la Convenci¨®n de Montreal, en 1995.
Manipulaci¨®n peligrosa
La sentencia, tras resaltar los nulos conocimientos qu¨ªmicos para manipular esos productos de los empleados, due?os y encargados de las industrias, asegura que las condiciones laborales -falta de higiene y medidas de preventivas de seguridad generales y particulares- y el uso continuado de las mezclas produc¨ªan reacciones qu¨ªmicas que liberaban al ambiente tricloroetano, decano, xileno y fosgeno, "y alg¨²n compuesto qu¨ªmico que no ha podido llegar a ser conocido", precisa el texto. "Todo ello afectaba seriamente a los pulmones y en grado sumo el fosgeno". "Toda esa acci¨®n continuada por v¨ªa respiratoria afectaba a los que all¨ª trabajaban, en mayor en mayor o menor grado, y causaba en progresi¨®n molestias en la v¨ªa respiratoria, hiperreactividad bronquial, bronquitis obliterante con neumon¨ªa organizada y fribrosis pulmonar, causando en varios casos la muerte", explica la sentencia.
En el apartado de fundamentos de derecho, la sala considera que la neumopat¨ªa conocida como s¨ªndrome Ardystil, sufrida por los trabajadores de las aerograf¨ªas textiles de Alcoi entre los a?os 1989 y 1993 "ha quedado acreditada por las numerosas pruebas periciales". Para reforzar su tesis, el tribunal trae a colaci¨®n el informe del perito Rafael Cabrera, t¨¦cnico del Instituto Nacional de Toxicolog¨ªa. El experto mantuvo que todos los trabajadores afectados presentaron un cuadro cl¨ªnico similar: "Expistaxis, adelgazamiento, opresi¨®n tor¨¢cica, tos no productiva y disnea, encontr¨¢ndose con un patr¨®n bi¨®psico pulmonar generalmente definido como fibrosis intersicial y/o intraalveolar o bien bronquitis obliterante". El Hospital General de Alicante confirm¨® 72 pacientes con este cuadro.
Lo sala tambi¨¦n esgrime el informe del experto Rafael Cabrera para afirmar que el origen de la enfermedad radica en la exposici¨®n de quienes la padecieron a productos t¨®xicos en un ambiente laboral determinado. El doctor Cabrera concluye que no puede atribuirse la causa de la enfermedad a uno solo de los productos utilizados para el pintado de las piezas, "sino a la acci¨®n conjunta de los t¨®xicos presentes en las f¨®rmulas o a la posible aparici¨®n de compuestos qu¨ªmicos diferentes a los b¨¢sicos a partir de su mezcla". El experto es tajante al afirmar que "si las condiciones de seguridad hubieran sido otras muy distintas, nada de esto [el s¨ªndrome] hubiera ocurrido".
"Grosero incumplimiento"
El tribunal basa, precisamente, la condena de seis a?os impuesta a due?a de Ardystil, Juana Ll¨¢cer, en su desinter¨¦s por dotar la industria de las necesarias medidas preventivas de seguridad. "La imputada incumpli¨® groseramente dicho deber de cuidado y no adopt¨® ninguna cautela", dice la sentencia. La sala considera que, de acuerdo a la Ordenanza de Seguridad e Higiene, es obligaci¨®n del empresario adoptar las medidas de precauci¨®n necesarias. El tribunal destaca otras de las irregularidades cometidas por la empresaria condenada, como comenzar la actividad de la industria sin los preceptivos permisos y no dar de alta a los trabajadores empleados, algunos menores de edad.
En cuanto al inspector de Trabajo, Alfredo Ortol¨¢, condenado a seis meses por un delito de imprudencia, el tribunal considera que el funcionario se inhibi¨® de su competencias en materia de seguridad e higiene con motivo de una visita a la f¨¢brica en septiembre de 1990, dos a?os antes de declararse el s¨ªndrome.
La sala rechaza el argumento del inspector de que la industria estaba inactiva cuando curs¨® la inspecci¨®n y asegura que su inhibici¨®n "posibilit¨® que perdurase una situaci¨®n de grave riesgo para la salud de los trabajadores, que cristaliz¨® finalmente en una grave enfermedad causante de varias muertes".
El tribunal condena a diez d¨ªas de arresto menor y multa a los otros seis empresarios por un delito de seguridad contra los trabajadores por no adoptar medidas de higiene y seguridad en los centros de trabajo. La sala rechaza declarar responsables civiles a las tres qu¨ªmicas que sumistraban los productos, y absuelve a tres procesados, dos empresarios y el encargado de Ardystil.
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