Absuelto el alcalde de Villanueva del Pardillo, acusado de prevaricaci¨®n
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al alcalde de Villanueva del Pardillo, Juan Gonz¨¢lez Miram¨®n, del PP, de los delitos de tr¨¢fico de influencias y prevaricaci¨®n que se le imputaban por haber adjudicado la contrataci¨®n de los servicios municipales de limpieza a su primo, aprovechando para ello su cargo.
As¨ª lo acuerda una sentencia de la Secci¨®n Quinta de la Audiencia, que considera que, aunque Gonz¨¢lez Miram¨®n favoreci¨® la contrataci¨®n de la empresa de su familiar, ocultando que la sociedad pertenec¨ªa a ¨¦ste, incurriendo as¨ª en una actuaci¨®n con cierto "aire fraudulento", no pretendi¨® influir en nadie y no cay¨® en un comportamiento prevaricador. El fiscal ped¨ªa nueve a?os de inhabilitaci¨®n para el regidor.
El fallo se?ala que el primer edil recibi¨® en agosto o septiembre de 1993 la comunicaci¨®n de la entidad encargada del servicio local de limpieza, Versalles Ib¨¦rica, de que no seguir¨ªa trabajando para el Consistorio al no estar conforme con la relaci¨®n entre sus competencias y el presupuesto asignado. El alcalde opt¨® por buscar un nuevo contratista. Un primo del acusado, que se dedicaba al comercio de carnes, Jos¨¦ Ra¨²l G. M., supo que no iba a renovarse el contrato a Versalles Ib¨¦rica y present¨® su propia oferta poco antes del 14 de septiembre, d¨ªa fijado para la celebraci¨®n de un pleno extraordinario.
La oferta fue presentada en nombre de la compa?¨ªa Clean Bird, SL, que no estaba constituida (lo hizo tras la adjudicaci¨®n del contrato). Adem¨¢s de esta sociedad, otras dos pujaron por la asignaci¨®n, siendo la del primo del alcalde la m¨¢s barata para el Ayuntamiento.
En el orden del d¨ªa de la citada sesi¨®n plenaria no estaba incluida la adjudicaci¨®n del contrato del servicio de limpieza. Puesto que el siguiente pleno no se celebrar¨ªa hasta octubre, se modificaron sobre la marcha los puntos a tratar y se incluy¨® de urgencia el asunto en cuesti¨®n.
El primo secretario
Se dio la circunstancia de que en esos d¨ªas el Ayuntamiento no ten¨ªa cubierto el puesto de secretaria municipal, concedi¨¦ndosele para la citada sesi¨®n el puesto de secretario accidental a un primo segundo del primer edil, Alfonso J. M., que pocas horas antes del pleno elabor¨® un informe se?alando la legalidad de la adjudicaci¨®n por contrataci¨®n directa por urgencia. En el pleno se acord¨®, por unanimidad, conceder el servicio municipal de limpieza a la oferta del pariente del alcalde, la m¨¢s barata, aunque tambi¨¦n la menos detallada.
En su sentencia, el tribunal reconoce la existencia de determinados errores en la forma en la que se produjo la adjudicaci¨®n, como el hecho de que los concejales ignoraran que la entidad Clean Bird, SL, ten¨ªa como socio a un primo hermano del alcalde y que la empresa no estaba registrada. Sin embargo, la Sala tambi¨¦n considera que en el enjuiciamiento de esos hechos "no puede pasarse de la sospecha".
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