Primera denuncia masiva en Espa?a contra las descargas de archivos en las redes P2P
Empresas espa?olas de 'software' llevan a los tribunales a 4.000 usuarios de las redes de intercambio de material
Empez¨® en Estados Unidos, y ya ha llegado a Espa?a: la denuncia contra quienes con un software legal (las redes de intercambio de archivos o peer to peer, P2P) se descargan material (m¨²sica, pel¨ªculas o programas inform¨¢ticos) salt¨¢ndose los derechos legales de reproducci¨®n. Napster fue el primer sistema que permiti¨® el intercambio de archivos entre ordenadores particulares. La primera amenaza contra la industria de contenidos, principalmente la del disco y la del cine. Las querellas contra Napster consiguieron cerrar la empresa, pero hizo brotar otras tantas iniciativas (Kazaa, eDonkey) con una arquitectura m¨¢s compleja y dif¨ªcil de perseguir. Lo ilegal no es el programa, sino descargarse archivos con copyright. Entonces la industria norteamericana del disco, la RIAA, empez¨® a identificar a las personas que se descargaban la m¨²sica. La persecuci¨®n digital lleg¨® hasta los campus universitarios, que, bajo la presi¨®n judicial, se vieron obligados a identificar a los usuarios de esos ordenadores desde donde se copiaban cientos, miles de canciones. La RIAA ya ha ganado 871 querellas contra usuarios del P2P y cada d¨ªa presenta 75 m¨¢s.
En Espa?a, la persecuci¨®n legal no viene de la m¨²sica, sino de empresas de software, que se han unido para lanzar una acometida contra las redes de intercambio de archivos. Un grupo de 38 empresas de software profesional, educativo, l¨²dico, bases de datos especializadas y varias asociaciones pusieron la semana pasada una denuncia contra 4.000 usuarios de redes P2P por compartir ilegalmente sus programas.
Se les acusa de "reproducci¨®n no autorizada" de productos de software, seg¨²n explica Javier Ribas, socio del despacho Landwell Price WaterHouse Cooper, que lleva el caso, un delito castigado en los casos m¨¢s graves con un m¨¢ximo de cuatro a?os de c¨¢rcel y 216.000 euros, seg¨²n el c¨®digo penal.
La piedra de toque de la denuncia est¨¢ en poner nombre y direcci¨®n a los presuntos infractores de los derechos de propiedad intelectual que, de momento, s¨®lo han sido identificados por el nombre de usuario que utilizan en la red de distribuci¨®n.
La denuncia se apoya en una investigaci¨®n realizada por Landwell durante los primeros seis meses de este a?o y seg¨²n la cual 95.000 internautas espa?oles utilizan estas redes en las que pueden encontrarse (entre usuarios localizados en Espa?a) 4.713 productos de software diferentes. El estudio se ha realizado sobre las redes de Gnutella (Morpheus, eDoneky, etc) y Kazaa, analizadas mediante el escaneo completo en cinco ocasiones -cada una de ellas ha llevado un mes-, lo que ha permitido determinar que durante el tiempo de investigaci¨®n se han distribuido 25 millones de copias de programas. De entre todos los usuarios, cuatro millares de ellos est¨¢n en el ojo del hurac¨¢n, aquellos identificados como los principales distribuidores y que, seg¨²n el estudio, suministran unos 500 programas de media, muchos de tipo profesional: de dise?o, de c¨¢lculo, etc¨¦tera.
B¨²squeda de la IP
La denuncia va dirigida especialmente contra los que distribuyen programas profesionales, explica Javier Ribas; "hemos comprobado c¨®mo se distribuyen ilegalmente muchos software de arquitectura o tambi¨¦n bases de datos especializadas como las jur¨ªdicas que desde luego no utilizan los usuarios dom¨¦sticos", explica el abogado.
Las redes Peer-to-Peer son una tecnolog¨ªa legal en la que millones de personas comparten cotidianamente y de forma ilegal todo tipo de contenidos digitales protegidos por derechos de autor.
La denuncia, sin embargo, debe superar el escollo de identificar con precisi¨®n a los presuntos infractores, ya que s¨®lo dispone del nombre de usuario (nick) de los principales distribuidores de las redes. Se solicita por ello, explica Ribas, autorizaci¨®n judicial para identificar la direcci¨®n de Internet (direcci¨®n IP) de los usuarios y utilizar un programa desarrollado para la investigaci¨®n que permite adem¨¢s conocer el tr¨¢fico de un usuario, el origen y destino de la obra que se distribuye, etc¨¦tera.
Una vez que se dispone de la direcci¨®n IP es posible determinar, a partir del proveedor de acceso (Telef¨®nica, Wanadoo,...), qu¨¦ n¨²mero de tel¨¦fono, y por lo tanto persona f¨ªsica, intercambia los archivos. Si un tribunal exige este tipo de informaci¨®n el proveedor de acceso a Internet est¨¢ obligado a facilitarla, seg¨²n fuentes especializadas.
La Asociaci¨®n de Internautas, en un comunicado, critic¨® la iniciativa, ofreci¨® apoyo legal a los usuarios que puedan ser denunciados y pidi¨® a los programadores que publiquen programas para combatir el espionaje privado de las comunicaciones, como PeerGuardian.
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