El Estatuto y el derecho del trabajo
Es posible que, tras las elecciones auton¨®micas de oto?o, cada fuerza pol¨ªtica catalana ponga encima del tapete su particular borrador de reforma del Estatuto de Autonom¨ªa. Si finalmente se opta por el deseable consenso, es cosa que se ir¨¢ viendo con el tiempo. Ahora bien, tan necesaria reforma arrastrar¨¢, l¨®gicamente, una situaci¨®n parecida en determinadas comunidades aut¨®nomas, que no querr¨¢n ser menos. Es decir, se puede poner en marcha una ebullici¨®n, que, si va acompa?ada de hechos participativos inteligentes, se convertir¨¢ en una situaci¨®n pol¨ªtica de gran inter¨¦s. O puede suceder tambi¨¦n que, dada la estrategia de la tensi¨®n entre el centro y las nacionalidades, que tan buenos dividendos est¨¢ dando al Partido Popular, ¨¦ste centrifugue el tema y el resultado sea confirmar por mucho tiempo lo que ahora hay, que equivaldr¨ªa a una involuci¨®n, o sea, a la ant¨ªtesis al progreso que los reformadores buscamos.
Como quiera que todav¨ªa hay tiempo hasta que llegue dicho momento, quiz¨¢s valga la pena empezar a darle vueltas a la cabeza a tan significativa cuesti¨®n, y aunque el tema que trataremos es parcial, no por ello deja de ser relevante: las cosas del Derecho laboral. M¨¢s todav¨ªa: estas notas no esconden que podr¨ªan servir de meditaci¨®n a la hora de configurar los definitivos programas electorales. Tambi¨¦n estas notas vienen a cuento porque hemos vivido personalmente la presentaci¨®n de demandas de colectivos sociales, que exig¨ªan una leyes catalanas sobre determinadas materias laborales, en ocasiones con gran fundamento y en otras con menor justificaci¨®n. ?ste es un tema al que somos sensibles, seguramente por nuestra trayectoria p¨²blica. Pero, sobre todo, porque el Derecho laboral -una gran conquista de la civilizaci¨®n- ha dado hist¨®ricamente la palabra a los trabajadores, aunque, a decir verdad, tambi¨¦n se la ha recortado.
La primera cosa que se nos ocurre es: si todos se ponen a reformar sus correspondientes estatutos -y no vemos ninguna raz¨®n para contrariarles-, ?habr¨¢ una generalizada demanda, que, en la pr¨¢ctica, implique el troceamiento del Derecho laboral? Pongamos dos casos extremos: ?se puede fragmentar la Seguridad Social y, o tambi¨¦n, lo relativo a la movilidad geogr¨¢fica? Si se nos contesta que para ello hay que cambiar la Constituci¨®n espa?ola, cosa que sabemos perfectamente, se entrar¨¢ parcialmente en el tema. Porque entonces volveremos a la carga: ?hay que cambiar la Constituci¨®n para trocear el Derecho laboral? Estamos hablando, ?quede claro!, de los aspectos legislativos qu¨ªmicamente puros, porque nada impide la transferencia de los instrumentos. Por ejemplo, somos partidarios de la unicidad de la Seguridad Social y, simult¨¢neamente, de la descentralizaci¨®n de su gesti¨®n.
La segunda cosa que pensamos es: nuestro (nuevo) Estatuto de Autonom¨ªa de Catalu?a, con su ejemplo, puede hacer avanzar en Espa?a un federalismo solidario, que, como tal, viene obligado a ser cooperante, o conducir a un conjunto de retales en orden disperso. Es decir, se puede orientar hacia un Derecho laboral con razonables diversidades o puede inducir a no s¨¦ cu¨¢ntas apariencias de tutelas, estas ¨²ltimas desagregadas las unas de las otras. Lo primero es deseable y ¨²til; lo segundo, un estropicio caballuno para la condici¨®n asalariada, los pensionistas y los que buscan empleo, sea el primero o el en¨¦simo. As¨ª pues, nos preguntamos y, en especial, interpelamos a la pol¨ªtica, al sindicalismo confederal, a los empresarios y a los profesionales del Derecho laboral: ?qu¨¦ corresponde legislar desde la centralidad de las Cortes?, ?qu¨¦ puede ser materia compartida? y, definitivamente, ?qu¨¦ legisla cada Comunidad Aut¨®noma? Quien no tenga presentes estos asuntos a la hora de redactar sus definitivas propuestas de reforma del Estatuto est¨¢ dando, a muchas sabiendas, gato por liebre. Y nosotros a?adimos -gracias a nuestro olfato felino, que nos permite intuir las paradojas- que las comunidades aut¨®nomas que sean partidarias de trocear el
Derecho social ser¨¢n las m¨¢s perjudicadas, algo que es sabido por trabajadores, empresarios y profesionales del Derecho, aunque no estamos seguros de qu¨¦ nivel de convencimiento al respecto tienen algunos sectores de la vida pol¨ªtica: desde los suficientemente informados a los generalmente indocumentados -si los hay-, pasando por los que pueda haber del quiero y no puedo. Ni que decir tiene que pedimos disculpas si alguien piensa que somos unos descarados, pero con alguna frecuencia las calendas electorales dan la impresi¨®n de un cierto desmadre en lo que se promete, a veces incluso jugando con las cosas del comer.
La verdad es que no estamos excesivamente inquietos, porque somos conocedores de una instancia catalana prestigiosa y que puede ponerse manos a la obra si es requerida para propiciar y sugerir razonadas propuestas: es el Consejo Econ¨®mico y Social, acompa?ado por buenos expertos en la materia. No decimos que sea el ¨²nico instituto propulsivo, pero ya ser¨ªa un buen arranque que entrara en harina; saberes tiene y se supone que cuenta con recursos. Lo que no agota el asunto, porque ¨¦ste es un debate y un proyecto que afecta al com¨²n de los mortales desde el cabo de Gata a Finisterre, de Roses a Ayamonte y desde los c¨¢ntabros hasta las playas tarife?as.
Nosotros lo vemos as¨ª, alertados como estamos de la sarta de disparates que se est¨¢n haciendo en Italia con la llamada devolution, que no es otra cosa que la transferencia de importantes poderes desde el centro hasta la nueva realidad de las regiones. Decimos disparates porque cabe la posibilidad en aquel pa¨ªs de que cada Regi¨®n legisle de forma diversa, y hasta contradictoria, sobre algo tan serio como el car¨¢cter del contrato de trabajo: una l¨®gica que conviene a los berluscones. De ah¨ª que exclamemos: ni eso, ni Felipe Quinto.
Jos¨¦ Luis L¨®pez Bulla es diputado por IC al Parlament de Catalunya y Carles Navales Turmos es director de La Factor¨ªa, y afiliado al PSC.
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