El tribunal de cuentas navarro ve irregularidades en los convenios de la UPNA
Los convenios suscritos entre las administraciones de la Comunidad foral y la Universidad P¨²blica de Navarra (UPNA) navegan en un mar de "confusi¨®n" en el que no existe control legal sobre aspectos b¨¢sicos como la justificaci¨®n de sus costes econ¨®micos, identificaci¨®n del profesorado responsable, regulaci¨®n de la propiedad intelectual de los trabajos, l¨ªmites retributivos y de dedicaci¨®n del personal docente o becario e incluso "la utilidad pr¨¢ctica del trabajo recibido".
Un informe de la C¨¢mara de Comptos de Navarra solicitado en abril de 2002 por el Parlamento de Navarra, a instancias de CDN, ha analizado la posible utilizaci¨®n incorrecta de la figura del convenio de colaboraci¨®n con la Universidad P¨²blica de Navarra como f¨®rmula para eludir el r¨¦gimen de contrataci¨®n administrativa p¨²blica o subvencional y, consecuentemente, los principios de concurrencia y publicidad y los procedimientos de selecci¨®n previa contemplados en la norma. El resultado ha confirmado la sospecha.El informe de la C¨¢mara de Comptos, dado a conocer ayer, indica que tan s¨®lo el 6% de los convenios de la UPNA analizados podr¨ªan calificarse como convenios en sentido estricto. El tribunal ha revisado 89 convenios suscritos en 2001 y 2002 entre diferentes administraciones p¨²blicas navarras y la universidad bajo el rectorado de Antonio P¨¦rez Prados, por un importe global de tres millones de euros. De ellos, 27 correspondieron a departamentos del propio Gobierno foral, 34 a sus organismos aut¨®nomos, 5 a empresas y fundaciones p¨²blicas, 22 al sector p¨²blico local y uno al Parlamento navarro.
El resultado es que la UPNA ha utilizado "impropiamente" la figura del convenio para regular relaciones contractuales o subvenciones que deb¨ªan haber estado sujetas a principios de publicidad, concurrencia y procedimientos selectivos transparentes y objetivos. As¨ª, tras revisar los expedientes que obran en poder de las administraciones p¨²blicas se especifica que no siempre aparece la documentaci¨®n que justifica la cuantificaci¨®n del coste, no se aplican los principios de concurrencia y publicidad, no se identifica a las personas f¨ªsicas responsables de los trabajos y a sus colaboradores, y no se documenta el ajuste de la financiaci¨®n a la liquidaci¨®n final de gastos e ingresos efectivos.
El varapalo del ¨®rgano fiscalizador hacia la pol¨ªtica de convenios critica tambi¨¦n la indefinici¨®n sobre la propiedad intelectual de los trabajos realizados y de los posibles rendimientos derivados de su explotaci¨®n e incluso "la utilidad pr¨¢ctica del trabajo recibido" o la falta de control sobre la duraci¨®n y dedicaci¨®n pr¨¢ctica de los becarios y estudiantes en pr¨¢cticas "establecidos por la normativa reguladora de la cooperaci¨®n educativa y, en su caso, que no se vulneran los derechos b¨¢sicos laborales".
Inexistencia de reglamento
El an¨¢lisis de los expedientes en la propia UPNA no hall¨® m¨¢s precisi¨®n. La inexistencia de un reglamento que regule los contratos de investigaci¨®n "dificulta el seguimiento adecuado", dice Comptos, antes de criticar "la indefinici¨®n sobre la naturaleza e importe de los gastos susceptibles de ser financiados" y destacar la falta de documentaci¨®n que justifique "c¨®mo se determina el importe de los honorarios previstos del personal docente-investigador de la universidad que participa en los proyectos" al no haber menci¨®n al n¨²mero de horas de dedicaci¨®n y su coste unitario. Comptos se?ala que no existe control sobre los l¨ªmites retributivos y de dedicaci¨®n del personal docente y de los becarios y estudiantes en pr¨¢cticas.
Como conclusi¨®n final, el ¨®rgano fiscalizador propone superar la confusi¨®n "analizando la naturaleza o contenido del negocio en cuesti¨®n para determinar la calificaci¨®n del mismo como convenio, contrato o subvenci¨®n", aplicando en cada caso la legislaci¨®n correcta con sus correspondientes requisitos legales.
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