El fiscal del 'caso Funeraria' reclama que este asunto pase a ser enjuiciado por la Audiencia Provincial
El fiscal del caso Funeraria ha elevado un informe al Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que se muestra favorable a que sea la Audiencia de Madrid la que enjuicie a los imputados: los ex ediles Antonio Moreno y Sim¨®n Vi?als; el ex diputado regional Luis Mar¨ªa Huete, y tres empresarios de Funespa?a.
En julio, el Tribunal Superior dict¨® una providencia solicitando al ministerio p¨²blico que se pronunciara sobre si Huete deber¨ªa ser enjuiciado en el Tribunal Superior, dado que cuando sucedieron los hechos objeto de juicio todav¨ªa era diputado auton¨®mico, o si, por el contrario, todo el expediente deber¨ªa ser remitido a la Audiencia Provincial al haber perdido su condici¨®n de aforado en el momento de ser procesado.
Ahora, el fiscal ha elaborado un escrito en el que, tras citar jurisprudencia del Tribunal Supremo a favor de ambos supuestos, finalmente se decanta por que el Tribunal Superior se inhiba a favor de la Audiencia madrile?a y se juzgue a Huete teniendo en cuenta su situaci¨®n actual (la de no aforado). As¨ª, argumenta que el Supremo asegura en diferentes sentencias que el tribunal competente para enjuiciar los hechos ser¨ªa el Tribunal Superior, puesto que, cuando ocurrieron, Huete todav¨ªa era parlamentario. Igualmente, el fiscal alega que existen resoluciones que se decantan por que el imputado deba ser enjuiciado por el tribunal que le corresponda a la situaci¨®n en la que se encuentre en el momento de iniciarse el juicio oral.
Por ¨²ltimo, concluye que, conforme a la literalidad de la ley, debe ser la Audiencia de Madrid quien se haga cargo del proceso.
Los abogados defensores y de la acusaci¨®n tienen un plazo de diez d¨ªas para realizar las alegaciones que estimen oportunas. Algunas de las partes han anunciado que solicitar¨¢n que la causa se quede en el Tribunal Superior, ya que el traslado del expediente a la Audiencia causar¨ªa una importante "dilaci¨®n" del procedimiento.
El Tribunal Superior tiene facultad para enjuiciar a diputados auton¨®micos, pero no a concejales, que deben ser procesados en la Audiencia.
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