Escuchas m¨¢s estrictas
El Tribunal Constitucional ha planteado la necesidad de establecer criterios m¨¢s estrictos que los actuales a las escuchas telef¨®nicas ordenadas por los jueces en la investigaci¨®n del delito. En momentos en que los mensajes e iniciativas legislativas del Gobierno dan a entender que la restricci¨®n de derechos y garant¨ªas es el peaje a pagar a cambio de mayor seguridad, este pronunciamiento tiene un gran valor pol¨ªtico, adem¨¢s de jur¨ªdico. El Constitucional no pod¨ªa celebrar de mejor manera el 25? aniversario de la Constituci¨®n: advirtiendo de que los derechos y garant¨ªas constitucionales s¨®lo pueden ser recortados en supuestos muy estrictos, expl¨ªcitamente preestablecidos en las leyes, de modo que no se deje resquicio alguno a la arbitrariedad de los poderes p¨²blicos, incluido el judicial.
El efecto m¨¢s inmediato de la sentencia es la repetici¨®n -sin tener en cuenta las escuchas telef¨®nicas autorizadas por el juez- del proceso seguido en el llamado caso Ollero, un asunto de corrupci¨®n con implicaci¨®n de cargos de la Junta de Andaluc¨ªa y directivos de la constructora Ocisa. Pero el Gobierno queda emplazado a poner remedio legislativo lo m¨¢s pronto posible a los vac¨ªos detectados por el Constitucional en la normativa sobre escuchas telef¨®nicas, que se retrotrae a 1988. Se trata de corregir su vaguedad en cuanto a la duraci¨®n, y las sucesivas pr¨®rrogas de la intervenci¨®n, y a las condiciones de grabaci¨®n y custodia del material intervenido y su incorporaci¨®n al atestado policial.
El secreto de las comunicaciones es un derecho fundamental especialmente protegido por la Constituci¨®n, lo que no ha impedido que sea uno de los m¨¢s vulnerables a partir sobre todo de los avances tecnol¨®gicos asociados a la telefon¨ªa m¨®vil o inal¨¢mbrica. Y, aunque tempranamente -1984- el C¨®digo Penal introdujo el delito espec¨ªfico de escuchas telef¨®nicas ilegales y la Ley de Enjuiciamiento Criminal -1988- clarific¨® el marco legal en que era posible, con autorizaci¨®n judicial, llevar a cabo esas escuchas en averiguaci¨®n del delito, ello no bast¨® para impedir los abusos como puso de manifiesto el esc¨¢ndalo de las escuchas del Cesid en 1995. La anulaci¨®n por el Supremo en 1992 del caso Naseiro -un proceso por supuesta financiaci¨®n irregular del PP basado exclusivamente en conversaciones tel¨¦fonicas- supuso un paso importante en el rigor exigible a los jueces al autorizar escuchas telef¨®nicas. El PP, beneficiario de aquella decisi¨®n judicial garantista, tiene la ocasi¨®n, desde el Gobierno, de elevar a rango de ley ese rigor como le exige el Tribunal Constitucional.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.