Maragall no es Ibarretxe
Una atenta lectura del "Acuerdo para un Gobierno catalanista y de izquierdas en la Generalitat de Catalu?a" (documento 1), o programa para el inminente Gobierno encabezado por el socialista Pasqual Maragall, no parece corresponderse con la de quienes lo han descalificado con premura.
- 1. Maragall no es Ibarretxe. El programa catal¨¢n para nada repica las seis rupturas b¨¢sicas de la constitucionalidad contenidas en el "Estatuto Pol¨ªtico de la Comunidad de Euskadi" (documento 2), que por otra parte es una propuesta articulada y no unas bases a desarrollar, como el texto catal¨¢n, y que supone un lo toma o lo deja y no incluye un compromiso de di¨¢logo con toda Espa?a, como el catal¨¢n. ?ste no propugna el derecho de autodeterminaci¨®n, estableciendo un derecho de secesi¨®n. No postula una comunidad "libremente asociada al Estado espa?ol". No establece una soberan¨ªa propia, tomando la parte (Euskadi) por el todo (incluyendo Navarra e Iparralde). No distingue peligrosamente entre ciudadan¨ªa y nacionalidad. No deroga en su territorio la Constituci¨®n al suprimir unilateralmente sus art¨ªculos 145 (cooperaci¨®n entre comunidades aut¨®nomas) y 155 (suspensi¨®n de la autonom¨ªa). Y no se compromete a un refer¨¦ndum ilegal (el del texto vasco), es decir, que no sea propuesto por el Gobierno espa?ol, contra lo que prescribe el art¨ªculo 92.2 de la Carta Magna, sino por el Ejecutivo auton¨®mico, aunque en este asunto el programa catal¨¢n incluya una ambig¨¹edad de efectos nocivos.
- 2. El acuerdo Maragall-Carod-Saura es cuatro cosas al tiempo: un denso programa de medidas de pol¨ªticas sectoriales internas a tomar por su Gobierno; un c¨®digo de compromisos (lealtad mutua de los firmantes para defender las decisiones comunes, exclusi¨®n de pactos estables con el PP, quien mejor ha provocado la fragua de este pacto); un programa de reformas legislativas auton¨®micas y estatales -pespunteando incluso propuestas, por v¨ªas constitucionales, de modificar la Constituci¨®n-, y un cat¨¢logo de medidas reformistas concretas a negociar con el Gobierno central de turno.
- 3. Las confusiones posibles. Adem¨¢s, el programa se ordena tem¨¢ticamente y no en funci¨®n de la jerarqu¨ªa pol¨ªtico-jur¨ªdica de las medidas, lo que puede dar lugar a confusiones, desde la honestidad intelectual, entre lo que se har¨¢, lo que se negociar¨¢ y lo que se propondr¨¢. Aunque huelga comentar conclusiones torticeras como la de un diario madrile?o de capital catal¨¢n: PSOE y ERC pactan un refer¨¦ndum de autodeterminaci¨®n; v¨¦ase la inexistencia de tal cosa en los textos.
Estas confusiones son susceptibles de aumento, porque el texto plasma el paso de la enso?aci¨®n independentista de Esquerra (que en su proyecto de Estatuto se refer¨ªa al "derecho a la autodeterminaci¨®n" y a un "Estado libre asociado al Reino de Espa?a" y todav¨ªa arguye la necesidad de un refer¨¦ndum a la vasca; ver documento 3) hacia un federalismo pragm¨¢tico (el que supura todo el pacto, que tambi¨¦n pretende encarrilar a Esquerra), intentando un aterrizaje suave de su clientela. Las inconvenientes interpretaciones dobles, que sus protagonistas har¨¢n bien en aclarar, responden a ese cors¨¦ pol¨ªtico-coyuntural.
- 4. ?Cuatro medidas anticonstitucionales? Se ha imputado por el Gobierno y se ha escrito en algunos medios que cuatro de las medidas catalanas son abiertamente inconstitucionales: la ya mencionada "consulta popular", la agencia tributaria propia, la participaci¨®n de Catalu?a en la UE y el nuevo Tribunal Superior de Justicia. Analicemos cada una de ellas.
- 5. ?Consulta general o refer¨¦ndum? Para el caso de que las Cortes bloqueen el nuevo Estatuto, los firmantes convocar¨¢n a los ciudadanos catalanes "a pronunciarse, mediante el procedimiento de consulta general que se considere m¨¢s adecuado en esa circunstancia" (documento 1, punto I.1.2). Supone poner la venda antes de cualquier herida, porque una mayor¨ªa de progreso en las nuevas Cortes abonar¨ªa el nuevo Estatuto, como se comprometi¨®, con riesgo valiente (y quiz¨¢ costoso para ¨¦l), el secretario general del PSOE, Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero. Pero esa cl¨¢usula tan indefinida (y pues, interpretable; y pues, generadora de equ¨ªvocos) era el m¨ªnimo requerido por Esquerra para hacer digerir a sus bases un lento aterrizaje pragm¨¢tico en la horma federal.
As¨ª que ERC a¨²n sigue hablando de refer¨¦ndum convocado desde Catalu?a, en abierta disonancia con el art¨ªculo 92 de la Constituci¨®n y para incomodo general.
Pero el propio texto a?ade que el nuevo Gobierno defender¨¢ el nuevo Estatuto con "medidas jurisdiccionales y legislativas" (que no pueden ser sino legales). Y el primer secretario del PSC, Jos¨¦ Montilla, ha traducido esa "consulta general" a la ciudadan¨ªa como una convocatoria anticipada de elecciones. Su presidente, Pasqual Maragall, se ha comprometido expl¨ªcitamente -por si no bastara su trayectoria "espa?olista", seg¨²n denuncian desde Converg¨¨ncia i Uni¨®- a que su Gobierno defender¨¢ el Estatuto siempre con "firmeza" y "desde la legalidad". Dispondr¨¢ para ello de los mecanismos suficientes, como la mayor¨ªa gubernamental, esto es, 9 de los 17 consejeros (lo que explica el empecinamiento socialista en no ceder un tercer departamento a Iniciativa), y, sobre todo, la competencia exclusiva del presidente de la Generalitat para disolver el Parlament y convocar nuevas elecciones.
Adem¨¢s, los tres firmantes se comprometieron ya el 27 de noviembre de 2001 (documento 4) ante la parlamentaria Comisi¨®n de Estudio para la Profundizaci¨®n del Autogobierno a que este proceso de profundizaci¨®n no tendr¨ªa "m¨¢s l¨ªmites que la voluntad -expresada por las v¨ªas constitucionales y estatutarias- de la sociedad catalana". Pero, dada la turbiedad ambiental y el influjo de la crisis vasca, toda garant¨ªa ser¨¢ poca.
- 6. Agencia tributaria de Catalu?a. No se aprecia d¨®nde esta nueva agencia (documento 1; punto V. 3.), que recaudar¨ªa los impuestos propios, cedidos y compartidos, ser¨ªa inconstitucional, pues no contradice ni una coma del t¨ªtulo VII de la Constituci¨®n; s¨®lo es materia de un posible pacto entre Ejecutivos. Adem¨¢s, caben en su dise?o, muy flexible, al menos tres f¨®rmulas. De la m¨¢s centralizadora, transformar la actual Agencia Tributaria en un consorcio Estado-CC AA a nivel general, con agencias descentralizadas en cada autonom¨ªa; a la m¨¢s federal, copiada del modelo alem¨¢n, una agencia aut¨®noma que establecer¨ªa acuerdos de coordinaci¨®n; pasando por una intermedia, un consorcio s¨®lo de ¨¢mbito catal¨¢n entre Estado y Generalitat. Lo que s¨ª contradice la Constituci¨®n, al menos su esp¨ªritu, es la actual rigidez central en la recaudaci¨®n fiscal, sin participaci¨®n real ni informaci¨®n simult¨¢nea a las autonom¨ªas, incapacitadas as¨ª de ejercer su potestad normativa al carecer de datos ex ante.
- 7. Tribunal Superior. EL TSJC se convertir¨ªa (punto I,2.2) en ¨²ltima instancia jurisdiccional. Pero no por decreto unilateral, sino porque los firmantes "se proponen" actuar para obtener una reforma legal general. Pero esta cl¨¢usula queda coja y por tanto es malinterpretable: el PSC otorga al Tribunal Supremo la ¨²ltima instancia en materia de "recurso de unificaci¨®n de doctrina" (documento 5, que, de recogerse, rellenar¨ªa este vac¨ªo).
- 8. Participaci¨®n en la UE. Nada hay dudoso en el t¨ªtulo III del acuerdo tripartito, pues las medidas de refuerzo de la presencia de Catalu?a en la UE son obtenibles mediante mero pacto con el Gobierno central (y en su caso, mediante modificaci¨®n constitucional); encajan como un guante en el no atacado programa auton¨®mico del PSOE ("Una ciudadan¨ªa plena", documento 6) y se postulan tambi¨¦n "para las otras CC AA".
- 9. Otras propuestas. Con menor dureza, se han criticado otras propuestas. As¨ª, la calificaci¨®n de la Generalitat "como Estado": pues qui¨¦rase o no, es Estado, porque el Estatuto forma parte del "bloque de constitucionalidad" y porque el president es la "autoridad ordinaria del Estado" en Catalu?a: es Estado, ?pero Estado espa?ol!
As¨ª, la cooficialidad de las lenguas auton¨®micas en toda Espa?a, una bella utop¨ªa a la suiza, pero bella, que se ha atacado obviando que el tripartito se compromete in¨¦ditamente a "fomentar por parte de la Generalitat" la proyecci¨®n del castellano (documento 1, punto I,2.1).
As¨ª, la participaci¨®n de la Generalitat en la gesti¨®n de los flujos migratorios (punto I, 2.2), para lo que s¨®lo se anuncia que se solicitar¨¢ la transferencia o delegaci¨®n de competencias prevista en la Constituci¨®n (art¨ªculo 150.2) y el Estatuto (art¨ªculo 28).
Y a todo esto, s¨®lo se discute sobre una parte del programa, la "catalanista", 14 folios. El grueso, los restantes 63, "de izquierdas", parece no incitar a la pol¨¦mica.
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