Justicia territorial
El Partido Popular parece decidido a obstaculizar cualquier debate pol¨ªtico blandiendo el texto constitucional contra toda suerte de reformas, afecten ¨¦stas a la Agencia Tributaria o a la justicia. El modelo de organizaci¨®n judicial propuesto por el PSOE en su programa electoral ha excitado las acusaciones de inconstitucionalidad a las que tan adicto se muestra el Gobierno, en este caso por boca del ministro de Justicia. Los socialistas deber¨¢n explicar m¨¢s su propuesta y demostrar que refuerza las garant¨ªas de independencia del Poder Judicial y mejora el funcionamiento de la justicia. Pero dif¨ªcilmente podr¨¢ tacharse de inconstitucional un modelo que se limita a desarrollar lo previsto en el art¨ªculo 152 de la Constituci¨®n: las instancias procesales "se agotar¨¢n ante los ¨®rganos judiciales radicados en el territorio de la comunidad aut¨®noma". Es decir, ante los tribunales superiores de cada comunidad aut¨®noma, inexistentes cuando se aprob¨® la Constituci¨®n.
Es cierto que ello se plantea "sin perjuicio" de la funci¨®n del Tibunal Supremo como "¨®rgano jurisdiccional superior en todos los ¨®rdenes", pero eso es algo que no discute la propuesta socialista. A diferencia, por ejemplo, del plan Ibarretxe, la propuesta del PSOE no es nada ambigua en la expresa atribuci¨®n del recurso de casaci¨®n al Tribunal Supremo. Tampoco es cierto, como ha se?alado Michavilla, que la propuesta se salga del pacto para la reforma de la justicia, que define expresamente al Tribunal Supremo como "¨®rgano jurisdiccional superior y garante de la unidad de doctrina" y que atribuye a los tribunales superiores de justicia de las comunidades aut¨®nomas no s¨®lo el car¨¢cter de segunda instancia penal, sino "una funci¨®n casacional en todas las ramas del derecho auton¨®mico".
La organizaci¨®n de la justicia es uno de los ¨¢mbitos que han quedado m¨¢s desfasados en el desarrollo de la estructura aut¨®nomica del Estado. Prueba de ello es la reciente reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, propiciada por el Gobierno, por la que se atribuye a los tribunales superiores de justicia de las comunidades aut¨®nomas el car¨¢cter de segunda instancia penal respecto de las resoluciones dictadas en su ¨¢mbito territorial y se crea un tribunal o sala de apelaci¨®n en la Audiencia Nacional para revisar los casos propios de su jurisdicci¨®n. Esta reforma ha venido obligada por la vulneraci¨®n del principio de la doble instancia penal exigida por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos, suscrito por Espa?a. Pero uno de sus efectos ha sido potenciar unos tribunales superiores de justicia hasta ahora infravalorados e infrautilizados.
El PSOE propone ahora un desarrollo de este modelo. No un cambio de modelo, sino el desarrollo del actual. ?A qu¨¦ viene, pues, tanto esc¨¢ndalo? El PP tiene todo el derecho a defender un esquema diferente, pero no a costa de poner bajo sospecha de inconstitucionalidad cualquier propuesta de sus adversarios pol¨ªticos.
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