Una bienvenida m¨¢s c¨¢lida
El Gobierno mejora la fiscalidad para facilitar la llegada de empleados extranjeros
El Gobierno quiere facilitar el desembarco de ejecutivos extranjeros en Espa?a. Una enmienda de ¨²ltima hora a la Ley de Acompa?amiento permitir¨¢ a los llegados a partir del 1 de enero acogerse al r¨¦gimen fiscal m¨¢s favorable. Para ello tendr¨¢n que elegir entre tributar como cualquier trabajador espa?ol o acogerse al r¨¦gimen de no residentes. A falta del desarrollo de la norma, las compa?¨ªas ya han empezado a echar cuentas.
Los nuevos residentes fiscales deber¨¢n elegir entre tributar al IRPF o al impuesto de la renta de no residentes
M¨¢s de cincuenta extranjeros trabajan para Vodafone en Espa?a. La operadora de telefon¨ªa m¨®vil fomenta la movilidad internacional de sus empleados, tiene un programa de intercambio entre las filiales de distintos pa¨ªses al que se han acogido 30 personas y que ya va por la quinta edici¨®n, y publica puntualmente las vacantes que surgen en cualquier empresa del grupo. Por todo ello, Vodafone es una de las compa?¨ªas que puede beneficiarse de la ¨²ltima reforma del Gobierno, impulsada por el ministro de Hacienda, Crist¨®bal Montoro, para facilitar la llegada de profesionales extranjeros a Espa?a.
Se trata de una modificaci¨®n que permite a los empleados extranjeros tributar por el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF) o acogerse al especial de no residentes. El primero tiene un tipo m¨¢ximo del 45%, que se aplica despu¨¦s de restar las reducciones correspondientes, mientras que el segundo tributa a un tipo fijo -no depende de los ingresos- del 25% sobre la renta bruta. Hasta la entrada en vigor de esta disposici¨®n, el pasado 1 de enero, se consideraba residente fiscal, y por tanto sujeto al IRPF, a cualquier extranjero que superara los seis meses de estancia.
"El objetivo es que las empresas establecidas en Espa?a puedan contratar m¨¢s f¨¢cilmente a estos trabajadores", explica el director general de Tributos, Miguel ?ngel S¨¢nchez. Aunque en principio la medida se dirige a todos los empleados, sus principales beneficiarios ser¨¢n los directivos, pues el coste de expatriar personal a otros pa¨ªses hace que sean pocas las ocasiones en que se trasladan t¨¦cnicos u otros profesionales.
Aun as¨ª, el perfil de los impatriados, como denominan los expertos a estos profesionales, est¨¢ cambiando en los ¨²ltimos a?os y cada vez hay m¨¢s mandos medios y t¨¦cnicos que se desplazan por una temporada hasta Espa?a. Sun Microsystems, por ejemplo, cre¨® un centro en Madrid donde trabajan un centenar de ingenieros de toda Europa, y otras empresas del sector tecnol¨®gico o de atenci¨®n telef¨®nica tienen proyectos similares.
De la nueva medida se pueden beneficiar todos los profesionales extranjeros que han llegado a Espa?a desde el 1 de enero que cumplan los siguientes requisitos: no haber sido residentes fiscales en Espa?a durante los 10 a?os anteriores a su nuevo traslado, que est¨¦n sujetos a un contrato de trabajo, que ese trabajo se realice de forma efectiva en Espa?a y para una empresa que est¨¦ establecida aqu¨ª, y que los rendimientos del trabajo no est¨¦n exentos de tributaci¨®n por el r¨¦gimen de no residentes.
Sus empresas tendr¨¢n que hacer c¨¢lculos, subraya Salvador Espinosa de los Monteros, de Garrigues Abogados. De hecho, aunque en principio pueda parecer que el r¨¦gimen de no residentes es m¨¢s favorable para aquellos que cobran sueldos m¨¢s altos, no siempre tiene por qu¨¦ ser as¨ª, seg¨²n este experto en sistemas de retribuci¨®n. "Hay que tener en cuenta que si el contribuyente opta por el impuesto de la renta de no residentes, quedar¨¢ sujeto al impuesto sobre el patrimonio", precisa, por su parte, Victoria de las Heras, directora del departamento Fiscal Deloitte especializado en expatriados.
Lo normal es que las empresas tengan en cuenta el r¨¦gimen fiscal para establecer el sueldo de estos desplazados. "Habr¨¢ que hacer un estudio de cada directivo" que tendr¨¢ en cuenta no s¨®lo los rendimientos del trabajo, concluye el especialista de Garrigues.
Adem¨¢s, su decisi¨®n no tendr¨¢ vuelta atr¨¢s durante seis a?os, pues estos directivos deber¨¢n decidir a qu¨¦ r¨¦gimen se acoge el a?o en que trasladen su residencia fiscal a Espa?a y ¨¦ste se mantendr¨¢ durante los cinco ejercicios siguientes. Para Espinosa de los Monteros, este periodo "es demasiado largo" porque puede cambiar la situaci¨®n del empleado en la empresa y salir perjudicado.
"Eliminaci¨®n de obst¨¢culos"
A pesar de ello, este abogado considera la reforma "muy interesante" porque "elimina obst¨¢culos a los desplazamientos" y "sit¨²a a Espa?a entre las econom¨ªas modernas". Tambi¨¦n la valoran desde Vodafone. Pa¨ªses como el Reino Unido u Holanda tienen desde hace a?os reg¨ªmenes parecidos, subraya Espinosa de los Monteros.
Para el director general de Tributos ¨¦sta "era una reforma pendiente que se enmarca dentro de una pol¨ªtica de internacionalizaci¨®n de la empresa". Dentro de esta estrategia ya se hab¨ªa reformado el impuesto de sociedades, prosigue el responsable del Ministerio de Hacienda, se han firmado convenios para evitar la doble imposici¨®n con gobiernos de 62 pa¨ªses, y hay otra veintena en negociaci¨®n. El c¨ªrculo se cierra con otras medidas para favorecer la inversi¨®n, como los pr¨¦stamos para la internacionalizaci¨®n del Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO).
Lo que parece imposible es saber el n¨²mero de posibles beneficiarios. En primer lugar, porque a¨²n es demasiado pronto para valorar sus efectos. De una decena de grandes multinacionales consultadas, ninguna hab¨ªa tra¨ªdo en lo que va de enero a un directivo de otro pa¨ªs. Otra dificultad es la falta de datos oficiales sobre el n¨²mero de profesionales extranjeros establecidos en Espa?a en los ¨²ltimos a?os.
Cuestiones pendientes
La modificaci¨®n de la ley del IRPF para facilitar la llegada de profesionales extranjeros a Espa?a es demasiado reciente para sacar conclusiones. De hecho, todav¨ªa no est¨¢ claro el procedimiento que deben seguir sus beneficiarios para ejercitar su opci¨®n. No es ¨¦ste el ¨²nico problema.
Los expertos que asesoran a las empresas enumeran otras cuestiones que el Gobierno debe aclarar para evitar problemas. La norma no especifica, por ejemplo, si el contrato de trabajo tiene que ser con una empresa establecida en Espa?a o puede ser con la compa?¨ªa del pa¨ªs de origen. Para Salvador Espinosa de los Monteros, de Garrigues Abogados, otra complicaci¨®n est¨¢ en el hecho de que no se ha dispuesto un r¨¦gimen transitorio, por lo que quedan fuera todos los contribuyentes extranjeros que hayan adquirido su residencia fiscal en Espa?a con anterioridad al pasado 1 de enero.
Victoria de las Heras, de Deloitte & Touche, apunta otros posibles problemas: ?admitir¨¢ Hacienda que tributen en el r¨¦gimen de no residentes los que tienen esa condici¨®n en su pa¨ªs de origen? ?En los casos que se decida optar desde enero de este a?o, la entidad espa?ola aplicar¨¢ directamente el porcentaje de no retenci¨®n como no residente fiscal?
Algunas de estas dudas, como el formulario que deber¨¢n rellenar los directivos, se resolver¨¢n en el futuro reglamento.
En cualquier caso, la mayor¨ªa de los consultados consideran el nuevo r¨¦gimen m¨¢s favorable que el anterior y s¨®lo esperan que ¨¦ste empiece a rodar para sacarle el mayor partido.
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