El juez imputa a un ex director de Agricultura por beneficiar a sus hijos en el 'caso del lino'
Garz¨®n atribuye a L¨®pez de Coca tr¨¢fico de influencias y negociaciones prohibidas
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n precis¨® ayer en un auto que el ex director general del Fondo Espa?ol de Garant¨ªa Agraria (FEGA) Nicol¨¢s L¨®pez de Coca presuntamente se prevali¨® de su cargo, realiz¨® gestiones y presion¨® al consejero de Agricultura de Castilla-La Mancha "para conseguir resultados favorables a familiares pr¨®ximos, interviniendo de forma aparentemente incompatible con el cargo que ostentaba y poniendo al servicio particular de aqu¨¦llos los datos y responsabilidades que manejaba o dispon¨ªa, respectivamente".
El magistrado considera que indiciariamente L¨®pez de Coca pudo haber incurrido en un delito de tr¨¢fico de influencias y otro de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios.
En el auto dictado ayer, Garz¨®n detalla las competencias de L¨®pez de Coca como director general del FEGA entre 1997 y 1999, entre las que figuraba la coordinaci¨®n y tramitaci¨®n para la concesi¨®n de ayudas comunitarias al lino textil y al c¨¢?amo, as¨ª como el control tanto de los productores, como de los primeros transformadores, para las campa?as de 1998 y 1999.
El magistrado hace una exhaustiva relaci¨®n de documentos que demuestran esas competencias y cita las declaraciones realizadas en el juzgado por Francisco Jos¨¦ Anto?anzas de Le¨®n, amigo de L¨®pez de Coca; la de Luis Gonz¨¢lez, subdirector general de Coordinaci¨®n y Relaciones con el FEOGA (Fondo Europeo de Orientaci¨®n y Garant¨ªa Agr¨ªcola); la de Javier Gracia Mart¨ªn, director general de Producci¨®n Agraria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; la de Jos¨¦ Luis Quintana, director general de Pol¨ªtica Agraria de la Junta de Extremadura, y hasta la de Enrique L¨®pez de Coca, hijo del imputado, que explic¨® las razones de haber cultivado lino en sus tierras.
Llamadas telef¨®nicas
Seg¨²n se desprende de las declaraciones del propio L¨®pez de Coca, dos de sus hijos habr¨ªan cultivado lino en tierras arrendadas con el objeto de conseguir subvenciones en el a?o 1994 -aproximadamente 30 o 40 hect¨¢reas-, alcanzando a partir de 1996 del orden de 200 hect¨¢reas y obteniendo por ello las correspondientes subvenciones comunitarias. Seg¨²n la resoluci¨®n del magistrado, los hijos de L¨®pez de Coca "habr¨ªan constituido dos sociedades -Valzorzales y Campillos de la Torre- que participaron en la constituci¨®n de Colisur 2000, S.L., empresa transformadora de lino cuyos administradores se hallan inculpados en las presentes y que ha representado un papel fundamental en la trama".
El auto de Garz¨®n precisa asimismo: "Nicol¨¢s L¨®pez de Coca se dirigi¨® personalmente al Consejero de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en enero de 1999, realiz¨¢ndole hasta tres llamadas telef¨®nicas con la sola finalidad de convencerle de la inconveniencia de que se aprobara y publicara por dicho departamento una orden que impedir¨ªa el cobro de las ayudas al lino a aquellas parcelas que hubieran estado sembradas de lino o de c¨¢?amo en la campa?a anterior, situaci¨®n en la que se encontraban los hijos del imputado Sr. L¨®pez de Coca, logrando que finalmente dicha orden no llegara a promulgarse, con lo cual directa o indirectamente consigui¨® -prevali¨¦ndose de su cargo- beneficiar a dichos familiares y a sus explotaciones agr¨ªcolas en un ¨¢rea que entraba dentro de las competencias gen¨¦ricas del Sr. L¨®pez de Coca y por tanto incompatibles con todo tipo de asesoramiento, consejo, impulso o beneficio por parte de un funcionario p¨²blico".
Garz¨®n dict¨® la resoluci¨®n despu¨¦s de que la Secci¨®n Primera de la Audiencia Nacional le instara a que puntualizase cu¨¢les eran las "determinadas acciones" realizadas por L¨®pez de Coca para beneficiar a sus familiares y entorpecer los controles de la comunidad aut¨®noma de Castilla-La Mancha. El tribunal consideraba que en el anterior auto de imputaci¨®n de Garz¨®n no aparec¨ªan "suficientemente determinados los hechos punibles".
Ahora el magistrado dedica cuatro folios a aclarar los hechos delictivos de los que L¨®pez de Coca es responsable, si bien, tras razonar las imputaciones delictivas para el ex alto cargo, se?ala: "Lo anterior se afirma de forma provisional y a los solos efectos de motivar este auto, tal y como ha exigido la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y para que est¨¦ cubierto el requisito de una defensa adecuada y proporcionada con los elementos de imputaci¨®n existentes en su contra".
Es decir, los hechos y su correspondiente calificaci¨®n jur¨ªdica por el momento son s¨®lo indicios racionales de criminalidad y, por tanto, todav¨ªa deben ser probados en un juicio y recogidos en la correspondiente sentencia.
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