Madrid abre la lista para adoptar ni?os espa?oles, cerrada desde 1999
La Comunidad necesita unas 50 parejas al a?o para prohijar a ni?os abandonados
Las parejas madrile?as que quieren adoptar un beb¨¦ tienen ahora una oportunidad sin verse obligadas a viajar a los orfanatos de otros pa¨ªses. El Instituto Madrile?o del Menor y la Familia (IMMF) ha abierto la lista de espera para adopciones nacionales, que llevaba cerrada desde 1999 porque hab¨ªa muchos m¨¢s candidatos a padres que ni?os susceptibles de ser prohijados (unos cincuenta al a?o). Los interesados tienen cuatro meses, a partir del pasado 6 de febrero, para presentar su solicitud.
El coordinador del ¨¢rea de protecci¨®n del menor del IMMF, Mart¨ªn Marr¨®n, explica que han decidido aceptar nuevos candidatos a la adopci¨®n de beb¨¦s "porque la mayor¨ªa de los que se apuntaron en 1999 tienen ya a los ni?os y necesitamos otros nuevos para recurrir a ellos cuando sea necesario". El instituto estima que cada a?o precisa unas cincuenta parejas para prohijar a beb¨¦s abandonados o cuyas madres han renunciado expl¨ªcitamente a ellos.
En los centros de acogida hay m¨¢s ni?os que necesitan de padres adoptivos, pero a veces se trata de chavales mayores o con problemas f¨ªsicos y ps¨ªquicos y la mayor¨ªa de las parejas no se sienten capaces de criarlos. La mayor¨ªa de los padres adoptivos quieren ni?os de corta edad, pero en Madrid, como en otras sociedades desarrolladas, cada vez hay menos beb¨¦s abandonados.
Sin embargo, Marr¨®n explica que se ha producido un "liger¨ªsimo repunte" del n¨²mero de beb¨¦s susceptibles de ser adoptados que ¨¦l atribuye a la mayor presencia de inmigrantes. Normalmente son las mujeres de estratos sociales m¨¢s humildes las que se ven abocadas a dejar a sus hijos en adopci¨®n y no son pocas las trabajadoras extranjeras que atraviesan situaciones de penuria y desarraigo. "El a?o pasado se prohijaron en Madrid 55 beb¨¦s, frente a los 40 o 45 de hace cinco a?os; es un peque?o incremento pero se est¨¢ dando", a?ade.
El coordinador del ¨¢rea de protecci¨®n del IMMF recuerda que la legislaci¨®n obliga, desde 1999, a registrar los datos de la madre que deja a su hijo en adopci¨®n "para garantizar el derecho de los ni?os a conocer su identidad biol¨®gica". Pero cree que esto no tiene por qu¨¦ asustar a las embarazadas que no puedan hacerse cargo de sus hijos. "Deben saber que dar sus datos no les va a acarrear ninguna consecuencia penal", a?ade.
En 1995, el instituto tom¨® por primera vez la decisi¨®n de dejar de aceptar solicitudes para la adopci¨®n nacional. Hab¨ªa demasiadas peticiones (2.448 de 1990 a 1995) y cada vez menos beb¨¦s abandonados (121 en 1990 y s¨®lo 49 en 1995). Eso supon¨ªa que numerosas parejas esperaban en vano o ten¨ªan que aguardar hasta siete a?os para abrazar a su hijo.
En 1999 la lista volvi¨® a abrirse durante tres meses y cada vez que hac¨ªa falta padres adoptivos para un peque?o se recurr¨ªa a los candidatos que se postularon. Se presentaron 690 solicitudes y finalmente han sido unos 200 los peticionarios que han llegado a compartir su hogar con un ni?o. "Suele haber numerosas bajas porque hay candidatos que no cumplen los requisitos exigidos y otros que desisten a lo largo del proceso", concluye Marr¨®n.
En teor¨ªa pueden adoptar beb¨¦s tanto las parejas (casadas o de hecho, pero no homosexuales si declaran serlo) como las personas solas. Pero en realidad, en el caso de los menores de tres a?os tienen prioridad las parejas, y en especial aquellas en las que la diferencia de edad entre adoptantes y adoptados es de menos de 40 a?os. Tambi¨¦n tienen preferencia los solicitantes que residen en Madrid, aunque pueden presentarse de otras comunidades.
Certificado de idoneidad
Los candidatos tienen que pasar un periodo formativo y tambi¨¦n una serie de entrevistas y de visitas de los trabajadores sociales, tras las cuales se decide si son aptos para adoptar y, en su caso, se les concede el certificado de idoneidad.
Las solicitudes se pueden presentar en el registro del IMMF (Gran V¨ªa, 14) o en cualquier otro registro de la Comunidad, la Administraci¨®n General del Estado y de los ayuntamientos que hayan firmado el convenio de ventanilla ¨²nica.
Los candidatos a la adopci¨®n tienen que presentar un certificado literal de su inscripci¨®n de nacimiento; el certificado de matrimonio o convivencia; el de empadronamiento; una fotocopia de la declaraci¨®n de la renta de los tres ¨²ltimos ejercicios econ¨®micos; una declaraci¨®n jurada de la existencia o no de otros hijos; un certificado m¨¦dico demostrando que no padece enfermedades f¨ªsicas o ps¨ªquicas que le impidan atender al menor; una fotocopia que acredite la cobertura sanitaria de la familia; un certificado de antecedentes penales; fotocopias del carn¨¦ de identidad y fotograf¨ªas. Tambi¨¦n deben rellenar una instancia y un cuestionario individual para el inicio del estudio sociofamiliar que les har¨¢n despu¨¦s.
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