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Parece evidente que las manifestaciones espont¨¢neas que tuvieron lugar ante algunas sedes del Partido Popular, especialmente la de Madrid, el d¨ªa previo a las elecciones, se compadecen mal con el esp¨ªritu de la jornada de reflexi¨®n electoral y que no ser¨ªa bueno que esa manera de actuar se convirtiera en una costumbre en el futuro. Tambi¨¦n es de esperar que no se den nunca m¨¢s las circunstancias que acompa?aron a aquellas jornadas: un Gobierno sospechoso de hurtar informaci¨®n, en las horas previas a la votaci¨®n, sobre el atentado terrorista m¨¢s terrible jam¨¢s habido en Espa?a, y una masa de ciudadanos que consideraron un deber c¨ªvico, en correspondencia con su derecho constitucional a manifestarse, salir a la calle a expresar pac¨ªficamente su protesta e indignaci¨®n.
Ni siquiera como hip¨®tesis puede plantearse que esas decenas de miles de ciudadanos que se concentraron espont¨¢nea y pac¨ªficamente ante algunas sedes del PP en la jornada de reflexi¨®n hayan podido cometer alg¨²n tipo de delito y que su conducta caiga bajo el C¨®digo Penal. Como no se plantea tampoco en el caso de los militantes del PP que se concentraron pac¨ªficamente el martes siguiente, sin comunic¨¢rselo previamente a la autoridad gubernativa, ante la sede central de su partido en Madrid. Por eso es un disparate jur¨ªdico, adem¨¢s de una muestra m¨¢s de su acreditada actitud servil y obsequiosa con el Gobierno, la orden dada a sus subordinados por el todav¨ªa fiscal general del Estado, Jes¨²s Cardenal, para que pongan directamente en manos de la justicia penal la investigaci¨®n de estos hechos.
La Junta Electoral Central consider¨® esas concentraciones ciudadanas "contrarias a la regulaci¨®n de la campa?a electoral" y remiti¨® la denuncia formulada por el PP a la Fiscal¨ªa del Estado, "por si entiende que pudieran resultar hechos constitutivos de delito". Aparte de lo discutible que resulta la remisi¨®n a la Fiscal¨ªa de unos hechos que, en todo caso, pueden constituir una infracci¨®n administrativa, llama la atenci¨®n la prisa que se ha dado Cardenal en calificarlos como presuntamente delictivos y de encomendar directamente su investigaci¨®n a la justicia penal. Lo procesalmente correcto habr¨ªa sido, si acaso, que la Fiscal¨ªa del Estado hubiera abierto diligencias informativas previas para comprobar los hechos y la autor¨ªa de los mismos y no proceder a judicializarlos de inmediato.
Es natural que algunos fiscales hayan anunciado sus reservas, e incluso su rechazo, a una orden jur¨ªdicamente descabellada y que pretende, adem¨¢s, "criminalizar" a miles de ciudadanos que ejercieron pac¨ªficamente y sin violencia su derecho a manifestarse y a protestar contra el Gobierno por su opacidad informativa sobre el atentado. Es posible que esa actuaci¨®n ciudadana, adem¨¢s de contradecir el esp¨ªritu de la jornada de reflexi¨®n, vulnerase en alg¨²n punto la letra de la ley electoral. Pero constituye una aberraci¨®n considerar que cometieron un delito electoral o que incurrieron en alguna de las formas de manifestaci¨®n il¨ªcita contempladas en el C¨®digo Penal.
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