Una sentencia obliga a Cajasur a pagar tasas por los cajeros autom¨¢ticos
Los tribunales contin¨²an dando la raz¨®n al Ayuntamiento de C¨®rdoba sobre la tasa fiscal que cobra a las entidades financieras con cajeros autom¨¢ticos en la v¨ªa p¨²blica. La ¨²ltima sentencia de lo Contencioso-Administrativo se ha producido contra Cajasur, que copa dos terceras partes de negocio de la capital y que es la que m¨¢s cajeros tiene en C¨®rdoba. Seg¨²n fuentes municipales, El Monte, Banco Pastor y Caja Rural ya recibieron sendas sentencias en contra.
El conflicto se produjo a ra¨ªz de unas ordenanzas fiscales dictadas por el Ayuntamiento en 2003. Estas imponen a las entidades financieras una tasa que para 2004 es de entre 128,12 y 435,62 euros por cada cajero, seg¨²n la zona en la que est¨¦n ubicados. El tributo se refiere a las expendedoras que ocupan la v¨ªa p¨²blica y que obligan a los clientes a realizar las operaciones en la calle.
En esta circunstancia hay 130 cajeros en C¨®rdoba. La mayor¨ªa de entidades financieras radicadas en C¨®rdoba recurrieron al tribunal de lo Contencioso-Administrativo, que ya ha dado la raz¨®n al Gobierno municipal en cuatro casos, el ¨²ltimo sobre Cajasur, que tendr¨¢ que soportar la mayor parte de esa tasa municipal al ser la entidad financiera con mayor implantaci¨®n en la capital.
Cajasur aleg¨® en su d¨ªa la "inexistencia de utilizaci¨®n privativa o especial del dominio p¨²blico" en las transacciones de estos cajeros. La sentencia de disiente y refleja que la ocupaci¨®n de la calle es "notoria". Agrega que la propia entidad reconoci¨® dicha ocupaci¨®n cuando remiti¨® una relaci¨®n de cajeros abiertos al Ayuntamiento. El Consistorio hab¨ªa solicitado la lista para realizar la liquidaci¨®n de la tasa que se constituy¨® en 2003.
La sentencia alude a sentencias de otras entidades financieras en C¨®rdoba y a fallos del Tribunal Superior de Justicia catal¨¢n en casos id¨¦nticos. Tampoco considera el juez que la tasa sea desproporcionada, como sosten¨ªa Cajasur, que en su recurso afirmaba que un cliente no ocupa los cuatro metros cuadrados- que el Ayuntamiento ha establecido para cobrar el tributo.
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