El TSJA anula una sentencia que conden¨® a dos funcionarios
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha anulado una sentencia que condenaba a dos funcionarios del Ayuntamiento de M¨¢laga a un a?o de prisi¨®n, tres de inhabilitaci¨®n y multa de 2.160 euros por un delito de infidelidad en la custodia de documentos. El TSJA entiende que el magistrado de la Audiencia que dict¨® la sentencia no motiv¨® de forma debida el fallo y se limit¨® a repetir los argumentos del jurado popular que enjuici¨® el caso.
La sentencia del TSJA acepta el recurso de apelaci¨®n interpuesto por los acusados y anula la sentencia ya que el magistrado, "a sabiendas de que la motivaci¨®n del jurado era tan escueta y parca que precisaba necesariamente de su complementaci¨®n, no complet¨® las lagunas existentes en el veredicto".
El fallo del alto tribunal andaluz no considera, sin embargo, que el juicio deba repetirse ¨ªntegramente "ya que se vulnerar¨ªan los principios de seguridad jur¨ªdica adem¨¢s de provocar dilaciones indebidas", por lo que ordena al juez que justifique y motive correctamente la sentencia.
El TSJA recuerda al magistrado que mientras la motivaci¨®n del jurado debe expresar el porqu¨¦ de su veredicto, su funci¨®n como juez debe ser relacionar los elementos determinantes de la condena, es decir, concretar la prueba de cargo determinante para la culpabilidad "con el fin de que el condenado sepa cu¨¢les son las bases que fundamentan la sentencia y pueda recurrirla con conocimiento".
La sentencia del magistrado condenaba al director del ?rea de Bienestar Social del Ayuntamiento malague?o, Manuel R.G., y al que era jefe del servicio en febrero de 1999, Jos¨¦ Enrique V.P., por un delito de infidelidad en la custodia de documentos. El juez les absolvi¨® del delito de tr¨¢fico de influencias que les imputaba la acusaci¨®n particular. Seg¨²n este magistrado, los funcionarios decidieron no cursar un oficio del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 14 por el que obligaba al Ayuntamiento a embargar de forma preventiva el sueldo del primero de ellos, despu¨¦s de que se demostrara que "estaf¨®" a dos cajas de ahorros.
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