Justicia rectifica y acepta la uni¨®n de hecho de un gay 'sin papeles'
La consejer¨ªa da marcha atr¨¢s al aceptar el recurso de alzada
J. M., de 35 a?os, y S. J., brasile?o de 31, podr¨¢n finalmente inscribirse en el registro de parejas de hecho. La Consejer¨ªa de Just¨ªcia ha dado marcha atr¨¢s a su postura inicial y ha permitido la inscripci¨®n de esta pareja homosexual tras haber negado este derecho en una resoluci¨®n anterior basada en que S. J. se encontraba en Espa?a en una situaci¨®n irregular al carecer de permiso de residencia.
El escrito que da la vuelta a la situaci¨®n anterior, firmado por el secretario auton¨®mico de Justicia e Interior, Fernando de Rosa, se limita a se?alar que se estima el recurso de alzada presentado por el abogado Javier Botey en nombre de los dos afectados. En la alegaci¨®n, el letrado se?al¨® que la inscripci¨®n en el registro como pareja de hecho es la ¨²nica f¨®rmula que tienen a mano las personas del mismo sexo que desean convivir y formalizar un proyecto de vida en com¨²n, por lo que impedir ejercer esta opci¨®n representar¨ªa la negaci¨®n de un derecho fundamental de la persona, como es el de la intimidad familiar que recoge el art¨ªculo 18 de la Constituci¨®n.
La Generalitat rechaz¨® a finales de febrero la solicitud presenada por la pareja de homosexuales porque se encontraba S. J. en situaci¨®n irregular. "Es la primera vez que se apela a esta circunstancia para negar este derecho", coment¨® entonces Javier Botey, que hab¨ªa presentado una docena de solicitudes en similares circunstancias sin que hubiera habido ning¨²n problema. El reglamento de la ley requiere para la inscripci¨®n una convivencia en pareja "vinculados por una relaci¨®n de afectividad" de 12 meses -que deben corroborar dos testigos- y que, al menos, uno de los dos est¨¦ empadronado en la Comunidad Valenciana. Sin embargo, en la negativa inicial de la Consejer¨ªa de Justicia se alud¨ªa a la necesidad de probar "un periodo de 12 meses en Espa?a", para lo cual remit¨ªa a la necesidad de contar con la tarjeta de identidad de extranjero -a la que se accede con permiso de trabajo y residencia- que "acredita la permanencia legal de los extranjeros en Espa?a". Esta exigencia supon¨ªa una "novedad absoluta", como se?al¨® entonces Botey.
Existe un precedente similar a este caso que tambi¨¦n fue tramitado por el despacho de Javier Botey En este caso hubo dos diferencias. En primer lugar no fue la Administraci¨®n valenciana, sino la estatal la que se neg¨® a dar cobertura sanitaria -en lugar de la inscripci¨®n en el registro de parejas de hecho- a la pareja homosexual de un funcionario. Tras una negativa inicial, el Ministerio de Administraciones P¨²blicas rectific¨® y accedi¨® a extender la protecci¨®n sanitaria al compa?ero sentimental de un funcionario de Correos de Alicante. En contra de la primera reacci¨®n de la Administraci¨®n, el Gobierno extendi¨® un derecho, que en principio, reservaba a matrimonios y parejas de hecho heterosexuales, a la convivencia homosexual.
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