Convenios sin vida familiar
El 'Informe Randstad' aconseja adaptar la ley a los nuevos modelos familiares
Del an¨¢lisis de 87 convenios colectivos publicados en el BOE entre septiembre de 2003 y febrero de 2004, el tercer Informe Randstad, elaborado por el Instituto de Estudios Laborales de Esade, extrae la conclusi¨®n de que la voluntad de conciliar la vida laboral y familiar pr¨¢cticamente ni existe. El estudio demanda a legisladores y agentes sociales que tengan en cuenta los nuevos modelos de familia a la hora de organizar el trabajo.
"Hace falta un sistema de permisos parentales remunerados en el r¨¦gimen de la Seguridad Social", aseguran los autores del estudio
Ninguno de los 87 convenios colectivos analizados recomienda como criterio la conciliaci¨®n de la vida laboral y familiar
La organizaci¨®n del trabajo en Espa?a no tiene en cuenta la conciliaci¨®n de vida laboral y personal. Las jornadas no se regulan atendiendo a las necesidades de los trabajadores con responsabilidades familiares. Los convenios penalizan salarialmente la mayor dedicaci¨®n a la familia. Apenas recogen permisos no previstos en la ley, pero importantes para la conciliaci¨®n. Las preferencias en la asignaci¨®n de vacaciones no se basan en criterios de apoyo a los n¨²cleos familiares con hijos en edad escolar... Suma y sigue.
Son algunas de las categ¨®ricas conclusiones del tercer Informe Randstad, cuyos autores recomiendan que una futura ley abandere el respeto por las nuevas formas familiares diferentes al matrimonio tradicional, proteja m¨¢s a los hijos de parejas trabajadoras, equipare a ambos sexos en las tareas de cuidado a los ni?os y traslade a la Seguridad Social la carga financiera del nuevo modelo de permisos remunerados para padres y madres trabajadoras.
El estudio se basa en el an¨¢lisis de los 87 convenios colectivos publicados por el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) entre septiembre del pasado a?o y febrero del actual. "Se limitan a remitir a lo que dice la Ley de Conciliaci¨®n de 1999, que se ha quedado claramente obsoleta, y se nota que quienes negocian siguen siendo hombres", recrimina Carlos Obeso, director del Instituto de Estudios Laborales de Esade y uno de los autores del informe. Como ejemplo, ¨¦stos citan el convenio de Empresas de Trabajo Temporal, que con una solo l¨ªnea en la que remite a la legislaci¨®n vigente, despacha un asunto cada d¨ªa m¨¢s relevante.
Por decirlo con n¨²meros. S¨®lo un 1,15% de los convenios incluye alg¨²n aspecto lejanamente relacionado con la familia a la hora de organizar las tareas (en concreto, la proximidad del domicilio al trabajo). Ni uno solo prescribe como criterio la conciliaci¨®n de vida familiar y laboral. Ligado a lo anterior, mientras el 10,4% de los textos establece jornadas intensivas en verano, tan s¨®lo el 3,7% prev¨¦ que, en el momento de elegir turno, tengan preferencia los trabajadores con cargas familiares. Adem¨¢s, entre los convenios que tienen en cuenta la flexibilidad horaria, ¨²nicamente el 2,7% la contempla con el objetivo declarado de facilitar la vida familiar.
En materia de permisos, la gran mayor¨ªa de convenios se atiene estrictamente a lo que prev¨¦ la legislaci¨®n, sin avanzar sobre lo regulado, pese a que en muchos casos haya quedado desfasada. As¨ª, ¨²nicamente el 8,4% regula el permiso de acompa?amiento a hijos menores a la consulta m¨¦dica, mientras que un escas¨ªsimo 1,15% fija un permiso para realizar cursillos de orientaci¨®n pedag¨®gica para hijos minusv¨¢lidos o para atender a hijos enfermos menores de seis a?os. Ese mismo ce?imiento estricto a la ley se da tambi¨¦n en materia de reducci¨®n de jornada por razones familiares, donde s¨®lo el 4,6% de los convenios laborales ampl¨ªa de seis a ocho o nueve a?os la edad del menor sujeta a la concesi¨®n de permisos. Son casos puramente "testimoniales", a juicio de los redactores del informe.
La "masculinizaci¨®n" de las negociaciones colectivas entre empresa y trabajadores sigue pesando demasiado en la redacci¨®n final de los convenios. Lo asegura Carlos Obeso y lo corrobora Anna Escobedo, profesora de Sociolog¨ªa de la Universidad Aut¨®noma de Barcelona y otra de las art¨ªfices del Informe Randstad. En opini¨®n de esta ¨²ltima, "hace falta un sistema de permisos parentales remunerados que se integren en el r¨¦gimen de la Seguridad Social y que sean individualizados, para que puedan acceder a ellos tanto las madres como los padres". Para Obeso, tenemos una Ley de Conciliaci¨®n de hace cinco a?os caracterizada por su "sexismo", al establecer una "vinculaci¨®n de los cuidados de los hijos al sexo femenino, excluyendo al padre, al que se le atribuye un papel secundario y patrimonial, no emocional, es decir, se le considera meramente como el que est¨¢ para pagar".
El olvido de las parejas de hecho
La diversidad de modelos familiares vigente en la actualidad no parece haber entrado a¨²n en los convenios colectivos espa?oles. Uno de los aspectos m¨¢s llamativos del Informe Randstad es el que hace referencia al olvido de las parejas de hecho, un fen¨®meno social creciente que no parece existir para los agentes sociales.
As¨ª, de los 87 convenios colectivos analizados, apenas un 4,6% recoge la posibilidad de obtener permisos retribuidos a las parejas de hecho en el momento de su constituci¨®n. Esto contrasta con el hecho de que todos los casos de matrimonio s¨ª goza de este tipo de beneficio.
Pero es que adem¨¢s un 10,4% de estos acuerdos excluye expresamente estos permisos a quienes no se casen por los cauces legales, por la iglesia o el juzgado.
Otro dato significativo del olvido que sufren los que no se han casado es que el 85,06% de los convenios no dicen ni palabra sobre otro tipo de ventajas para este tipo de uniones.
Por otro lado, ¨²nicamente el 1,15% de los textos prev¨¦ alg¨²n tipo de ayuda para el caso de que el conviviente de hecho del trabajador o trabajadora sufra alguna minusval¨ªa, frente a un 12,64% que s¨ª establece ayudas para c¨®nyuges con discapacidad dentro del matrimonio. Para Anna Escobedo, la nueva legislaci¨®n que ponga en marcha el Gobierno reci¨¦n constituido "debe comprender y respetar esta diversidad familiar".
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