Un tribunal condena a un maltratador y pide que se act¨²e contra su novia, que le denunci¨® y se desdijo
La Secci¨®n Novena de la Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia poco habitual que condena a un hombre a tres a?os de c¨¢rcel por un delito de lesiones por agredir a su novia y, al mismo tiempo, pide que la justicia act¨²e contra la mujer por falso testimonio, ya que en el juicio se retract¨® y neg¨® los malos tratos. El tribunal reconoce que, en ocasiones, los jueces s¨®lo dan valor a lo que oyen en la vista oral y no a lo que explican las v¨ªctimas durante la tramitaci¨®n de la denuncia, pero precisan que lo que ocurri¨® en este juicio fue "una pantomima".
Es m¨¢s. El tribunal razona que precisamente condena al maltratador, V¨ªctor Manuel C. R., por la versi¨®n de los hechos que ofreci¨® la novia para disculparlo y que lo absolvieran. La sentencia declara probado que la pareja discuti¨® el 18 de agosto de 2002 en el domicilio del novio, en la zona alta de Barcelona, y que ¨¦l le propin¨® varios pu?etazos y bofetadas. Como consecuencia de la agresi¨®n, la mujer perdi¨® dos dientes y fue asistida en dos hospitales. La novia le denunci¨® ante la polic¨ªa y despu¨¦s se ratific¨® en el juzgado. En las comparecencias posteriores ante el juez, la mujer mantuvo la misma versi¨®n y precis¨® incluso que reclamaba econ¨®micamente para que se le pudieran reimplantar los dos dientes.
Sin embargo, el d¨ªa del juicio se desdijo por completo y declar¨® que si denunci¨® al hombre fue porque el padre de ella la presion¨® y que, en realidad, un diente lo perdi¨® por el golpe que sufri¨® como consecuencia de un mareo y el otro, mientras masticaba un filete de carne. Los jueces califican esta versi¨®n de "inveros¨ªmil" y a?aden que "el contradictorio ejercicio de memoria-amnesia colectiva ofrecido sin ning¨²n pudor al tribunal carece de la menor solidez". Al acogerse el acusado a su derecho a no declarar y ante la nueva versi¨®n de la mujer, la abogada defensora reclam¨® la absoluci¨®n por falta de pruebas. Pero el tribunal no s¨®lo le ha condenado a tres a?os de c¨¢rcel, lo que solicitaba el fiscal, sino a indemnizar a la mujer con 5.144 euros por las lesiones sufridas y las secuelas.
Adem¨¢s, la Audiencia de Barcelona deduce testimonio de los hechos. Es decir, pide que un juez de instrucci¨®n act¨²e contra la mujer por falso testimonio, un delito castigado en el C¨®digo Penal con penas de entre seis meses y dos a?os de prisi¨®n. Para ello, el tribunal le remite la sentencia, el acta del juicio, los partes de lesiones, las declaraciones que prestaron ambos en el juzgado y la denuncia en comisar¨ªa.
Los jueces explican que, con esa versi¨®n, la mujer s¨®lo pretende "tapar" a su novio, con el que se ha reconciliado y se va a casar en breve, pero precisan que "el Estado no puede dejar de proceder frente a unos hechos" como ¨¦stos, "pese al inter¨¦s de la v¨ªctima". La sentencia a?ade que la reconciliaci¨®n de una pareja "no puede ser nunca un impedimento para que los tribunales condenen" si se prueban los hechos, pues ¨¦stos trascienden el ¨¢mbito privado, "resultando indiferentes las complejas y fluctuantes relaciones psicol¨®gicas que puedan jalonar la relaci¨®n agresor-v¨ªctima y, con m¨¢s raz¨®n, la situaci¨®n de p¨¢nico que pueda sufrir la agredida".
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