Jaque a la oferta acad¨¦mica universitaria
Con gran celeridad se tramit¨® y aprob¨® hace ya m¨¢s de dos a?os la Ley Org¨¢nica de Universidades, entre cuyos objetivos est¨¢ integrar el sistema universitario espa?ol en el espacio europeo de ense?anza superior, para as¨ª poder converger los Estados implicados y favorecer tanto la movilidad de estudiantes, como el acceso al mercado laboral en Estados distintos al que se cursen los estudios. Sin embargo, la inicial celeridad, combinada con la posterior parsimonia pudo rozar la irresponsabilidad.
Ese espacio europeo no ha sido fruto de la adopci¨®n de acuerdos por una instancia supraestatal u organizaci¨®n internacional, sino que es resultado de reuniones de ministros de Educaci¨®n de diversos pa¨ªses, que paulatinamente se van ampliando y entre los que hay m¨¢s miembros que los pa¨ªses de la Uni¨®n Europea. De hecho, su origen se encuentra en una reuni¨®n en Par¨ªs de los Ministros de Alemania, Francia, Italia y Reino Unido, que dio lugar a la Declaraci¨®n de la Sorbona de 1998. Esto significa que tal espacio se asume voluntariamente por los Estados, sin existir siquiera un Tratado Internacional, y el Estado espa?ol, como se ha dicho, ha asumido con la LOU el cumplimiento del objetivo integrador.
Entre las previsiones de ese espacio europeo y la misma LOU hay alguna cuesti¨®n a¨²n no resuelta, como es el del n¨²mero de ciclos, esto es, si habr¨¢ dos, como parece desprenderse de la Declaraci¨®n de Bolonia de 1999, o tres, que son los m¨¢ximos legalmente previstos (art. 37 LOU). Mientras se deshoja la margarita, el Gobierno movi¨® ficha aprobando diversas normas en desarrollo de la LOU que inciden directamente en la andadura espa?ola hacia ese espacio europeo y que sin duda condicionan las decisiones a adoptar por quien debe someterse a lo dispuesto en los Reales Decretos aprobados.
A¨²n no se ha decidido un nuevo cat¨¢logo de titulaciones, y por tanto tampoco sobre su carga lectiva o duraci¨®n en cr¨¦ditos, pero s¨ª se ha aprobado, entre otras normas, la que regula el sistema europeo de cr¨¦ditos (RD 1125/2003) y la que regula la homologaci¨®n de planes de estudios y t¨ªtulos de car¨¢cter oficial y validez en todo el territorio nacional (RD 49/2004), que por su car¨¢cter parcial pueden bloquear la implantaci¨®n de titulaciones. La primera de ellas fija en 60 el n¨²mero de cr¨¦ditos por curso, modificando el significado del cr¨¦dito hasta ahora aplicado, si bien delimita su ¨¢mbito de aplicaci¨®n a las directrices generales de t¨ªtulos universitarios oficiales que apruebe el Gobierno desde el 19 de septiembre pasado, as¨ª como a los planes de estudios que deban cursarse para la obtenci¨®n y homologaci¨®n de dichos t¨ªtulos. La homologaci¨®n de los nuevos planes de estudios y t¨ªtulos debe realizarse ya conforme al nuevo procedimiento, en el que la Comunidad Aut¨®noma se pronuncia sobre una serie de aspectos, como es el de la valoraci¨®n econ¨®mica del plan, y el Gobierno estatal homologa el t¨ªtulo, siendo el Consejo de Coordinaci¨®n Universitaria quien sigue homologando el plan de estudios.
Esta situaci¨®n suscita una gran incertidumbre sobre las posibilidades de modificar la oferta acad¨¦mica de las universidades, puesto que puede congelarla al menos durante dos o tres cursos. Es razonable y casi obligado, que los gestores de las universidades traten de realizar una oferta a los futuros estudiantes universitarios adecuada a las peticiones de la sociedad -lo que puede medirse tanto por el n¨²mero de solicitudes para cursar unos determinados estudios en primera opci¨®n, como por el acceso a puestos de trabajo relacionados con la titulaci¨®n obtenida-. Tales iniciativas requieren la autorizaci¨®n de la Comunidad Aut¨®noma para implantar una titulaci¨®n en una Universidad, que a su vez comportar¨¢ la elaboraci¨®n de un nuevo plan de estudios, que conforme a los actualmente vigentes podr¨¢ ser de diplomado (al menos 180 cr¨¦ditos), Licenciado (al menos 300 o 120 cr¨¦ditos si es s¨®lo de segundo ciclo), y que en principio ahora deber¨¢ tener 60 cr¨¦ditos por curso, seg¨²n el sistema europeo de cr¨¦ditos, lo cual supone que, por ejemplo, la implantaci¨®n de la Licenciatura en Administraci¨®n y Direcci¨®n de Empresas en una Universidad que a¨²n no se imparta, deber¨¢ tener una duraci¨®n de cinco cursos para ajustarse al nuevo Decreto ya en vigor, o cabe que el Consejo de Coordinaci¨®n Universitaria rechace cualquier nueva homologaci¨®n hasta que se aprueben las futuras directrices de los nuevas titulaciones.
De este modo, tanto a las comunidades aut¨®nomas como al Consejo de Coordinaci¨®n Universitaria, el Gobierno les ha puesto en la dif¨ªcil situaci¨®n de seguir valorando y homologando planes de estudio basados en una unidad de medida que ya no est¨¢ en vigor (pues no se han establecido equivalencias de cr¨¦ditos para per¨ªodos transitorios), y en consecuencia adoptando resoluciones que pueden ser disconformes con la legalidad vigente, o en la f¨¢cil soluci¨®n de no tramitar ninguna nueva homologaci¨®n, pues al ser el silencio positivo se estar¨ªa reconociendo la correcci¨®n y elevar¨ªa el problema al Gobierno, que ahora debe homologar todas las titulaciones (y no s¨®lo como hasta antes de la LOU las de las universidades privadas). En cualquier caso, la modificaci¨®n de la oferta acad¨¦mica de las Universidades est¨¢ en jaque, y ser¨¢ el nuevo Gobierno quien deba dar respuesta, bien eludiendo la tentaci¨®n de exigir los 60 cr¨¦ditos por curso, al ser tambi¨¦n un Real Decreto la norma que homologa las titulaciones, o bien aprobando una norma que enderece la situaci¨®n jur¨ªdica actual.
Mientras no haya movimiento seguiremos como estamos, lo que s¨®lo reporta ventajas a quien est¨¦ satisfecho con la oferta acad¨¦mica actual, frustraci¨®n al resto, y por supuesto, un lucro cesante, econ¨®mico sobre todo a las universidades privadas, pero de formaci¨®n al conjunto de la poblaci¨®n estudiantil, que seguir¨¢ sin poder cursar nuevos estudios.
Germ¨¢n Or¨®n Moratal es catedr¨¢tico de Universidad y decano de la Facultat de CCJJEE de la Universitat Jaume I.
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