El Supremo deslinda los tipos de relaciones de los abogados con los bufetes
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha deslindado los tipos de relaciones de los abogados con los bufetes en un auto en el que rechaza un recurso de casaci¨®n. En el escrito, el Supremo avala la existencia de relaci¨®n laboral cuando el letrado est¨¢ sometido a "las reglas y directrices de la empresa".
Ante el revuelo originado por la decisi¨®n del Supremo, que alarm¨® a los grandes despachos, partidarios de una relaci¨®n mercantil, no laboral, este peri¨®dico pregunt¨® al presidente del Consejo General de la Abogac¨ªa, Carlos Carnicer, quien manifest¨®: "El Estatuto General de la Abogac¨ªa permite ambas situaciones y los tribunales tienen claramente establecido cu¨¢ndo es laboral y cu¨¢ndo no. De todos modos, para aclarar cualquier sombra de duda lo que hace falta es la esperada Ley de Sociedades Profesionales".
El auto del Supremo rechaza el recurso de casaci¨®n del bufete de abogados Linklaters contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que confirm¨® el despido improcedente de la abogada Dalia Simone Adele Nicholson, tras reconocer que exist¨ªa una relaci¨®n laboral entre dicha letrada y el despacho internacional de abogados Linklaters.
Linklaters interpuso un recurso de casaci¨®n para la unificaci¨®n de doctrina, previsto legalmente para cuando se producen decisiones judiciales diferentes, pese a tratarse de "hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales". El recurrente aleg¨® como contraste el caso de un abogado de Barcelona que prest¨® servicios en el Estudio Jur¨ªdico Castell¨®, del que se march¨® voluntariamente.
El Supremo inadmite el recurso, declara firme la sentencia recurrida e impone el pago de las costas a Linklaters. La resoluci¨®n, de la que ha sido ponente V¨ªctor Fuentes L¨®pez, razona que, respecto a los dos casos a contrastar, "no puede haber contradicci¨®n, en la medida en que los supuestos son diferentes".
Sueldo fijo y vacaciones
La Sala Social del Supremo argumenta que Linklaters pagaba a la letrada, que sol¨ªa trabajar en las oficinas de dicha firma, una cantidad fija mensual y le conced¨ªa 25 d¨ªas laborables al a?o de vacaciones. La resoluci¨®n se?ala que la labor de la abogada "estaba sometida a las reglas y directrices de la empresa, siendo su actividad sometida a supervisi¨®n y evaluaci¨®n peri¨®dica", todo lo cual configura, seg¨²n el Supremo, una relaci¨®n laboral.
En cambio, seg¨²n la sentencia ofrecida como contraste, el abogado del Estudio Jur¨ªdico Castell¨®, de Barcelona, defend¨ªa ¨²nicamente los casos que le correspond¨ªan en el turno de oficio, cuyos honorarios ¨¦l mismo cobraba, sin estar sujeto a horario o jornada y con libertad en la forma de llevar a cabo sus cometidos profesionales. De ah¨ª que el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a declarara la relaci¨®n "ajena a la jurisdicci¨®n social".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.