La gracia de conceder la gracia
Resumen de lo sucedido: el pasado verano los ciudadanos italianos descubrieron con estupor que las m¨¢ximas autoridades del Estado desconoc¨ªan a qui¨¦n correspond¨ªa la instituci¨®n de la gracia. En otras palabras: ?qui¨¦n tiene la capacidad de conceder la gracia a un condenado en Italia? El problema naci¨® (porque al parecer nunca antes se lo hab¨ªa planteado nadie y la gracia hab¨ªa sido siempre prerrogativa de los presidentes de la Rep¨²blica) a prop¨®sito de una eventual concesi¨®n de la gracia a Sofri, Bompressi y Pietrostefani. Aunque las l¨ªneas generales de este caso judicial (del que ya me he ocupado en otras ocasiones) son de sobra conocidas y han sobrepasado las fronteras italianas, me permito recordar a los lectores espa?oles que se trata de tres antiguos dirigentes de extrema izquierda de los a?os sesenta que fueron condenados a una pena de 22 a?os de prisi¨®n por un asesinato cometido en aquel conflictivo periodo, sobre la ¨²nica base de la confesi¨®n contradictoria de un arrepentido y despu¨¦s de una ins¨®lita serie de juicios y contrajuicios (una decena) durante los a?os ochenta y noventa, en el curso de los cuales llegaron incluso a ser absueltos.
Pues bien, los avatares de la cuesti¨®n de la gracia a prop¨®sito de este caso dan buena muestra (una m¨¢s) del actual estado de las cosas en la pol¨ªtica italiana. Vayamos por partes. Apenas surgida la cuesti¨®n, se manifest¨® de inmediato el ministro de Justicia, el ingeniero Castelli, quien hizo saber que sin su benepl¨¢cito no hab¨ªa gracia que se sostuviera. A continuaci¨®n, interpelado por la prensa, el presidente em¨¦rito de la Corte Constitucional expres¨® la siguiente opini¨®n: desde que Italia es una Rep¨²blica, la gracia corresponde al presidente de la Rep¨²blica. Al d¨ªa siguiente, sin embargo, con una nota oficial, el profesor Gifuni, prestigioso consejero de la Presidencia de la Rep¨²blica, hizo saber que hab¨ªa localizado un par¨¢grafo de la Constituci¨®n seg¨²n el cual sin el dictamen favorable del Ministerio de la Justicia no pod¨ªa concederse la gracia.
El extra?o asunto prosigui¨® con la genial ocurrencia de algunos parlamentarios de perge?ar una ley, en virtud de la cual se corroboraba legalmente que la funci¨®n de conceder la gracia corresponde a Ciampi, es decir, que ¨¦ste es, sustancialmente, un presidente de la Rep¨²blica a todos los efectos. La ley tranquiliz¨® de tal forma a Ciampi acerca de sus competencias que, abandonando su consueta cautela, hizo saber a la prensa que si la ley se aprobaba conceder¨ªa la gracia a Sofri, Bompressi y Pietrostefani. Pero lo que ocurri¨® fue que la propuesta fue liquidada en el Parlamento precisamente por la coalici¨®n gobernante, es decir, por "los amigos de los amigos" de Sofri (dado que en las filas de Forza Italia abundan ex dirigentes de extrema izquierda reconvertidos ideol¨®gicamente), y eso que el propio Berlusconi, apenas unos meses antes, hab¨ªa declarado no sin clamor que era decididamente partidario de conceder la gracia a Sofri. Lo que se dice ser hombre de palabra. En cambio, quien se tom¨® este asunto muy en serio fue Marco Pannella, exigiendo que se le explicara por qu¨¦ y desde cu¨¢ndo el presidente de la Rep¨²blica no ten¨ªa ya la facultad de conceder la gracia. Lo intent¨® de todas la maneras, lleg¨® incluso a ayunar, pero en vano. El caso era que se sab¨ªa d¨®nde estaba Sofri -en la c¨¢rcel-, pero no se sab¨ªa d¨®nde estaba la gracia, o por qu¨¦ se hab¨ªa deslizado entre las rudas prerrogativas del ingeniero Castelli.
Y as¨ª llegamos al episodio actual del drama de estos tres condenados, con quienes la clase pol¨ªtica dirigente italiana parece divertirse como en el circo. Episodio que podr¨ªa resumirse as¨ª: "A Sofri y a sus compa?eros no les es concedida la gracia porque no la piden", o m¨¢s sint¨¦ticamente: "Si Sofri quiere la gracia, que la pida". Falso argumento, que es prueba ulterior de la inmadurez de nuestras instituciones y que corre el riesgo de difundirse desorientando a¨²n m¨¢s a Italia. A semejante argumento, que juega con el precario estado de salud de la informaci¨®n que aqueja a nuestro pa¨ªs, podr¨ªa replicarse que los abogados y la familia de Bompressi hace ya tiempo que solicitaron la gracia por las condiciones de salud del condenado, quien, convertido en una sombra viviente, ha sido trasladado de la c¨¢rcel al hospital con 35 kilos de peso y el goteo en el brazo. Solicitud, por cierto, que fue rechazada por la secretar¨ªa del ingeniero Castelli. Sin embargo, dado que se trata de los mismos pol¨ªticos que invocan para la Constituci¨®n europea una referencia a las ra¨ªces cristianes sin tener, seg¨²n parece, las ideas claras acerca del cristianismo, no estar¨¢ de m¨¢s aclararles qu¨¦ aspecto del cristianismo ha pasado a nuestro sistema jur¨ªdico. Cu¨¢l es, en otras palabras, el significado de la gracia.
La gracia (ch¨¤ris en griego, hesed en hebraico) es un t¨¦rmino con el que se indica en el Antiguo Testamento una suerte de benevolencia especial, de favor de Dios hacia el pueblo de Israel. Fue Pablo quien la introdujo en el cristianismo, atribuy¨¦ndosela a Cristo y, por tanto, a la Iglesia fundada sobre Cristo que Pablo pretend¨ªa instituir. Al convertirlo en un t¨¦rmino eclesial, Pablo tradujo en t¨¦rminos pr¨¢cticos la idea de gracia, haci¨¦ndola as¨ª sistem¨¢tica. Si se me permite la comparaci¨®n, Pablo es algo as¨ª como el Lenin de la situaci¨®n respecto a las teor¨ªas de Marx: un alba?il. Quien atribuy¨® en cambio a la gracia una dimensi¨®n sublime y misteriosa fue san Agust¨ªn, pues en sus Confesiones habla de la superioridad de la gracia por encima de todo m¨¦rito humano y de lo insondable de la voluntad divina que la dispensa. Una dimensi¨®n salvadora y redentora, don divino no comprensible por la humana inteligencia.
La gracia entra en el iure con este sentido. La gracia es un don y, en cuanto tal, no se pide, se recibe. Porque si alguien pide un regalo, ¨¦ste deja de serlo autom¨¢ticamente. El regalo es gratuito, espont¨¢neo, no solicitado. Depende ¨²nicamente de la iniciativa de quien hace ese regalo, que puede, incluso, verse rechazado. Y es tambi¨¦n algo absolutamente distinto de un acto de clemencia, porque la clemencia ata?e a los soberanos absolutos, que a menudo la ejercitan s¨®lo para hacer ver a sus s¨²bditos lo clementes que son. De hecho, la gracia no pertenece al ¨¢mbito de la justicia, porque va m¨¢s all¨¢ de la justicia y por ello se conf¨ªa a alguien que (aunque sea s¨®lo simb¨®licamente) est¨¢ en una situaci¨®n m¨¢s elevada que los dem¨¢s, incluso que los jueces. Y n¨®tese que ¨¦ste no prevarica contra los jueces ni ¨¦stos pueden prevaricar en su perjuicio, porque, si quien puede condenar (los jueces) no puede conceder la gracia, del mismo modo quien tiene la facultad de conceder la gracia no puede infligir condenas como los jueces. Es, en definitiva, el poder de quien no tiene un efectivo poder m¨¢s all¨¢ del moralmente alt¨ªsimo de ser el primus inter pares. Es una pena que quien tiene ese poder en Italia se lo est¨¦ sacudiendo de encima, casi como si tuviese miedo, deleg¨¢ndolo en quien de la gracia tiene una idea contable, funcionarial, burocr¨¢tica. La gracia del libro de caja.
Antonio Tabucchi es escritor italiano. Traducci¨®n de Carlos Gumpert.
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