Entre la formaci¨®n y la precariedad
Miles de j¨®venes realizan pr¨¢cticas como becarios en empresas pese a estar ya titulados
Pueden formar un ej¨¦rcito de hasta mill¨®n y medio de j¨®venes ¨¢vidos de experiencias profesionales, ansiosos por hacerse un hueco en el mercado laboral, deseosos de poner en pr¨¢ctica sus conocimientos, seg¨²n las estimaciones del Ministerio de Educaci¨®n. Pero lo cierto es que no existe un registro oficial que plasme la cantidad de becarios que realizan pr¨¢cticas en Espa?a para empresas p¨²blicas o privadas.
En todo caso, en los ¨²ltimos a?os esta figura se ha extendido. Y ya hay becarios por todas partes: en ayuntamientos, en universidades, en centros comerciales, en medios de comunicaci¨®n, en empresas tecnol¨®gicas, en bancos...
Surgieron bajo la f¨®rmula de "Programas de Cooperaci¨®n Educativa", gestionados por las universidades mediante convenios con las empresas p¨²blicas y privadas. El objetivo: conseguir una "formaci¨®n integral" para el alumno y darle la oportunidad de combinar los contenidos te¨®ricos con los pr¨¢cticos y facilitar su incorporaci¨®n al mundo profesional.
La ley establece que los becarios no tengan relaci¨®n laboral ni realicen sustituciones
S¨®lo el 1% de los contratos realizados a j¨®venes es en pr¨¢cticas
Sin embargo, esta filosof¨ªa que trataba de crear el puente entre la teor¨ªa y la pr¨¢ctica empieza a pervertirse y un importante vac¨ªo legal ha permitido que se difumine cada vez m¨¢s la l¨ªnea que separa la formaci¨®n de la precariedad laboral. "Son correctas, y de acuerdo a la ley, las pr¨¢cticas en alternancia, es decir, aquellas que se realizan mientras los estudiantes est¨¢n en los ¨²ltimos a?os en formaci¨®n. Pero, una vez que tienen una titulaci¨®n acreditada, lo que procede es un contrato en pr¨¢cticas, y no una beca", explica Pilar Duce, secretaria ejecutiva federal de UGT.
La legislaci¨®n (Real Decreto 1497/1981) establece que los becarios no mantendr¨¢n una relaci¨®n laboral con la empresa y no cumplir¨¢n el papel de un trabajador contratado. Es decir, en ning¨²n caso deben suplir el trabajo de un empleado. El becario s¨®lo colaborar¨¢ en la empresa.
Sin embargo, de la teor¨ªa a la pr¨¢ctica hay un trecho. Y si no, que se lo digan a Pedro, que, amparado en un nombre falso, cuenta que tras haber cursado sus estudios de Administraci¨®n de Empresas y Marketing ahora est¨¢ como becario haciendo una sustituci¨®n por maternidad en el departamento correspondiente de un conocido centro comercial.
"Es ilegal, pero es lo que hay. Por lo dem¨¢s, me tratan muy bien y estoy muy contento", dice. Esto significa que Pedro, de 26 a?os, no est¨¢ dado de alta en la Seguridad Social, no tiene contrato y, por tanto, carece de cobertura social m¨¢s all¨¢ de un seguro m¨¦dico. Adem¨¢s, su sueldo est¨¢ muy por debajo del asignado al puesto que ¨¦l ocupa ahora.
El caso de Pedro no es aislado. Basta con navegar un poco por Internet para ver la cantidad de ofertas para becarios que hay y cuyo requisito fundamental es acreditar una titulaci¨®n. Es decir, dichas ofertas van directamente en contra de lo previsto por la ley, que exige que la persona en cuesti¨®n est¨¦ en proceso de formaci¨®n, no ya formada.
El anuncio es telegr¨¢fico y dice: "Cargo vacante: becario. Estudios m¨ªnimos: ingeniero t¨¦cnico. Jornada: completa. Tipo de contrato: becario. Salario: 6.000 euros brutos al a?o". ?sas son las condiciones ofrecidas sin pudor por toda clase de empresas en las p¨¢ginas de anuncios de trabajo de la red.
Ante semejante situaci¨®n, los sindicatos han puesto las espadas en alto. Unos apuestan por la desaparici¨®n de la figura del becario, como la Uni¨®n Sindical Obrera (USO). Otros, por incrementar la inspecci¨®n con la creaci¨®n de un registro de becarios y por que se ampl¨ªe el denominado Estatuto del Becario.
Este ¨²ltimo, aprobado al t¨¦rmino del Gobierno del PP, s¨®lo se refiere a los becarios de investigaci¨®n cient¨ªfica: intenta definir su situaci¨®n y mejorar m¨ªnimamente sus condiciones laborales tratando de que se empiece a cotizar por ellos a partir del segundo a?o de beca, de tal modo que las prestaciones sociales (desempleo, maternidad, bajas, jubilaci¨®n, seguridad social, etc¨¦tera) est¨¦n cubiertas.
Los investigadores cient¨ªficos han sido hist¨®ricamente los m¨¢s rebeldes y mejor organizados. Han protagonizado numerosas manifestaciones de protesta y han divulgado, mediante manifiestos, sus carencias b¨¢sicas y sus reivindicaciones. Los logros no han sido completos, pero algo han conseguido.
Y ?qu¨¦ pasa con el resto de los becarios?, ?por qu¨¦ no est¨¢n todos regulados por el mismo estatuto?
Seg¨²n Santi Gonz¨¢lez, portavoz de USO, en 1999, varios parlamentos regionales dieron el paso para para permutar las becas por contratos al solicitar la inclusi¨®n de una cl¨¢usula en el art¨ªculo 97 de la Ley de Seguridad Social, que establece qui¨¦nes son considerados trabajadores por cuenta ajena. "La proposici¨®n llegar¨¢ pr¨®ximamente al Congreso. Veremos qu¨¦ pasa", dice Gonz¨¢lez.
"El Estatuto del Becario deber¨ªa ser m¨¢s amplio porque ¨¦ste es un fen¨®meno que hay que regular", apunta Pura Garc¨ªa, de la Ejecutiva de CC OO. "Ya no son personas que est¨¢n aprendiendo. A quien se le ofrece este tipo de becas es gente cualificada, que ocupa puestos de trabajo vacantes", constata. "En su gran mayor¨ªa no se utilizan para la adaptaci¨®n a un puesto de trabajo, sino para suplencias. Sobre todo en verano es muy frecuente que las sustituciones las hagan becarios. Es una pr¨¢ctica que raya la ilegalidad. Es inmoral e innecesaria, porque para eso est¨¢n los contratos en pr¨¢cticas".
S¨®lo el 1% de los contratos realizados a j¨®venes es en pr¨¢cticas, seg¨²n los datos de la Encuesta de Poblaci¨®n Activa (EPA). Las estad¨ªsticas muestran que los j¨®venes siguen siendo el colectivo que mayor n¨²mero de desempleados aglutina, sobre todo en la franja de edad que va de 25 a 29 a?os.
Esta circunstancia ha llevado a los sindicatos a denunciar que los empresarios se est¨¢n valiendo de las becas para eludir los contratos en pr¨¢cticas, sujetos a convenio y que implican una relaci¨®n contractual, una cobertura social y un nivel salarial determinado.
Seg¨²n la patronal CEOE, es un problema de "vac¨ªo legal" y "un intercambio de intereses": mano de obra barata para el empresario y conocimiento de posibles candidatos a ocupar puestos vacantes; y aprendizaje y experiencia para el curr¨ªculo del becario.
"La clave est¨¢ en d¨®nde sit¨²as la frontera entre las pr¨¢cticas y la mano de obra", dice Juan Men¨¦ndez Vald¨¦s, miembro del departamento de relaciones laborales de la CEOE. "Hay una frontera muy difusa entre el aprendizaje y las pr¨¢cticas, y por eso, en gente reci¨¦n titulada, y como una v¨ªa de aprendizaje, se utiliza la figura del becario", reconoce.
Seg¨²n ¨¦l, muchas grandes empresas que introducen a becarios no los necesitan realmente y nunca har¨ªan ese n¨²mero de contratos. "No se van a hacer directamente contratos en pr¨¢cticas, ni aqu¨ª ni en ning¨²n pa¨ªs europeo, salvo que la universidad garantice que esas personas ya hayan realizado las pr¨¢cticas correspondientes a su formaci¨®n", agrega.
Sin embargo, eso ya sucede. Las universidades ya ofrecen Programas de Cooperaci¨®n Educativa con empresas para facilitar las pr¨¢cticas durante los ¨²ltimos a?os de formaci¨®n de sus estudiantes. De hecho, existen empresas que, al darse cuenta de que no pueden incluir como becarios a titulados con experiencia, financian cursos de posgrado que llevan aparejadas pr¨¢cticas como becarios y, de esa manera, los incluyen legalmente en sus plantillas y no hacen contratos. "?ste es, por tanto, un problema de mentalidad: mientras las empresas entiendan que el modelo productivo consiste en competir a costa de abusar de las relaciones laborales estaremos sumidos en el pozo de la precariedad", asegura Pura Garc¨ªa, de CC OO.
Las consecuencias de un mal empleo
El Consejo de la Juventud de Espa?a elabor¨® un informe a finales del a?o pasado sobre la precariedad laboral juvenil enmarcado dentro de una campa?a que ha arrancado con el eslogan Trabaja por lo justo.
El informe hace un an¨¢lisis de la situaci¨®n laboral que viven los j¨®venes de hoy y de las consecuencias que tiene en sus vidas y en la sociedad.
Seg¨²n dicho estudio, el Estado ha dejado de ser intervencionista. Su funci¨®n principal se reduce a salvaguardar la propiedad, y las pol¨ªticas de empleo se limitan a dejar libre al mercado.
"La tendencia es que sean las partes las que se pongan de acuerdo, cuando es evidente que en las relaciones laborales no hay una situaci¨®n de equilibrio de poder que permita negociar en igualdad de oportunidades."
El informe asegura que la l¨®gica del actual sistema econ¨®mico, basado en la globalizaci¨®n de los mercados, antepone los beneficios empresariales a las necesidades sociales y personales y opta por un modelo de relaciones laborales basado en un importante y estable contingente de parados que garantiza unos bajos costes laborales. La situaci¨®n es especialmente sangrante entre los j¨®venes, entre los que la eventualidad alcanza el 73,1% en Espa?a, frente al 36,6% de la Uni¨®n Europea. A continuaci¨®n se enumeran algunas de las consecuencias de la precariedad laboral que sufren los j¨®venes recogidas en dicho an¨¢lisis:
- Retraso en el acceso al mercado de trabajo. Prolongaci¨®n de los estudios.
- Retraso en la edad de emancipaci¨®n.
- Dificultad de acceso a la vivienda y de elaboraci¨®n de proyectos de vida a corto plazo.
- Disminuci¨®n de la natalidad.
- Permanente inestabilidad laboral y mayor inestabilidad econ¨®mica en la unidad familiar.
- Menor tiempo de cotizaci¨®n a la Seguridad Social, con la correspondiente p¨¦rdida de pensiones.
- P¨¦rdida de poder adquisitivo.
- Mayor siniestralidad laboral, flexibilidad en las condiciones de trabajo y p¨¦rdida de derechos.
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