El Poder Judicial requiere al Gobierno la ley del matrimonio gay
El ministro L¨®pez Aguilar insiste en que no es preceptivo enviar la norma al consejo
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acord¨® ayer, por 12 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones, requerir del Gobierno el proyecto de ley que regular¨¢ el matrimonio entre homosexuales, para emitir un informe sobre el texto. El ministro de Justicia, Juan Fernando L¨®pez Aguilar, replic¨® ayer tarde que el Ejecutivo no va a atender la petici¨®n del CGPJ porque el informe no es "preceptivo".
El Pleno del Poder Judicial vivi¨® ayer otra jornada de desencuentros entre los vocales de los sectores progresista y conservador, hasta el punto de que dos representantes de cada sector comparecieron ante los medios informativos para ofrecer sus respectivas versiones de la reuni¨®n despu¨¦s de la facilitada por el portavoz institucional, Enrique L¨®pez.
La moci¨®n de reclamar del Gobierno que remita el proyecto sobre matrimonios de homosexuales para informe del Consejo fue adoptada con los votos del presidente del CGPJ, Francisco Hernando, los diez vocales propuestos por el PP y el de CiU, Alfons L¨®pez Tena. Votaron en contra de los seis vocales propuestos por el PSOE y se abstuvieron el independiente Agust¨ªn Azparren y el vocal propuesto por IU, F¨¦lix Pantoja.
El portavoz, Enrique L¨®pez, hizo hincapi¨¦ en que la votaci¨®n se hab¨ªa logrado por tres quintos de los vocales presentes, tal como proyecta una modificaci¨®n del sistema de nombramientos a trav¨¦s de otra norma en tr¨¢mite. El portavoz dio cuenta de que la mayor¨ªa entiende que se ha hecho una "interpretaci¨®n restrictiva del art¨ªculo" 108 de la ley del Poder Judicial, que establece la lista de anteproyectos y disposiciones que deben ser informados por el Consejo.
En el plano jur¨ªdico, la discusi¨®n entre los dos bloques en torno al art¨ªculo 108 se centr¨® en si el matrimonio entre homosexuales afecta al ejercicio de derechos fundamentales, en cuyo caso el informe ser¨ªa preceptivo. Para los vocales de la mayor¨ªa, la cuesti¨®n podr¨ªa afectar al derecho fundamental a la no discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo, del art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n.
Para la minor¨ªa progresista, el derecho a contraer matrimonio est¨¢ regulado en el art¨ªculo 32 de la Constituci¨®n y s¨®lo son derechos fundamentales los comprendidos entre los art¨ªculos 14 y 29.
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