El Poder Judicial propone eliminar de la futura ley el plazo para el divorcio
El texto ser¨¢ analizado hoy por la Comisi¨®n de Estudios del organismo
El proyecto de informe a la ley del divorcio, elaborado por el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando Salinas, propone eliminar el plazo de tres meses desde que se contrae matrimonio para pedir la separaci¨®n o el divorcio, ya que ese tiempo m¨ªnimo de convivencia "no tiene raz¨®n de ser". Esta propuesta ser¨¢ debatida hoy por la Comisi¨®n de Estudios, en la que tiene mayor¨ªa el sector conservador.
El ponente del informe, Fernando Salinas, pr¨®ximo al PSOE, expone en el proyecto de informe que "deber¨ªa eliminarse el plazo de tres meses" previsto en el art¨ªculo 81 para pedir la separaci¨®n o el divorcio desde que se contrae matrimonio, "que no tiene raz¨®n de ser en un sistema de separaci¨®n o divorcio no causal".
Seg¨²n el ponente, este plazo parece que tiene la finalidad de que haya un tiempo m¨ªnimo de convivencia antes de que por voluntad de uno de los c¨®nyuges pueda instarse el que se deje sin efecto el v¨ªnculo matrimonial. Si lo que se busca es reforzar el principio de libertad de los c¨®nyuges, a?ade, "es preferible eliminar el plazo y al mismo tiempo se evitar¨¢n los problemas de falta de seguridad jur¨ªdica".
El proyecto de ley establece que "no ser¨¢ preciso el transcurso del plazo de tres meses cuando el inter¨¦s del otro c¨®nyuge o el de los hijos exija la suspensi¨®n de la convivencia".
Seg¨²n el ponente del informe, "si se entiende, en lo que parece una interpretaci¨®n m¨¢s correcta, que existen otros intereses del c¨®nyuge o de los hijos necesitados de protecci¨®n, deber¨ªan precisarse cu¨¢les son estos, pues de lo contrario se le plantear¨ªa al juez la necesidad de dilucidar si la situaci¨®n excepcional concurre".
Tambi¨¦n entiende el ponente que ser¨ªa aconsejable exigir "alguna forma de acreditaci¨®n de las situaciones de malos tratos, de los que evidentemente pueden ser v¨ªctima cualquiera de los c¨®nyuges, no consider¨¢ndose suficiente la denuncia".
"Si la v¨ªctima es la mujer", a?ade, "puede optarse por exigir la orden de protecci¨®n a favor de la v¨ªctima o el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de malos tratos, tal y como se prev¨¦ en el proyecto de Ley Org¨¢nica de medidas contra la Violencia de G¨¦nero".
Dada la finalidad que se pretende, "parece conveniente incluir todas aquellas conductas a las que se refiere el proyecto de Ley Org¨¢nica integral de medidas contra la violencia de g¨¦nero, como agresiones sexuales, amenazas, coacciones y privaci¨®n arbitraria de libertad.
El informe preliminar valora positivamente la nueva regulaci¨®n del art¨ªculo 92.2 en cuanto prev¨¦ que los padres acuerden en el convenio regulador o el juez decida, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por uno de los c¨®nyuges, o por uno s¨®lo de ellos o conjuntamente.
Sobre el mantenimiento de la audiencia del hijo mayor de 12 a?os o menor si tuviere suficiente juicio, el informe dice que deber¨ªa preverse la posibilidad de que el juez, actuando siempre en beneficio del menor, pueda acordar motivadamente no o¨ªrle previo informe en tal sentido del equipo psicosocial.
Con relaci¨®n a la vivienda familiar "ser¨ªa oportuno dar una nueva redacci¨®n a los art¨ªculos 96 y 103.2 del C¨®digo Civil para ponerlos en concordancia con la nueva regulaci¨®n de la custodia compartida". En cuanto a ¨¦sta, a falta de acuerdo, "debe ser el juez quien, en cada caso, valore la conveniencia o no de la custodia compartida en sus distintas modalidades, teniendo en cuenta conjuntamente el inter¨¦s del menor y la concreta situaci¨®n real entre los padres", agrega el texto.
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