RTVE prohibir¨¢ en horario infantil los programas violentos y de ocultismo
Caffarel propone crear la figura del Defensor del Radioyente y el Telespectador
La directora general de RTVE, Carmen Caffarel, ha remitido al Consejo de Administraci¨®n del ente un cat¨¢logo de 30 normas que regulan los programas que se emiten en horario de protecci¨®n de menores (de 6.00 a 22.00). Este c¨®digo, que ser¨¢ de obligado cumplimiento, proh¨ªbe la emisi¨®n de contenidos violentos o de ocultismo durante la mayor parte del d¨ªa, salvo "justificaci¨®n editorial". Para controlar el cumplimiento de estos principios de autorregulaci¨®n y canalizar las quejas de la audiencia, Caffarel propone la creaci¨®n del Defensor del Radioyente y el Telespectador.
El c¨®digo de autorregulaci¨®n elaborado por RTVE se presenta como un documento de trabajo que aspira a obtener hoy el m¨¢ximo consenso en el Consejo de Administraci¨®n y es una respuesta a las demandas procedentes del Gobierno y de las asociaciones de espectadores para combatir la telebasura. No obstante, la direcci¨®n del Ente P¨²blico apela a la "imprescindible y primordial" funci¨®n de las familias y los educadores a la hora de vigilar los programas que ven los ni?os.
Las 30 normas ser¨¢n de obligado cumplimiento para los trabajadores y colaboradores de TVE y RNE. Recogen algunas de las pautas aprobadas en el convenio de autorregulaci¨®n suscrito en 1993 por los operadores y el Ministerio de Educaci¨®n y como gran novedad plantean la creaci¨®n de un Defensor del Radioyente y el Telespectador, una figura encargada de velar por el cumplimiento del servicio p¨²blico y la aplicaci¨®n de estos principios.
?stas son algunas de las pautas recogidas en el denominado C¨®digo de RTVE para la protecci¨®n de los menores en las emisiones de televisi¨®n y radio:
- Clasificaci¨®n por edades. Todos los programas de TVE deber¨¢n incluir al inicio y tras los cortes publicitarios una se?al ¨®ptica y ac¨²stica indicando la correspondiente clasificaci¨®n por edad. En el caso de que un espacio sea recomendado para mayores de 18 a?os u ofrezca contenidos que puedan perjudicar el desarrollo f¨ªsico, mental y moral de los menores, este s¨ªmbolo deber¨¢ permanecer visible en la pantalla durante toda la emisi¨®n. Tambi¨¦n en RNE se advertir¨¢ de aquellos programas de radio inadecuados para el p¨²blico infantil y juvenil.
- Horario protegido. La legislaci¨®n espa?ola establece un "horario protegido para menores" (de 6.00 a 22.00) y RTVE configura, adem¨¢s, tres tramos de "especial protecci¨®n del menor" (entre las 7.30-9.00, las 13.00-14.30 y las 17.00-21.00, los fines de semana, festivos y vacaciones escolares). Durante estas siete horas se endurecen las prohibiciones y aumentan los controles sobre los contenidos.
- Dignidad de las personas. Como principio general, RTVE excluye de su oferta aquellos espacios que atenten a la dignidad de la persona y los que incluyan "la expl¨ªcita y gratuita presentaci¨®n o representaci¨®n de violencias y perversiones sexuales" y aquellas actuaciones degradantes para la persona.
- Violencia. El documento especifica que los "programas que contengan violencia que pueda potencialmente perjudicar f¨ªsica, mental o moralmente a los menores" quedan vetados de 6.00 a 22.00 todos los d¨ªas. Durante el mismo horario ser¨¢n eliminados los programas que incluyan contenidos o comportamientos violentos "tanto mental como f¨ªsicamente" y que sean f¨¢cilmente imitables por ni?os de una manera da?ina o peligrosa para los mismos, a menos que dicha emisi¨®n sea "editorialmente justificable". Tales contenidos no deber¨¢n ser incluidos en programas para ni?os, salvo que ello sea con un claro prop¨®sito educativo. Lo mismo ocurre con aquellos que presenten la violencia y el comportamiento violento (verbal o f¨ªsico) como un medio positivo para conseguir un objetivo. Asimismo, los programas que no sean recomendados para menores de 18 a?os (sea cual sea el motivo), no se emitir¨¢n en las franjas horarias de 7.30-9.00, 13.00-14.30 y 17.00-21.00. Tampoco se permitir¨¢ su emisi¨®n de 6.00 a 22.00 durante fines de semana, festivos y en vacaciones escolares.
- Sexo. Los contenidos de naturaleza sexual, tanto verbal como visual, deber¨¢n ser poco expl¨ªcitos y limitados durante el horario protegido. Determinadas referencias podr¨¢n ser aceptadas cuando tengan prop¨®sitos claramente educativos. El desnudo durante el horario protegido para menores no debe ser empleado con fines sexuales y estar¨¢ justificado por el contexto.
- Ocultismo. Entre las 6.00 y las 22.00 permanecer¨¢ excluida cualquier demostraci¨®n de "exorcismo o de ciencias ocultas", y se vigilar¨¢n pr¨¢cticas paranormales, que s¨®lo estar¨¢n permitidas en el caso de que aparezcan dentro de un bloque de entretenimiento o como asunto de investigaci¨®n, pero nunca en las siete horas especialmente vigiladas. Adem¨¢s se prestar¨¢ atenci¨®n preferente al posible riesgo de hipnotismo en espectadores sensibles, como es el caso de los ni?os.
- Drogas. Salvo que conlleven una "clara finalidad educativa" o exista "una justificaci¨®n editorial", no deber¨¢n incluirse en los programas para ni?os determinadas acciones relacionadas con la droga: beber alcohol, fumar, inhalar pegamento.
- Programaci¨®n. TVE tendr¨¢ en cuenta los h¨¢bitos de audiencia de los menores y los programas de gran aceptaci¨®n por parte del p¨²blico infantil y juvenil incluso fuera del horario protegido.
- Lenguaje. Las expresiones ofensivas, vejatorias con carga de discriminaci¨®n religiosa, sexual, racial o ideol¨®gica deber¨¢n evitarse.
- Identificaci¨®n de los menores. No ser¨¢n identificados los menores que sean v¨ªctimas, testigos o acusados en procedimientos judiciales relativos a ofensas sexuales. Cuando los programas reflejen hechos relacionados con comportamientos ilegales o antisociales de los menores, ¨¦stos permanecer¨¢n en el anonimato.
- Publicidad. Todas las normas se aplicar¨¢n a los programas de radio, televisi¨®n, publicidad, televenta y promociones de las emisiones.
Los criterios para aplicar el veto
El documento desarrolla una serie de criterios que han de servir a los gestores de RTVE para determinar qu¨¦ emisiones son admisibles y cu¨¢les no. As¨ª, el c¨®digo establece que se cataloguen los tipos y grados de violencia en funci¨®n del n¨²mero y naturaleza de las escenas m¨¢s agresivas. Para ello se tendr¨¢ en cuenta si son im¨¢genes de violencia gratuita o "de car¨¢cter indispensable" y se valorar¨¢ su utilizaci¨®n para la resoluci¨®n de conflictos, la puesta en escena, el tratamiento de la imagen y el tipo de plano.
El documento tambi¨¦n pide que se eval¨²e la "evocaci¨®n de temas dif¨ªciles" (suicidio, incesto, violencia conyugal, violencia de ni?os), la imagen de la mujer (respetuosa o degradante), el tratamiento de las minor¨ªas, las caracter¨ªsticas de los h¨¦roes y protagonistas (sus m¨®viles, comportamientos peligrosos) o la presencia de ni?os.
En cualquier caso, el texto pide que el tratamiento de la violencia en el ente p¨²blico sea apropiado al contexto, horario de difusi¨®n, tipo de programa, canal y expectativas de la audiencia.
El c¨®digo de RTVE apela a las investigaciones cient¨ªficas para restringir aquellas situaciones agresivas que puedan generar en los ni?os "efectos de imitaci¨®n, sobre todo con contenidos o posibilidades f¨¢cilmente accesibles en su vida real y en su entorno".
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