Los entierros de caridad ser¨¢n pagados por el municipio
La empresa de pompas f¨²nebres recibir¨¢ tres millones en concepto de atrasos
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido el derecho de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios a cobrar los entierros de caridad. Esta entidad est¨¢ participada en un 51% por el Ayuntamiento y un 49% por la empresa privada Funespa?a. El fallo corresponde a un litigio presentado por la anterior corporaci¨®n municipal, presidida por Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano, que al no ponerse de acuerdo con la parte privada de la sociedad sobre si deb¨ªan cobrar o no al Ayuntamiento los entierros de caridad, decidi¨® acudir a los tribunales.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que reconoce el derecho de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios a cobrar por los entierros de caridad acaba con un proceso judicial iniciado en 1997. Por aquellas fechas se comenz¨® a debatir en el Ayuntamiento de Madrid la necesidad de mantener o no la gratuidad de los entierros de caridad, servicio municipal que se prestaba a aquellas familias sin recursos suficientes para cubrir unas exequias. Ya en diciembre de 2000, en un acuerdo de pleno, se aprob¨® eliminar la gratuidad del servicio, pero no fue hasta abril de 2003, con Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano a¨²n al frente del Ayuntamiento, cuando se desarroll¨® la ordenanza. En mayo de ese a?o, Alberto Ruiz-Gallard¨®n se convirti¨® en alcalde de Madrid y hered¨® el problema.
Pago
"Cuando llegamos al Ayuntamiento", explica Fernando Autr¨¢n, coordinador de la Concejal¨ªa de Seguridad y Servicios a la Comunidad y vicepresidente de la empresa funeraria, "decidimos que, mientras se produc¨ªa el fallo en los tribunales, deb¨ªamos reservar una partida econ¨®mica para abonar el dinero pendiente entre los a?os 2000 y 2003. Entend¨ªamos que lo mejor era tener los fondos preparados. De hecho, ya est¨¢bamos negociando con la Concejal¨ªa de Hacienda la cantidad. Pero antes de que la negociaci¨®n se acabara, se ha producido el fallo del Tribunal Superior de Justicia, que ha estimado que el pago de estos servicios debe ser por la totalidad del periodo comprendido entre 1997 y 2003".
Los entierros por caridad precisan que la persona fallecida est¨¦ empadronada en el municipio de Madrid. Los familiares deben presentar en el tanatorio de la M-30 un documento que acredite el empadronamiento del finado, un documento de Hacienda que demuestre que el fallecido no tiene ninguna posesi¨®n, as¨ª como que los familiares carecen de los ingresos necesarios para afrontar los gastos de sepultura. Normalmente, los tr¨¢mites los realiza la empresa funeraria, porque se tarda en cobrar m¨¢s de seis meses, seg¨²n fuentes del sector.
El servicio es el m¨¢s sencillo posible: el ata¨²d es el m¨¢s barato, no incluye ni flores ni velatorio y el entierro se hace en una fosa com¨²n. Tambi¨¦n pueden ser incinerados. Suelen ser tambi¨¦n ordenados por la autoridad judicial cuando los cad¨¢veres no son reclamados por sus familiares en un tiempo razonable (un a?o normalmente). En este caso, s¨®lo se permite el enterramiento por, si pasado el tiempo, aparecen los familiares. Este tipo de sepulturas son frecuentes en el Instituto Anat¨®mico Forense, donde las v¨ªctimas son personas solitarias o sin allegados que se encarguen de las honras f¨²nebres.
Los servicios de car¨¢cter social prestados por la funeraria supondr¨¢n para el Ayuntamiento el pago de m¨¢s de tres millones de euros: 1,3 millones corresponden al periodo entre 1997 y 2000, y 1,6 millones, al comprendido entre los a?os 2000 y 2003.
En el fallo, el tribunal declara el "derecho de la empresa recurrente a percibir la citada suma en concepto de prestaci¨®n de los "servicios gratuitos de car¨¢cter social", m¨¢s los intereses. " A partir de ahora", a?ade Autr¨¢n, "cualquiera de las cinco empresas funerarias que hay en Madrid tienen derecho a cobrar por estos servicios que hasta ahora ten¨ªan un car¨¢cter ben¨¦fico".
Por su parte, Funespa?a, que cotiza en Bolsa, ha comunicado la sentencia a la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
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