El fiscal defiende que Espa?a pueda juzgar los genocidios sin restricciones
El ministerio p¨²blico reclama al Tribunal Constitucional que aplique el principio de jurisdicci¨®n universal en el caso de Rigoberta Mench¨²
El fiscal ante el Tribunal Constitucional ha expresado su apoyo a que Espa?a ejerza una jurisdicci¨®n universal sin restricciones sobre delitos de genocidio y ha interesado una sentencia que declare que las resoluciones de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo contra la investigaci¨®n por parte de los tribunales espa?oles de la matanza de los indios maya en Guatemala vulnera el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.
El informe ha sido ordenado por el fiscal general del Estado, C¨¢ndido Conde-Pumpido, que en su anterior cometido de magistrado del Supremo qued¨® entre los siete jueces de la minor¨ªa partidaria de aplicar el principio de jurisdicci¨®n universal para evitar la impunidad de Efra¨ªn R¨ªos Montt y los militares guatemaltecos.
El informe del fiscal ante el Constitucional, fechado el 16 de noviembre y firmado por el fiscal Jos¨¦ Ram¨®n Nore?a siguiendo instrucciones del fiscal del Estado, apoya el recurso de amparo de la Asociaci¨®n Libre de Abogados (ALA) contra la sentencia del Supremo que deneg¨® la investigaci¨®n por los tribunales espa?oles del genocidio de los indios maya en Guatemala entre 1962 y 1996. El fallo cont¨® con el voto disidente de siete de los 15 magistrados de la sala, entre ellos el de Conde-Pumpido.
Seg¨²n el informe del recurso de amparo, las resoluciones de la Audiencia y del Supremo reca¨ªdas en este asunto han exigido requisitos que no est¨¢n previstos en el art¨ªculo 24.3 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, "cercenando de este modo un proceso ya incoado e impidiendo su continuaci¨®n". En virtud del principio de "justicia universal", el art¨ªculo 24.3 atribuye a la jurisdicci¨®n espa?ola el conocimiento del delito de genocidio, y se limita a exigir que el delincuente no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero, o no haya cumplido la condena.
Requisitos imposibles
En su informe al Constitucional, el fiscal dice que no resulta admisible supeditar un proceso "a requisitos no previstos legalmente o exigidos de forma tan rigorista que imposibiliten o dificulten extraordinariamente su tramitaci¨®n". El informe explica que para apreciar la competencia de la jurisdicci¨®n espa?ola sobre el delito de genocidio, la Audiencia Nacional y el Supremo no se limitan a lo previsto en el art¨ªculo 24.3 de la ley org¨¢nica judicial, "sino que a?aden requisitos no establecidos expresamente en dicha norma".
La Audiencia Nacional a?ade al 24.3 "el principio de subsidiariedad", seg¨²n el cual la jurisdicci¨®n espa?ola s¨®lo podr¨¢ conocer del genocidio cometido en el extranjero cuando el pa¨ªs donde se haya cometido ponga obst¨¢culos a su persecuci¨®n o la jurisdicci¨®n competente se inhiba. La Audiencia neg¨® as¨ª que los tribunales espa?oles tuviesen competencia sobre los delitos denunciados por Rigoberta Mench¨² porque la Ley de Reconciliaci¨®n Nacional de Guatemala declar¨® en 1996 imprescriptibles esos delitos y las denuncias no acreditaron la inexistencia de procesos penales en Guatemala.
Para el fiscal, la exigencia de probar la inexistencia de procesos penales en Guatemala no s¨®lo no est¨¢ prevista legalmente, sino que "se erige en un obst¨¢culo pr¨¢cticamente insalvable, por tratarse de una prueba de hechos negativos, que lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva".
La doctrina del Supremo, establecida el pasado mes de marzo en la sentencia del recurso de Mench¨² contra la negativa de la Audiencia a investigar el genocidio en su pa¨ªs, parece negar, seg¨²n el fiscal, la vigencia del principio de subsidiariedad, pero lo sustituye por la existencia de un "punto de conexi¨®n" nacional que desarrolla en tres apartados alternativos: la existencia de v¨ªctimas espa?olas; que los responsables del genocidio se encuentren en Espa?a o se haya denegado su extradici¨®n, o la existencia de "un inter¨¦s espa?ol en relaci¨®n directa con ese delito".
La exigencia de que haya al menos una v¨ªctima espa?ola convertir¨ªa en innecesaria, seg¨²n el fiscal, la previsi¨®n espec¨ªfica de la competencia de la jurisdicci¨®n espa?ola para conocer del delito de genocidio; y en determinados casos, a?ade, la prueba aparece como extremadamente dif¨ªcil de aportar. El requisito de que los presuntos responsables se encuentren en Espa?a o se haya denegado su extradici¨®n parecer¨ªa "razonable", pero "pierde ese car¨¢cter cuando se erige, sin previsi¨®n legal alguna, como requisito alternativo para la admisi¨®n del proceso penal".
Respecto a la exigencia de que, si no concurren los anteriores supuestos, est¨¦n afectados intereses espa?oles, el fiscal sostiene que "carece de fundamento legal, no aparece como suficientemente justificado y su imprecisi¨®n lo convierte asimismo en obst¨¢culo pr¨¢cticamente insalvable".Conde-Pumpido tambi¨¦n ha dado instrucciones a la fiscal de la Audiencia Dolores Delgado para que presente cargos contra el ex capit¨¢n de corbeta argentino Adolfo Scilingo, cuyo recurso para evitar ser juzgado en Espa?a ha sido rechazado por el Supremo. Scilingo, destinado en la Escuela de Mec¨¢nica de la Armada durante la dictadura argentina (1976-1983), admiti¨® ante el juez Garz¨®n que particip¨® en dos de los vuelos de la muerte, en los que se arrojaban al mar desde aviones a disidentes detenidos, drogados y desnudos.
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