El TSJ oblig¨® a la nueva secretaria general del PP a dejar su trabajo en un hospital porque entr¨® a dedo
El m¨¦rito de Adela Pedrosa, seg¨²n el tribunal, era su amistad con un directivo
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) oblig¨® a la actual n¨²mero dos de la nueva direcci¨®n ejecutiva regional del PP, la alicantina Adela Pedrosa, a abandonar su trabajo en el hospital de Elda al apreciar irregularidades en su contrataci¨®n. Pedrosa, elegida secretaria general el s¨¢bado, fue contratada en 1998 como auxiliar administrativa por la direcci¨®n m¨¦dica del centro al margen de la bolsa de trabajo. El m¨¦rito de Pedrosa era su amistad con el subdirector del centro. El TSJ declar¨® nulo el contrato al entender que Sanidad vulner¨® el principio de igualdad.
La Confederaci¨®n Sindical de CC OO del Pa¨ªs Valenciano demand¨® a la Consejer¨ªa de Sanidad y Consumo al apreciar irregularidades en la contrataci¨®n de Adela Pedrosa, actual n¨²mero dos de Francisco Camps en la direcci¨®n ejecutiva popular, como secretaria de direcci¨®n en el hospital de Elda. Pedrosa, quien entonces ten¨ªa acta de concejal en el Ayuntamiento de Elda tras las elecciones municipales de 1995, ocup¨® en julio de 1998 la vacante de auxiliar administrativa a pesar de que ella no estaba inscrita en la bolsa de trabajo. Mientras, otros aspirantes s¨ª constaban inscritos en esa categor¨ªa y, por tanto, eran susceptibles de desempe?ar ese trabajo. Adem¨¢s, la dirigente popular "no ten¨ªa experiencia ni en ¨¦se ni en similar puesto".
El 11 de septiembre de 1998, el Juzgado de Lo Social n¨²mero 7 de Alicante fall¨® que la contrataci¨®n de Pedrosa "se produjo con vulneraci¨®n de derechos fundamentales" [al entender que se quebrantaba el principio de igualdad recogido en la Constituci¨®n] y lo declar¨® nulo. De esta forma, el juez orden¨® a la Consejer¨ªa de Sanidad que cubriera la vacante "por la persona que seg¨²n la bolsa de trabajo corresponda".
Sanidad recurri¨®, entonces, la sentencia ante el TSJ, pero fue desestimada por el alto tribunal un a?o despu¨¦s. La Generalitat bas¨® su apelaci¨®n en la facultad que tienen los directores m¨¦dicos para seleccionar excepcionalmente aquellos puestos de trabajo que, por sus especiales caracter¨ªsticas, precisen determinadas condiciones de experiencia. Sin embargo, la sala entendi¨® que ese puesto de trabajo [para el que fue contratada la actual secretaria general de los populares valencianos] no requer¨ªa "caracter¨ªstica especial alguna". El TSJ consider¨® que "lo determinante" en la contrataci¨®n de Adela Pedrosa fue que "conociera previamente" al subdirector del hospital. "La persona cuyos servicios fueron contratados con car¨¢cter laboral fue llamada personalmente por el subdirector de Elda, a quien conoc¨ªa con anterioridad, para ocupar el puesto de trabajo", se?ala el TSJ en el apartado de fundamentos de derecho. Adem¨¢s, seg¨²n la sala, la dirigente popular no ten¨ªa experiencia en ese puesto de trabajo. Por ello, dice la sentencia, "cobra relevancia el hecho de que conociera al subdirector". De esta forma, "se quebrant¨® la norma sobre contrataciones temporales".
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