Una cl¨ªnica, condenada por imprudencia m¨¦dica grave
La cl¨ªnica Cemtro y Sanitas, condenadas por diagnosticar el caso como una neumon¨ªa
El mal diagn¨®stico de una mortal malaria, confundida por los m¨¦dicos con una pulmon¨ªa, ha supuesto a la cl¨ªnica Cemtro y a la empresa de seguros m¨¦dicos Sanitas una condena de 236.000 euros de indemnizaci¨®n para la familia de A. B. H. L., un hombre de 40 a?os, casado y con dos hijos, que falleci¨® el 11 de marzo de 2001. El Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 63 de Madrid califica de "negligencia contundente" el error en el diagn¨®stico y el inadecuado tratamiento. Sanitas ha informado de que recurrir¨¢ la sentencia, mientras que la cl¨ªnica Cemtro declin¨® ofrecer su versi¨®n.
El fallecido regres¨® a Madrid desde Kenia el 3 de marzo de 2001 y un d¨ªa despu¨¦s se sinti¨® mal, por lo que acudi¨® a otra cl¨ªnica privada de la empresa Sanitas, con la que su esposa ten¨ªa suscrita una p¨®liza que daba a A. B. H. L. derecho a asistencia m¨¦dica. El enfermo y un familiar que le acompa?aba explicaron que pod¨ªa tratarse de malaria o paludismo, una enfermedad parasitaria que contagia una especie de mosquito y que es end¨¦mica de varios pa¨ªses tropicales, entre ellos Kenia.
Los m¨¦dicos que le atendieron le realizaron la prueba de la malaria y ¨¦sta dio negativa, por lo que le diagnosticaron una "neumon¨ªa, prescribi¨¦ndole como ¨²nico tratamiento paracetamol", detalla la sentencia, que critica que los m¨¦dicos "no le dejasen ingresado para realizarle la prueba [coincidiendo] con un pico de fiebre". ?sta es una medida de precauci¨®n habitual para confirmar si un paciente sufre o no malaria.
Durante los siguientes tres d¨ªas, el enfermo fue visitado en dos ocasiones, una vez en su domicilio y otra en consulta, por m¨¦dicos de Sanitas, que no cambiaron el diagn¨®stico. Finalmente, el d¨ªa 7, y ante la insistencia de que pod¨ªa tratarse de malaria por parte de la hermana y la cu?ada (m¨¦dico de profesi¨®n) del fallecido, ¨¦ste fue ingresado en la cl¨ªnica Cemtro. La cl¨ªnica, "sin realizar ninguna prueba espec¨ªfica", mantuvo el diagn¨®stico de neumon¨ªa, contin¨²a la sentencia.
Paciente con antecedentes
Entre el 7 y el 9 de marzo de 2001, el enfermo sufri¨® varias complicaciones -"sepsis severa y trombopenia"- y se agrava su estado, pero la cl¨ªnica Cemtro no cambi¨® de diagn¨®stico, pese a que la familia insist¨ªa de la posibilidad "de una malaria teniendo en cuenta los antecedentes del paciente", que hab¨ªa sufrido la enfermedad 15 a?os antes. Finalmente, el d¨ªa 10, cuando A. B. H. L. ya hab¨ªa tenido que ser ingresado en la UVI ante el empeoramiento de su salud, la cl¨ªnica Cemtro, seg¨²n la sentencia, "realiz¨® nuevas pruebas y comunic¨® a la familia que el enfermo ten¨ªa malaria".
Pese al retraso en el diagn¨®stico, la familia considera que la actuaci¨®n m¨¢s negligente de la cl¨ªnica vino a continuaci¨®n. En la sentencia se explica as¨ª: "Al no disponer de medicaci¨®n contra la malaria ni de un equipo de di¨¢lisis, imprescindible para el paciente, la cl¨ªnica no s¨®lo no orden¨® el traslado inmediato a otro hospital, sino que incluso la hermana del paciente, ante la dejaci¨®n de la cl¨ªnica, tuvo que ir a buscar la medicaci¨®n al hospital Carlos III".
No fue hasta el d¨ªa siguiente, y ante la gravedad de la situaci¨®n, cuando la cl¨ªnica dispuso el traslado del enfermo al hospital Ram¨®n y Cajal, "donde falleci¨® a las pocas horas v¨ªctima de una malaria", concluye la sentencia de la juez M¨ªriam Iglesias Garc¨ªa. La juez considera que la atenci¨®n m¨¦dica recibida por el fallecido constituye una "negligencia contundente" por varias razones. La primera se produjo en la primera cl¨ªnica, al no haber ordenado ¨¦sta la hospitalizaci¨®n del enfermo para confirmar el primer resultado negativo de la prueba de la malaria. "Para descartar la enfermedad, deben ser realizadas al menos otras dos pruebas, intentando que coincidan con un pico de fiebre, para lo que es necesario que el enfermo est¨¦ en observaci¨®n", argumenta la juez.
"En la segunda cl¨ªnica la negligencia tambi¨¦n es patente porque dan por bueno" el primer diagn¨®stico, pese a no haber repetido la primera prueba negativa. "Pero, adem¨¢s, otra negligencia es no haber acordado el traslado inmediato a otro hospital con medicaci¨®n de malaria y un equipo de di¨¢lisis", concluye el fallo. Para el juez, todo ello constituye una cadena de errores m¨¦dicos que terminaron con la vida del paciente por una enfermedad, la malaria, que es curable con un diagn¨®stico correcto.
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