Confirmada la sanci¨®n a la juez que presion¨® para beneficiar a Conde
El Supremo avala la decisi¨®n del CGPJ de suspenderle siete meses
El Tribunal Supremo ha confirmado la suspensi¨®n de siete meses que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso a la juez de vigilancia penitenciaria Mar¨ªa del Prado Torrecilla, por una falta muy grave, al presionar a sus compa?eros para que concedieran beneficios penitenciarios al ex banquero Mario Conde.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal desestima as¨ª en una sentencia el recurso que la juez present¨® contra el acuerdo del pleno del CGPJ del 26 de marzo de 2003, que le supuso, una vez cumplida la sanci¨®n, la p¨¦rdida de su destino.
La sentencia recuerda que el CGPJ consider¨® probado que durante el ¨²ltimo trimestre de 2002 la entonces titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria n¨²mero dos de Madrid, Mar¨ªa del Prado Torrecilla, intent¨® convencer a los titulares de otros dos juzgados para hacer un nuevo reparto de trabajo a fin de que el centro penitenciario en el que est¨¢ interno Mario Conde quedara adscrito a su juzgado con el objetivo de resolver todas las cuestiones que pudieran afectarle.
Adem¨¢s, seg¨²n el Consejo del Poder Judicial, de manera "constante y recurrente" Torrecilla hizo ante sus compa?eros comentarios sobre la condena impuesta a Conde consider¨¢ndola "una gran injusticia".
Denuncia de una colega
El Consejo abri¨® expediente disciplinario a Torrecilla tras la denuncia presentada contra ella por la juez de vigilancia penitenciaria n¨²mero 1 de Madrid, Reyes Gimeno -encargada de resolver los beneficios penitenciarios solicitados por Conde-, en la que afirmaba que su compa?era le hab¨ªa presionado para intentar favorecer al ex banquero, aunque ella rechaz¨® la petici¨®n de libertad condicional que ¨¦ste hab¨ªa formulado. La denuncia fue apoyada por el otro juez de vigilancia penitenciaria de Madrid, quien ratific¨® que tambi¨¦n hab¨ªa sido objeto de presiones cuando tuvo que resolver sobre Mario Conde.
El Supremo rechaza los argumentos del recurso de la juez y estima que todos los hechos revelan en Torrecilla "un inequ¨ªvoco deseo" de que el proceso seguido en relaci¨®n a Conde "tenga un curso favorable para ¨¦l, y ese deseo es comunicado con insistencia a pesar del criterio contrario manifestado por sus compa?eros".
La sentencia explica que, valorados conjuntamente, los hechos demuestran que la juez "no abrigaba s¨®lo una mera curiosidad o af¨¢n informativo sino un inter¨¦s a favor del interno Mario Conde". Todo ello, dice el Supremo, permite apreciar la existencia de una falta muy grave del art¨ªculo 417.4 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, por lo que confirma la decisi¨®n del CGPJ sobre Torrecilla.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo avala as¨ª la suspensi¨®n de funciones durante siete meses que el Consejo impuso a la juez Torrecilla, por presionar a una compa?era en favor de la concesi¨®n del tercer grado a Conde, en prisi¨®n desde julio de 2002 por el caso Banesto.
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