El jurado condena en el 78% de los casos que se juzga
De 146 juicios populares, 111 se han recurrido y 78 fallos se han confirmado por el TSJ
La Ley del Jurado cumplir¨¢ en mayo diez a?os desde su aprobaci¨®n y entrada en vigor. No fue hasta el a?o siguiente cuando se celebraron los primeros, cuatro en la Comunidad Valenciana, y desde entonces hasta ahora han sido 146 los asuntos juzgados por un tribunal popular. En el 78% de los casos el veredicto ha sido de culpabilidad. La sala de Lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), competente como segunda instancia, ha visto 11 recursos a los veredictos. Y en 78 ocasiones ha confirmado la decisi¨®n del jurado. Los datos no contentan a todos.
"Tal vez sea el momento, al cumplirse los diez a?os de aplicaci¨®n de la ley, de pensar en un reforma menor, de car¨¢cter t¨¦cnico, que libere a los miembros del jurado de resolver cuestiones que le son propias al juez. Que el jurado se ocupe ¨²nica y exclusivamente de determinar la culpabilidad o no del reo", apunta Fernando de Rosa, secretario auton¨®mico de Justicia y decano de los jueces de Valencia cuando el texto entr¨® en vigor.
La aplicaci¨®n del jurado en los tribunales valencianos se ha concretado en 146 asuntos desde que se celebrara el primer juicio bajo esta f¨®rmula a principios de 1996. M¨¢s de 50 causas fueron por homicidio y 35 por asesinato. El resto se ha repartido hasta completar el cat¨¢logo de delitos que la ley del jurado establece de su competencia: amenazas, omisi¨®n del deber de socorro, allanamiento de morada, incendio forestal, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, tr¨¢fico de influencias, malversaci¨®n de caudales p¨²blicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios p¨²blicos e infidelidad en la custodia de presos. El 78% de los veredictos ha sido de culpabilidad.
De las 146 sentencias, 111 fueron recurridas a la sala de Lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ). De ellas, el 70,27% fueron confirmadas. En 15 ocasiones, el TSJ declar¨® nulo el juicio por jurado (el 13,5%), y en 16 el fallo fue revocado (14,41%). A lo largo de estos a?os, 178 procesados han sido juzgados por la ley del jurado (hubo causas con m¨¢s de un acusado), de los que 20 eran mujeres.
La participaci¨®n en un tribunal de jurado es obligatoria y la elecci¨®n se hace mediante sorteo cada dos a?os. La ley fija una serie de cuestiones que pueden, en su caso, eximir de esa responsabilidad remunerada que la norma entiende que facilita la participaci¨®n de la ciudadan¨ªa en la administraci¨®n de la justicia.
Desde el cat¨¢logo de delitos hasta la obligatoriedad de ser jurado han sido sometidas a cr¨ªtica por los colectivos jur¨ªdicos. El propio De Rosa, que considera positivo el balance, apunta a una reforma menor que no obligue a los ciudadanos a responder sobre cuestiones t¨¦cnicas que se presentan a lo largo de la deliberaci¨®n.
El letrado Carlos Verd¨², que fue acusaci¨®n en uno de los procesos m¨¢s conocidos, bautizado como el asesinato del s¨¦ptimo piso, en el que se absolvi¨® al procesado, prefiere los tribunales profesionales. "En un balance objetivo, la ley del jurado no tiene suficiente tradici¨®n en Espa?a, ha estado en vigor muy poco tiempo, es una situaci¨®n muy distinta a la de otros pa¨ªses. El sistema de jurado no garantiza una independencia absoluta, porque mientras se celebra el proceso van a su casa, pueden leer la prensa y escuchar las impresiones de las personas de su entorno. Ser jurado podr¨ªa ser un deber pero no una obligaci¨®n, al tiempo que ser¨ªa oportuno revisar los delitos que le competen. Para las coacciones y los allanamientos de morada, es una justicia lenta y cara".
Manuel Mata, abogado que tambi¨¦n se ha visto en varias ocasiones en una causa con jurado, el balance de diez a?os es "muy positivo". En su opini¨®n, "las disfunciones tienen m¨¢s que ver con la falta de experiencia que con el texto de la ley, pero las instancias posteriores tienen la capacidad de corregirlas". Seg¨²n Mata, "el jurado se ha demostrado muy ¨²til, aunque necesita m¨¢s pedagog¨ªa, habr¨ªa que aprovechar algunas ocasiones para retransmitirlos y extender su pr¨¢ctica al conjunto de los ciudadanos.. Aunque creo que no es operativo para delitos como el allanamiento o las coacciones, el resultado es bueno, las cr¨ªticas son razonables pero sin desenfocar, es mucho m¨¢s grave lo que pasa con los juicios r¨¢pidos, que entre otras cosas perjudican la instrucci¨®n de causas muy graves y complejas".
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