El Supremo anula el reglamento sobre televisi¨®n digital terrestre
La sentencia establece que Fomento se excedi¨® en 1998 al regular los aspectos jur¨ªdicos
El modelo de televisi¨®n digital terrestre (TDT) dise?ado en 1998 por el entonces ministro de Fomento, Rafael Arias-Salgado (del PP), ha sido declarado nulo por el Tribunal Supremo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado una sentencia -a ra¨ªz de un recurso de casaci¨®n promovido por Sogecable- en la que establece que el citado departamento carec¨ªa de las competencias necesarias para regular los aspectos jur¨ªdicos relacionados con la nueva modalidad audiovisual. Esta potestad correspond¨ªa, seg¨²n la sentencia, al Consejo de Ministros.
El fallo del Supremo hace referencia a la orden del Ministerio de Fomento de 9 de octubre de 1998 por la que se aprobaba el Reglamento T¨¦cnico y de Prestaci¨®n del Servicio de Televisi¨®n Digital Terrenal. Y se produce cuatro a?os despu¨¦s de que la Audiencia Nacional desestimase un recurso en el mismo sentido presentado por Sogecable. En esta ocasi¨®n, la sala del Supremo presidida por Ram¨®n Trillo, ha dado la raz¨®n al operador participado por PRISA (editor de EL PA?S) al entender que el Ministerio de Fomento actu¨® "manifiestamente" fuera tanto de su competencia como de la habilitaci¨®n que le faculta para dictar reglamentos de car¨¢cter t¨¦cnico. As¨ª pues, la orden es declarada "nula por ser contraria a derecho", con lo que se crea un vac¨ªo jur¨ªdico al que ahora deber¨¢ hacer frente el Gobierno.
Aquella orden ministerial obedec¨ªa a las premuras con las que el PP quiso poner en marcha la televisi¨®n digital terrestre. Establec¨ªa los sistemas de gesti¨®n (directa o indirecta) del servicio, la asignaci¨®n de canales y programas, los concursos de adjudicaci¨®n, el r¨¦gimen jur¨ªdico, los plazos de las concesiones y las condiciones de emisi¨®n. "En ninguno de tales preceptos podemos encontrar regulaci¨®n t¨¦cnica alguna, sino que, al contrario, lo que efect¨²an es la regulaci¨®n jur¨ªdica de la gesti¨®n directa e indirecta del servicio de televisi¨®n digital terrestre", sostiene la sentencia.
"Basta un examen somero de la orden", recalca el Supremo, "para comprobar que la misma no es un reglamento t¨¦cnico sino que se trata de un reglamento general". La sentencia, de la que ha sido ponente Eduardo Esp¨ªn, rechaza que la orden impugnada se limitara a revisar determinados aspectos relacionados con la legislaci¨®n vigente en materia de televisi¨®n anal¨®gica. "Antes al contrario, la orden contiene una normativa unitaria y sistem¨¢tica" de todo el desarrollo reglamentario sobre la TDT, lo que supone "un plus de normatividad".
Y precisa que en este caso se aprob¨® mediante una orden ministerial un reglamento general de aplicaci¨®n de leyes que s¨®lo puede efectuarse mediante un real decreto del Consejo de Ministros "con independencia de cu¨¢l sea su contenido" y aunque aborde materias que puedan calificarse como "competencias propias de su departamento".
El Supremo reitera la doctrina de que la televisi¨®n digital se considera el mismo servicio p¨²blico que la anal¨®gica aunque con otra tecnolog¨ªa. De hecho, Sogecable bas¨® la petici¨®n de nulidad en el hecho de que la orden ministerial se refer¨ªa a una nueva modalidad de televisi¨®n y no a una t¨¦cnica de transmisi¨®n. Por ello, requer¨ªa que se dictara una ley espec¨ªfica ya que las principales normas audiovisuales (el Estatuto de RTVE, la Ley del Tercer Canal, la Ley de Televisi¨®n Privada y la Ley de Televisi¨®n Local por Ondas Terrestres) quedaban sustancialmente alteradas.
Pese a todo, los expertos consultados por el este peri¨®dico estiman que esta sentencia -que incluye un voto particular de del magistrado ?scar Gonz¨¢lez, al que se adhieren Manuel Campos y Francisco Trujillo- no invalida las concesiones otorgadas por el Gobierno central y por algunas comunidades aut¨®nomas, pero provoca una "incertidumbre jur¨ªdica".
Al amparo de esta orden ministerial, en 1999 el Consejo de Ministros adjudic¨® 14 canales a la plataforma de pago que oper¨® bajo la marca Quiero TV. Esta compa?¨ªa quebr¨® dos a?os despu¨¦s de comenzar sus emisiones. Los otros dos operadores de ¨¢mbito estatal (Net TV, liderada por el grupo Vocento) y Veo TV, impulsada por El Mundo y Recoletos) emiten desde hace varios a?os aunque sus respectivas se?ales son pr¨¢cticamente invisibles por la escasa implantaci¨®n de los necesarios descodificadores para captar las se?ales.
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