El Supremo absuelve a un condenado por agresi¨®n sexual en Pontevedra
El tribunal argumenta que aprecia falta de credibilidad de la v¨ªctima
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a un condenado a 13 a?os de c¨¢rcel por la Audiencia de Pontevedra por agresi¨®n sexual y detenci¨®n ilegal. Con el voto en contra de dos de los cinco magistrados, la sentencia, tras explicar las contradicciones e incongruencias de la supuesta v¨ªctima, aplica la presunci¨®n de inocencia y el principio de "la duda favorable" al reo. Los magistrados discrepantes consideran que la valoraci¨®n de la prueba "corresponde al tribunal de instancia", por ser ante el que se practica.
Los hechos declarados probados por la Audiencia de Pontevedra "no han sido acreditados por prueba de cargo suficientemente razonada y l¨®gicamente interpretada", sentencia el Supremo. En 2001, un camionero belga de 41 a?os baj¨® de su veh¨ªculo en la autopista que une Portugal y Espa?a por Galicia y abord¨® en el arc¨¦n a una mujer de 39 a la que roci¨® los ojos con "un spray que conten¨ªa l¨ªquido t¨®xico", la condujo contra su voluntad a una de las cajas de carga del cami¨®n, la encerr¨® y sigui¨® camino. M¨¢s tarde, par¨® de nuevo, entr¨® en el compartimento donde estaba ella, la orden¨® desnudarse y que le realizara varias felaciones e intent¨® violarla.
La sentencia recurrida ante el Supremo da tambi¨¦n por probado que despu¨¦s el camionero llev¨® a la mujer a la cabina, en donde fue vista por unos trabajadores que no se apercibieron de que estaba en situaci¨®n apurada. Ella, tras pedir permiso para bajar a "hacer sus necesidades fisiol¨®gicas", aprovech¨® para escapar a trav¨¦s de una plantaci¨®n de ca?as hasta una vivienda habitada, donde le indicaron la direcci¨®n del cuartel de la Guardia Civil.
13 a?os de c¨¢rcel
Tras la prueba practicada, la Audiencia conden¨® al camionero por detenci¨®n ilegal a cinco a?os de c¨¢rcel y por agresi¨®n sexual a ocho a?os, as¨ª como a indemnizar a la v¨ªctima con un total de 18.100 euros. El camionero impugn¨® la sentencia, en especial la valoraci¨®n de la prueba, y aleg¨® ante el Supremo que la condena se sustenta en la declaraci¨®n de la v¨ªctima, que el condenado cree "llena de contradicciones, retractaciones y ocultaciones que afectan plenamente a su verosimilitud".
El inicial ponente de la sentencia del Supremo fue el magistrado Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, quien al no lograr la mayor¨ªa de la Sala, fue sustituido por el que la presid¨ªa: Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, que obtuvo tres de los cinco votos para la decisi¨®n de absolver al condenado.
El Supremo parte de que al acusado "no s¨®lo le ampara la presunci¨®n de inocencia, sino el principio de la duda favorable". Se?ala que la denunciante "arrastraba trastornos depresivos", pese a lo cual la Audiencia "descarta de manera absoluta y sin razonar suficientemente, la posibilidad de que hubiera actuado, en cierto modo, condicionada por estos antecedentes". En cuanto al inicio del relato de hechos, "el acusado dice que la denunciante hac¨ªa auto-stop por el arc¨¦n de la autopista", mientras que ella "manifiesta que se par¨® en el arc¨¦n al sentir un fuerte golpe en el autom¨®vil que conduc¨ªa", versi¨®n contra la que existen "datos objetivos" que la descartan.
Y en cuanto a la detenci¨®n ilegal, el Supremo argumenta que "no se pueden descartar las manifestaciones que avalan que la denunciante en todo momento iba de manera voluntaria en la cabina del cami¨®n", dado que se consider¨® probado que "las trabajadoras de los viveros que visit¨® el acusado la vieron en una actitud normal".
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