Las empresas pueden usar los datos de sus clientes en beneficio de otras firmas
Protecci¨®n de Datos dice que debe ser el abonado el que deniegue expresamente el permiso
Las compa?¨ªas pueden utilizar los datos de sus clientes para ofrecerles servicios de otras empresas, siempre que aqu¨¦llos no les comuniquen expresamente y por escrito que est¨¢n en contra de ese uso. As¨ª lo avala una resoluci¨®n del pasado 11 de febrero de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos que da la raz¨®n a Telef¨®nica de Espa?a. Hace m¨¢s de un a?o la compa?¨ªa remiti¨® m¨¢s de 10 millones de cartas a sus abonados anunci¨¢ndoles que tratar¨ªa sus datos personales, incluyendo los de la facturaci¨®n, para ofrecerles productos y servicios de terceras empresas.
A las empresas les basta con el silencio de sus clientes para utilizar libremente sus datos personales con fines comerciales. Es decir, que si el cliente, a requerimiento de la compa?¨ªa, no afirma expresamente y por escrito que no desea que sus datos sean utilizados, las firmas pueden utilizar esos datos, no s¨®lo para promocionar sus servicios, sino para ofrecerles tambi¨¦n productos y servicios de otras firmas.
?sta es la conclusi¨®n que se deriva de la resoluci¨®n adoptada el pasado 11 de febrero por la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos, que considera que Telef¨®nica de Espa?a no incumpli¨® la ley cuando hace m¨¢s de un a?o remiti¨® junto la factura una carta a sus clientes inform¨¢ndoles de que utilizar¨ªa sus datos, incluyendo los del tr¨¢fico telef¨®nico y la facturaci¨®n, para ofrecerles productos y servicios de otras empresas.
En la misiva, se informaba al abonado de que dispon¨ªa de un plazo de un mes para dirigir un escrito en caso de que no quisiera que se realizara ese uso de sus datos. Si el cliente no remit¨ªa esa comunicaci¨®n en el plazo de un mes se entend¨ªa que estaba dando su consentimiento.
La resoluci¨®n de la Agencia de Protecci¨®n de Datos considera que la pr¨¢ctica de Telef¨®nica est¨¢ amparada en la Ley General de Telecomunicaciones, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Informaci¨®n y la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos que regulan esta materia, puesto que la operadora inform¨® convenientemente a sus clientes del alcance de la publicidad y les dio oportunidad de revocar el consentimiento en cualquier momento.
En este sentido dice la resoluci¨®n de la Agencia de Protecci¨®n de Datos: "Considerando que la normativa rese?ada permite a los proveedores en el sector de las telecomunicaciones ofertar productos y servicios de terceras empresas; que el procedimiento previsto en el supuesto analizado permite que el consentimiento de los destinatarios de las promociones comerciales se preste v¨¢lidamente, en tanto que manifestaci¨®n de voluntad libre, inequ¨ªvoca, espec¨ªfica e informada; que se delimitan los datos que van a ser objeto de tratamiento y su finalidad, con indicaci¨®n de las distintas actividades a las que se referir¨¢ la promoci¨®n para que el afectado pueda conocer el alcance de la publicidad que recibir¨¢, de modo que la finalidad gen¨¦rica de remisi¨®n publicitaria se convierte, en virtud de las referencias a finalidades espec¨ªficas, en una finalidad determinada y expl¨ªcita, haciendo que el consentimiento del afectado sea espec¨ªfico, y que se advierte al interesado sobre la posibilidad de revocar el consentimiento en cualquier momento, cabe concluir que en la conducta mantenida por Telef¨®nica remitiendo a sus abonados la cl¨¢usula por la que solicitar su consentimiento para el tratamiento de sus datos con la finalidad de ofrecer productos y servicios de terceras empresas, no puede apreciarse infracci¨®n a la normativa en los t¨¦rminos ya expuestos". Contra esta resoluci¨®n cabe un recurso ante la Audiencia Nacional.
Seg¨²n la Agencia de Protecci¨®n de Datos, Telef¨®nica, a fecha de la inspecci¨®n, s¨®lo suscribi¨® un acuerdo con Securitas Direct, ofreci¨¦ndole su cartera de clientes, siendo los contratos formalizados remitidos a la empresa de seguridad. No obstante, es Telef¨®nica la que se encarga del cobro de los servicios de seguridad contratados, a trav¨¦s de la factura telef¨®nica, sin ceder en ning¨²n caso a Securitas los datos de sus clientes.
La resoluci¨®n archiva las denuncias presentadas por m¨¢s de una veintena de organismos y asociaciones que, a su vez, agruparon las quejas de centenares de abonados. Entre los denunciantes, se encuentran las consejer¨ªas de Sanidad y Consumo de Ceuta y Arag¨®n, Facua, Uni¨®n de Consumidores de Catalu?a y la Asociaci¨®n CLI (Comisi¨®n de Libertades e Inform¨¢tica), integrada a su vez, entre otros, por CECU, Asociaci¨®n de Internautas, Asociaci¨®n Pro Derechos Humanos de Espa?a y los sindicatos CC OO y UGT.
La factura telef¨®nica de la discordia
Telef¨®nica remiti¨® en octubre de 2003, junto con la factura telef¨®nica, m¨¢s de 10 millones de cartas en las que propon¨ªa a sus clientes: "Con la finalidad de poder ofrecerles productos y servicios de terceras empresas de reconocido prestigio que, consideramos que deben ser de su inter¨¦s, Telef¨®nica solicita su consentimiento para tratar los datos personales que usted nos ha facilitado junto con los datos de facturaci¨®n telef¨®nica".
La compa?¨ªa ofrec¨ªa a los clientes la posibilidad de remitir un escrito a una direcci¨®n negando el uso de los datos. "De no recibir noticias suyas en el plazo de un mes, entenderemos otorgado su consentimiento que, en todo caso, podr¨¢ revocar en cualquier momento", a?ad¨ªa la misiva. Telef¨®nica advert¨ªa de que, en ning¨²n caso, los datos se ceder¨ªan a las terceras empresas mencionadas.
La carta motiv¨® un verdadero revuelo social,con las quejas de cientos de abonados y las denuncias de las asociaciones de consumidores.
Ante esta reacci¨®n, Telef¨®nica remiti¨® otra carta en diciembre de 2003 a los mismos destinatarios, excluyendo a aquellos que hab¨ªan manifestado su oposici¨®n por escrito. En esta segunda comunicaci¨®n se inclu¨ªa la cl¨¢usula: "No deseo que se traten mis datos para promocionar productos y servicios de empresas distintas a Telef¨®nica de Espa?a". De esta forma, facilitaba al abonado la labor de negar su consentimiento, porque bastaba que pusiera una cruz junto a la cl¨¢usula y remitiera el mismo escrito a un apartado de correos.
Telef¨®nica aclar¨® posteriormente a la Agencia de Protecci¨®n de Datos, a petici¨®n de ¨¦sta, que los datos utilizados, al margen de los identificativos de los clientes, eran de bienes y servicios contratados, de tipo de llamadas y de consumo.
Posteriormente, y tras los contactos con la Agencia, se habilitaron dos nuevas v¨ªas para manifestar el no consentimiento para el tratamiento de los datos: un tel¨¦fono de informaci¨®n gratuito y la cadena de tiendas Telyco, propiedad de Telef¨®nica.
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