La banca deber¨¢ identificar a los clientes que operen en para¨ªsos fiscales aunque no sean residentes
El nuevo reglamento sobre prevenci¨®n del blanqueo de capitales, que entrar¨¢ en vigor el pr¨®ximo viernes, dificultar¨¢ la actividad de bancos y cajas de ahorros en para¨ªsos fiscales, "porque tendr¨¢n que notificar las operaciones susceptibles de blanquear dinero en estos pa¨ªses, no s¨®lo de los all¨ª residentes, como se hac¨ªa hasta ahora, sino tambi¨¦n de todos aquellos que env¨ªen o recaten fondos", seg¨²n fuentes de la Direcci¨®n General del Tesoro.
La normativa exigir¨¢ a las entidades financieras que apliquen las reglas m¨¢s exigentes en todas las filiales del mundo que forman parte del grupo, es decir, incluidas las situadas en Am¨¦rica Latina. Desde el Tesoro se recuerda que se ha demostrado que la reputaci¨®n de un grupo se puede ver afectada por lo que le suceda a una peque?a filial.
Adem¨¢s, la nueva normativa establece que las entidades financieras, aseguradoras, sociedades y agencias de valores, entre otras, deber¨¢n someterse al examen anual de un experto adecuadamente cualificado en las medidas de la lucha contra el blanqueo de dinero. Este experto puede ser un auditor, pero no el mismo que verifica los estados contables de la compa?¨ªa.
La aplicaci¨®n de este reglamento ser¨¢ supervisada por el Servicio Ejecutivo de la Comisi¨®n de Prevenci¨®n del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC), que desde 2000 ha realizado 119 inspecciones y ha impuesto 17 sanciones por un total de siete millones de euros. Entre los sancionados p¨²blicamente se encuentra el banco brit¨¢nico HSBC y la inmobiliaria Fadesa, seg¨²n fuentes del Tesoro. En 2004 se registraron adem¨¢s 2.296 operaciones sospechosas, frente a las 1.521 registradas en 2003.
Con el nuevo reglamento habr¨¢ tambi¨¦n m¨¢s sujetos obligados por esta ley de prevenci¨®n del blanqueo de capitales como auditores, asesores fiscales, notarios, abogados, as¨ª como los dedicados al transporte profesional de fondos y los que trabajan en la comercializaci¨®n de loter¨ªas o juegos de azar.
Las nuevas obligaciones incluir¨¢n la identificaci¨®n formal de clientes, el conocimiento de sus actividades (para entidades financieras), la conservaci¨®n de documentos durante seis a?os, un examen especial de operaciones, la comunicaci¨®n de operaciones sospechosas, paralizar movimientos cuando se investigue a un cliente y cumplir el deber de confidencialidad.
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