Hacia el Estatuto de 2005
A salvo de c¨®mo quede el texto definitivo que se presente en las Cortes y salga de ellas -salvedad que es importante porque los ¨²ltimos textos que he visto necesitan de una correcci¨®n t¨¦cnica intensa, lo que no tiene nada de particular; en las negociaciones se llega a acuerdos pol¨ªticos, la instrumentaci¨®n t¨¦cnica viene despu¨¦s- me parece que hay cuatro temas fundamentales en la reforma estatutaria que pueden y deben operar como piedra de toque: la mejora del sistema institucional, la cuesti¨®n de los nuevos derechos sociales, una mejor definici¨®n de los asuntos competenciales y el sistema de financiaci¨®n. Empezando por el final resulta claro que el sistema de financiaci¨®n existente no resulta satisfactorio, los problemas surgidos en torno a la sanidad o la fuerte carga que la deuda de la Generalitat supone son indicadores fiables de que algo no funciona. Seg¨²n los datos elaborados por el Ministerio de Administraciones P¨²blicas la financiaci¨®n per capita de todas las comunidades ha crecido en relaci¨®n al r¨¦gimen anterior, la media a pasado de 2.044 euros per capita a 2.857, y si nos ce?imos exclusivamente a las autonom¨ªas del sistema LOFCA estricto se ha pasado de 1.987 euros per capita a 2.819. En buena medida porque se ha producido la transferencia generalizada de ense?anza y sanidad. Pero a nosotros no nos ha ido tan bien. La Comunidad Valenciana ha pasado de 1.893 euros per capita en 2001 a 2.324 en 2004 y hemos pasado del 86 % de la financiaci¨®n media a algo m¨¢s del 77%. No es el ¨²nico caso: salvo Andaluc¨ªa, que se hallaba en 2004 exactamente en la media, todas las comunidades del arco mediterr¨¢neo se hallan financiadas por debajo de la media. La Comunidad Valenciana es la pen¨²ltima, solo delante de Baleares.
La cuesti¨®n financiera no puede remediarse en el Estatuto, depende de un sistema general y es en ese lugar donde hay que buscar los remedios principales, lo que si puede hacer el Estatuto es dotarnos de los medios necesarios para administrar bien los recursos, propios o cedidos, que nos correspondan y para obtener la informaci¨®n sin la cual la correcta gesti¨®n es imposible, cuesti¨®n nada balad¨ª porque es opini¨®n general entre los conocedores que una buena y bien informada gesti¨®n puede tener repercusiones financieras importantes. Por eso es clave el dotarnos de una administraci¨®n tributaria propia que, asociada a la general, nos permita gestionar los impuestos cedidos, hoy la fuente principal de ingresos de la Generalitat, tener ingresos propios y controlarlos nosotros. Por eso era clave la cuesti¨®n del servicio o agencia tributaria. El nombre es lo de menos. Al llegarse al acuerdo en este punto no cabe duda que se ha cubierto un objetivo fundamental, s¨®lo ese logro justifica la reforma.
En cuanto a las competencias la verdad es que no hab¨ªa mucho que rascar y buena parte de lo que hay por asumir (como prisiones o polic¨ªa de tr¨¢fico) es m¨¢s bien poco interesante. Dos cuestiones importantes estaban con todo pendientes: clarificar las competencias en ense?anza y contar con una polic¨ªa auton¨®mica. La primera cuesti¨®n se ha resuelto con una f¨®rmula virtualmente id¨¦ntica a la que existe en el estatuto vasco, la segunda lo ha sido en el sentido de prever una polic¨ªa auton¨®mica con competencias en orden p¨²blico, con lo que dos de los m¨¢s serios defectos del Estatuto de 1982 se han resuelto. En este campo el balance es, por lo que yo s¨¦, y a reserva de conocer el texto detallado, satisfactorio.
Por lo que afecta a los nuevos derechos sociales se trata de una materia ausente del Estatuto del 82 e innovadora en el contexto auton¨®mico. El estatuto incorpora un t¨ªtulo nuevo sobre derechos, acoge buena parte de los derechos sociales que provienen de la legislaci¨®n europea y no se encuentran en la Constituci¨®n y prev¨¦ la producci¨®n de una carta de derechos sociales detallada. Aparecen as¨ª derechos de prestaci¨®n tanto de cobertura general (renta de ciudadan¨ªa, por ejemplo) como sectoriales (derechos sociales ligados a la maternidad, o a los servicios de salud, por ejemplo). En este punto el Estatuto puede ser pionero y, en todo caso, el avance respecto del actual es notable.
Por ¨²ltimo la mejora del sistema institucional, que registra luces y sombras. Entre las primeras hay que anotar la correcta regulaci¨®n de la elecci¨®n del Presidente, la incorporaci¨®n de la disoluci¨®n presidencial en forma similar a la que ostenta el Presidente del Gobierno, la incorporaci¨®n y mejora de las instituciones creadas en los ¨²ltimos a?os o la previsi¨®n sobre el Consejo del Audiovisual. Entre las segundas hay dos que, a mi juicio, destacan: el mantenimiento de la barrera electoral en los t¨¦rminos existentes y de la desigualdad de voto y la conservaci¨®n del muy poco satisfactorio r¨¦gimen local, que incluye una rigidificaci¨®n, a mi parecer excesiva, de las condiciones de desarrollo legislativo. Aqu¨ª se ha retrocedido respecto del primer acuerdo y no ser¨ªa precisamente improcedente usar del tr¨¢mite parlamentario para recuperar el acuerdo inicial.
En sustancia el balance global me parece satisfactorio. Ciertamente podr¨ªa serlo m¨¢s, pero a la vista de c¨®mo estaban las cosas en el mes de octubre, no me cabe la menor duda de que en mayo estamos mucho mejor. Una piedra de toque adicional va a ser, a mi juicio, lo que vaya a suceder con el paquete de medidas legislativas que se han negociado en paralelo, porque en ese nivel el cat¨¢logo es importante.
Para acabar, el acuerdo que puede dar a luz el Estatuto de 2005 debe seguir un largo y complejo tr¨¢mite parlamentario, en las Cortes Valencianas primero y en las Cortes Generales despu¨¦s, es de esperar y de desear que el tr¨¢mite sirva para incorporar al consenso a l'Entesa, tercera fuerzas parlamentaria, conviene no olvidarlo, aun al precio de las cesiones que hagan falta. Un acuerdo un¨¢nime comprende m¨¢s valencianos que un acuerdo a dos y me parecer¨ªa un fracaso que el Estatuto de 2005 tuviera menos base parlamentaria y social que el Estatuto del 82 cuando, recogiendo la experiencia de un cuarto de siglo de autonom¨ªa, me parece sustancialmente mejor.
Manuel Mart¨ªnez Sospedra es profesor de Derecho de la Universidad Cardenal Herrera-CEU.
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