Una juez respalda un caso en el que no se dio asistencia letrada a un poliz¨®n
El Juzgado Contencioso-Administrativo n¨²mero uno de San Sebasti¨¢n ha respaldado en una sentencia la decisi¨®n de la Subdelegaci¨®n del Gobierno de Guip¨²zcoa de no prestar asistencia letrada a un poliz¨®n menor de edad. La juez argumenta que ¨¦ste no explicit¨® su deseo de entrar en Espa?a ni solicit¨® el asilo cuando se le pregunt¨® si quer¨ªa realizar alguna manifestaci¨®n, por lo que considera que la Subdelegaci¨®n no ten¨ªa obligaci¨®n de ofrecerle los servicios de un abogado.
Los hechos se remontan al 23 de diciembre de 2004, cuando entr¨® en el puerto de Pasajes un buque con bandera del pa¨ªs caribe?o Antigua y Barbuda. En ¨¦l viajaba un poliz¨®n que embarc¨® en San Petersburgo y fue detectado a la altura del Mar B¨¢ltico. La Polic¨ªa Nacional subi¨® al barco e identific¨® al inmigrante como N. M., natural de Casablanca, de 16 a?os. Dos d¨ªas despu¨¦s, el joven fue trasladado al servicio de Urgencias del Hospital Donostia, de donde huy¨® pese a estar bajo custodia policial.
El Turno de Abogados de Extranjer¨ªa recurri¨® la actuaci¨®n de la Subdelegaci¨®n por no facilitar asistencia letrada al poliz¨®n. La juez, que no hace menci¨®n alguna a su condici¨®n de menor, desestima ahora ese recurso, al entender que "no se han vulnerado los derechos constitucionales del recurrente". Los letrados recurrir¨¢n la sentencia ante el Tribunal Superior. Su coordinador, I?aki Almandoz, subraya que es "un paso atr¨¢s" respecto a la resoluci¨®n que dict¨® en diciembre otra juez, quien afirm¨® que no puede supeditarse la asistencia letrada a que el poliz¨®n declare su intenci¨®n de entrar en Espa?a o pida su protecci¨®n sin que se le pregunte expresamente, pues puede desconocer las exigencias administrativas.
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