La LUV y el urbanismo valenciano
Hace algunos a?os particip¨¦ en un congreso de matem¨¢ticos en el que tras las sesiones de rigor y ya fuera de las aulas un colega trat¨® de persuadirnos de la posibilidad de que una mosca detuviese un tren que circulase a gran velocidad. Seg¨²n su teor¨ªa, la mosca que volaba en el sentido contrario al que se desplazaba el tren, en el momento de la colisi¨®n deb¨ªa pasar de una velocidad positiva a otra de car¨¢cter negativo, por lo que indefectiblemente ten¨ªa que pasar por el cero; es decir hab¨ªa un instante, el de velocidad cero, en el que se hab¨ªa producido el par¨®n. Se trataba m¨¢s de un juego de palabras que de un silogismo l¨®gico, pues la falacia que se escond¨ªa tras este aparente milagro de la l¨®gica, no resist¨ªa el menor contraste con la realidad.
Algo semejante est¨¢ ocurriendo en los ¨²ltimos meses con la LRAU de 1994, aprobada por el gobierno socialista, y que ser¨¢ derogada en el momento en que las Cortes Valencianas den luz verde al proyecto de Ley Urban¨ªstica Valenciana (LUV) que acaba de aprobar el Gobierno del Presidente Camps. Una ley que los socialistas se encargaron de propalar como la soluci¨®n de todos los males urban¨ªsticos, especialmente el de la acumulaci¨®n de suelo y la distribuci¨®n de las cargas, y que se dej¨® en el tintero muchas soluciones y detalles que han tra¨ªdo de cabeza a m¨¢s de un peque?o propietario y han puesto de manifiesto que ¨¦sta no era la mejor ley posible. La LRAU ha sido una ley marcada por las carencias y los desequilibrios. Su original objetivo pronto perdi¨® una gran parte de su sentido por la falta de previsi¨®n de unos legisladores que ahora se rasgan las vestiduras por la aplicaci¨®n de una ley que ellos mismos aprobaron.
Pero si esta situaci¨®n es un bot¨®n de muestra de la situaci¨®n por la que atraviesa el PSOE-PSPV y algunos de sus dirigentes con responsabilidades de m¨¢ximo nivel cuando se aprob¨® la ley, otra no tan lejana es la de quienes tratando de demostrar que la mosca para el tren, esconden el resto de par¨¢metros que admitir¨ªan un m¨ªnimo contraste con la realidad.
En la nueva LUV aprobada por el Consell se sustituye el aviso catastral de la LRAU por una notificaci¨®n individualizada a los propietarios donde deber¨¢ constar "en t¨¦rminos bien comprensibles" toda la informaci¨®n sobre los datos urban¨ªsticos y econ¨®micos que afectan a su propiedad para que pueda ejercer sus derechos. Para el ejercicio de tales derechos se pasa de los diez d¨ªas existentes en la antigua normativa a los sesenta que establece la LUV. Si tuvi¨¦semos que traducir esto, dir¨ªamos que el propietario tendr¨¢ m¨¢s informaci¨®n y m¨¢s tiempo para tomar sus decisiones. ?Alguien duda de que con ello se refuerzan los derechos individuales y de propiedad?
Otro de los caballos de batalla era el derecho de preferencia para las llamadas agrupaciones de inter¨¦s urban¨ªstico (AIU), que en la norma de los socialistas, exig¨ªa m¨¢s condiciones a estos ¨²ltimos que a los urbanizadores ajenos. En la LUV ha desaparecido este desequilibrio y se equipara a la AIU con el agente urbanizador, sin exigencias diferentes a uno o a otro. En castellano, eso se denomina igualdad de derechos.
Se habla de ejemplos en ocasiones y se esquivan las soluciones, como si alguien tuviese miedo de perder el protagonismo que ha alcanzado a partir de la falacia. Con la nueva legislaci¨®n los programas se adjudicar¨¢n no s¨®lo con precio cerrado, sino que adem¨¢s contar¨¢n con sistemas m¨¢s rigurosos de selecci¨®n del urbanizador que obligar¨¢n a una total transparencia y objetividad. Para ello, una vez adjudicado el programa, el urbanizador deber¨¢ licitar el proyecto de obra siguiendo los requisitos exigibles a la contrataci¨®n p¨²blica, es decir publicidad, libre concurrencia y competencia. La objetividad tendr¨¢ criterios propios que en el caso de la alternativa t¨¦cnica computar¨¢n para su adjudicaci¨®n como son la calidad de la ordenaci¨®n propuesta, el ajuste o idoneidad con el planeamiento territorial y urban¨ªstico existente o la mayor asignaci¨®n de dotaciones p¨²blicas y viviendas de protecci¨®n.
Pero adem¨¢s, el precio estar¨¢ cerrado. El propietario conocer¨¢ desde el primer momento el coste m¨¢ximo de urbanizaci¨®n, y nunca se le podr¨¢ exigir ni un euro m¨¢s del previsto inicialmente; en el caso contrario de que el precio final sea inferior, el urbanizador deber¨¢ repercutirlo sobre el propietario. Nadie, por l¨®gica -y esta l¨®gica s¨ª que ser¨¢ aristot¨¦lica-, podr¨¢ presentar propuestas temerarias para adjudicarse una obra que despu¨¦s tendr¨ªa que pagar el propietario como alguien ha denunciado.
La LUV no se acaba aqu¨ª. Existe un planteamiento de futuro. Y por ello se regula por primera vez la disciplina urban¨ªstica m¨¢s all¨¢ de la aplicaci¨®n de los preceptos de la normativa estatal; se establece una distribuci¨®n de competencias entre la administraci¨®n local y la auton¨®mica y se introduce una regulaci¨®n rigurosa de las licencias urban¨ªsticas. Pese a todo ello, habr¨¢ quien querr¨¢ continuar haciendo de su capa un sayo con la legislaci¨®n urban¨ªstica o fiscal, pero estoy seguro de que con la LUV lo va a tener infinitamente m¨¢s dif¨ªcil.
Amenazar a los alcaldes y concejales, y amagar con la ruina econ¨®mica de los ayuntamientos, es m¨¢s propio de fuleros y trileros que de verdaderos responsables interesados en conocer, explicar y mejorar la calidad de vida de quienes viven o residen en la Comunidad Valenciana. Ni la Consejer¨ªa de Territorio y Vivienda, ni sus m¨¢ximos responsables estamos dispuestos a admitir el chantaje como modelo de negociaci¨®n.
Mi colega en aquel congreso trato de persuadirnos de la l¨®gica de su proposici¨®n, incluso sigui¨® con otras a?agazas del mismo cariz a modo de juegos malabares. Una y otra vez trat¨® de fascinarnos. Pero su falacia, se?ores Svoboda y Climent, era demasiado evidente no solo para que nos venciese, sino ni tan siquiera para que nos convenciese.
Pedro Grimalt es director general de Planificaci¨®n y Ordenaci¨®n Territorial.
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